¿Funciona una mancomunidad de propietarios igual que una comunidad?
Una mancomunidad de propietarios funciona de forma similar a como lo hace una comunidad de propietarios. Ambas entidades se constituyen para la gestión y el mantenimiento de las zonas comunes compartidas por los propietarios de unos inmuebles (casas, pisos, aparcamientos, locales, trasteros…)
Una mancomunidad de propietarios se regula por las normas establecidas en la LPH (Ley de Propiedad Horizontal). Por lo tanto, funciona de la misma manera a como lo hace una comunidad de propietarios.
Para saber cómo crear una mancomunidad de propietarios, lo primero que debemos conocer es qué es una mancomunidad.
Si buscamos en el diccionario de la lengua española el término mancomunidad, podemos leer el siguiente significado:
Y si profundizamos un poco más y buscamos el término mancomunar, podemos ver que dice:
De estos conceptos sacamos en claro que una mancomunidad conlleva una unión entre al menos dos partes, en donde se genera una obligación mutua, con el objetivo de alcanzar un fin y que para lograr ese objetivo, tiene que estar legalmente constituida.
Para crear una mancomunidad de propietarios, tiene que existir al menos:
A la hora de constituir una mancomunidad es aconsejable redactar unos estatutos, para especificar los derechos y obligaciones de cada comunidad de propietarios y establecer qué o cuáles elementos pertenecen a la mancomunidad de propietarios y cuáles corresponden a la gestión y mantenimiento de cada comunidad de vecinos.
Respecto a su gestión y administración, se rige por las mismas normas establecidas en la LPH (ley de Propiedad Horizontal), pero en este caso los derechos y obligaciones establecidos en la Ley recaerían no en cada propietario, sino en cada comunidad de propietarios.
La junta de gobierno de la mancomunidad (presidente, vicepresidente, secretario) se conforma con algún miembro de la junta de gobierno de las comunidades. Al igual que sucede con las comunidades de vecinos, el cargo de secretario puede recaer en una persona externa, en un administrador de fincas, quien se haría cargo de todas las gestiones económico, operativas y administrativas de la mancomunidad
Hola soy Rafael, aunque mi familia y mis amigos me llaman Rafa. Vivo en Puente Genil, un pueblo de Córdoba, famoso por la elaboración del membrillo. Aunque soy un enamorado de mi pueblo, he de decirles que los veranos aquí son asfixiantes. Al igual que otros muchos cordobeses, los fines de semana realizamos la conquista del espeto, que consiste en desplazarnos a las costas malagueñas y tomar unas sardinitas en la playa acompañadas de una cerveza bien fría.
Hace unos años, mi mujer y yo adquirimos un apartamento en Benalmádena. Tenemos un hijo de tres años y pensamos que era lo mejor para toda la familia. En invierno vamos algún fin de semana, pero cuando realmente lo disfrutamos es en verano.
El apartamento forma parte de una urbanización de cuatro edificios y con recinto cerrado, rodeado de jardines, dos piscinas, zona infantil con columpios y una pista de pádel.
En el mes de junio celebramos la junta ordinaria de la comunidad y en la reunión de este año, me he enterado de que nuestro edificio pertenece a una mancomunidad y para serles sincero, no tenía ni idea de que eso existiera. Pensarán que soy un ignorante, pero como en Puente Genil vivimos en una casita, de estos temas es la primera vez que he tenido ocasión de participar. Por cierto, ahora valoro mucho más vivir en una vivienda unifamiliar, que difícil es la convivencia con algunas personas…
Le pregunté a la presidenta, que es mi vecina, si me podía explicar lo que era la mancomunidad. Me dijo que tiene su razón de ser, en el momento en que varios edificios comparten zonas comunes y se crea para optimizar la gestión de esas zonas.
La mancomunidad puede funcionar desde el inicio de la actividad vecinal o crearse con posterioridad. En ambos casos para legalizarla, tiene que inscribirse en el registro de la propiedad correspondiente.
La urbanización puede administrarse de dos maneras:
En el primero de los casos, solo hay una junta directiva y en la segunda opción, hay una por cada comunidad creada, siendo los presidentes de cada comunidad los que forman la junta directiva de la mancomunidad.
Para entenderlo mejor pondré un ejemplo. En el primero de los supuestos, es como si el gobierno de un país fuera el encargado de gestionar todo el territorio directamente (mancomunidad) y en el segundo de los casos, el gobierno funciona, dividiendo el territorio en regiones (comunidades) y determinadas materias son compartidas por todas las regiones (mancomunidad)
En la segunda opción, cada comunidad tendrá sus presupuestos y su forma de trabajar, estando obligada a contribuir según su coeficiente de participación con el presupuesto aprobado por la mancomunidad.
El recibo ordinario de cada propietario incluye la dotación económica correspondiente para el mantenimiento de su comunidad y de la mancomunidad.
Vecina, gracias por la información, si te quieres venir, te invito a un espeto y a una cerveza en el chiringuito de la playa, con esto de las comunidades y mancomunidades, se me ha abierto el apetito.
Que bien se vive en la Costa del Sol a pesar de estos líos.