Ante la pregunta de si puede ser presidente un vecino moroso, hemos de afirmar categóricamente que sí.
La elección de presidente de una comunidad de propietarios es uno de los momentos menos deseados por la mayoría de los vecinos que acuden a una junta de propietarios.
Cuando en el punto del orden llega el momento de nombrar a la persona que será presidente de su comunidad por un año, los vecinos empiezan a mirar para abajo o hacia otro lado y se crea un silencio poco habitual en las reuniones de vecinos.
Como hemos comentado en otros artículos, todos los propietarios tienen el derecho y la obligación a ser presidentes de su comunidad de propietarios (artículo 13 LPH). En más de una ocasión nos han preguntado si puede ser presidente un vecino moroso y con la ley en la mano la respuesta es si. La condición de morosidad, solo le impide el derecho de voto, los demás derechos permanecen inalterables.
Un propietario con recibos pendientes de abono, pierde su derecho a voto (con algunas excepciones) en una junta de propietarios, pero no así su derecho a ser elegido como presidente de su comunidad.
Por lo tanto, puede darse el caso que el representante de una comunidad de propietarios fuese un propietario que no cumple con sus obligaciones de pago con su comunidad. Es una incongruencia, pero la ley de propiedad horizontal (LPH) lo permite.
Como hemos comentado en otros artículos, todos los propietarios tienen el derecho y la obligación a ser presidentes de su comunidad de propietarios (artículo 13 LPH). En más de una ocasión nos han preguntado si puede ser presidente un vecino moroso y con la ley en la mano la respuesta es si. La condición de morosidad, solo le impide el derecho de voto, los demás derechos permanecen inalterables.
Un propietario con recibos pendientes de abono, pierde su derecho a voto (con algunas excepciones) en una junta de propietarios, pero no así su derecho a ser elegido como presidente de su comunidad.
Por lo tanto, puede darse el caso que el representante de una comunidad de propietarios fuese un propietario que no cumple con sus obligaciones de pago con su comunidad. Es una incongruencia, pero la ley de propiedad horizontal (LPH) lo permite.
Consulta:
en nuestra Comunidad de propietarios tenemos que elegir el nuevo presidente de la comunidad ya que su plazo ha terminada.
Puede ser nombrado un nuevo presidente de la comunidad si más de la mitad de los propietarios no se encuentran al corriente de pagos?
la comunidad tiene un gran número de morosos y no se llega a la mitad de ellos al corriente de pago, pero el plazo de la presidencia ha terminado, se puede por tanto, realizar una nueva elección (en este caso el nombramiento es rotativo) para un nuevo presidente?
Hola Susana, gracias por escribirnos.
Cualquier propietario puede ser elegido como presidente, incluso aquellos que no están al corriente en el pago de sus recibos. El único derecho que no tienen los propietarios con recibos pendientes de abono es el derecho a votar en las decisiones que se tomen en una junta de propietarios. En algunos casos, también se les ha imitado el uso a determinadas zonas comunes, como por ejemplo, el uso de la piscina o a zonas deportivas.
Aunque la comunidad tenga establecido un turno rotatorio para ser presidente, la junta de propietarios puede elegir a un nuevo presidente sin seguir ese turno rotatorio. Si hay algún propietario que se presente de forma voluntaria para ser presidente y los propietarios asistentes a la junta de propietarios (reunión de vecinos) lo eligen por mayoría, esa persona será elegida para ese cargo.
También la junta de propietarios puede aprobar en cualquier momento el método para elegir presidente, es decir, puede aprobar que a parir de esa junta de propietarios la forma de elegir al presidente sea otra distinta a la actual.
Resumiendo, los propietarios pueden evitar que el puesto de presidente sea otorgado a un vecino moroso, para ello solo tienen que aprobarlo en la reunión.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.