Hoy en día es raro encontrar una comunidad de vecinos sin recibos pendiente de cobro. La morosidad afecta de manera directa al normal funcionamiento de su actividad. En ocasiones se han incrementado las cuotas comunitarias para afrontar el pago de suministros tan necesarios como la luz. Por todos estos motivos, los propietarios demandan actuaciones rápidas y directas para lograr cobrar esos importes y de esa forma normalizar la gestión de la comunidad. Por desgracia, este proceso no es ni rápido ni directo, por eso cuanto antes se inicie mucho mejor.
Aquí le presentamos los pasos a seguir para reclamar el pago.
Hola soy Consuelo me gustaría saber a partir de que cantidad de deuda se puede interponer a los tribunales al vecino o vecinos morosos. O cuanto tiempo puede estar sin adeudar antes de llevar a cabo dicho trámite ante los tribunales, gracias
Hola Consuelo, un propietario se considera moroso en el momento en el que se emite una nueva remesa de recibos y ese vecino adeuda (no ha pagado) el recibo de la remesa anterior. Desde ese momento, la comunidad ya puede aprobar intervenir judicialmente contra esa persona porque tiene una deuda con la comunidad.
Por lo tanto, no hay una cantidad establecida ni un período determinado para proceder judicialmente contra un propietario moroso. Es la comunidad de propietarios quien estipula el cuánto y el cuándo debe intervenir contra alguien por no hacer frente a sus obligaciones como propietario.
Nuestro consejo es que intervengan cuanto antes.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas noches:
Me gustaría saber si el propietario de una vivienda dentro de una comunidad de propietarios,puede tener el derecho que la empresa suministradora de agua,le pase directamente al propietario el recibo de su consumo de agua,teniendo este último un contador de agua.Gracias
Hola Juan Carlos, en una comunidad de propietarios el suministro y facturación del agua puede realizarse de dos maneras:
1. Con un solo contador para toda la comunidad y sus propietarios.
2. Con un contador para la comunidad y con contadores individuales para cada uno de los propietarios.
Por lo tanto, si un propietario tiene contador individual de agua, la empresa suministradora solo le podrá pasar una factura que corresponderá con el consumo realizado por ese contador.
Puede suceder que la empresa suministradora emita la factura de la comunidad de propietarios a nombre de un propietario porque en su día este propietario diera de alta ese contador general. Si esto es así, lo que debe hacer es ponerse en contacto con la empresa suministradora para que no le emitan al propietario la factura comunitaria.
Saludos y hasta pronto.
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