Los contadores de agua individuales o colectivos, suelen ser una de las cuestiones que se plantean con más frecuencia en las comunidades más antiguas.

Recientemente una persona contactó con nosotros y nos indicó que la Comunidad de Propietarios en la que vive, tiene un solo contador de agua. Después de venir un incremento en la factura del doble de lo pagado habitualmente, algunos propietarios quieren instalar contadores individuales. La cuestión es ¿pueden hacerlo? ¿quién sufraga los gastos de esa nueva instalación? ¿cómo pueden hacerlo?

La LPH (Ley de Propiedad Horizontal) dice en su artículo 9.1.c que todos los propietarios tienen la obligación de contribuir a los gastos comunes que no sean suceptibles de individualización. En este caso el gasto del agua es individualizable. El propietario que quiera instalar un contador de agua individual está en su pleno derecho de hacerlo.

Ahora bien, en caso de que los vecinos quieran instalar los contadores individuales, surge una duda.

¿Tengo que pagar la factura de mi contador y seguir pagando la factura del contador de la Comunidad?

En este caso, el importe de la factura que venga a nombre de la Comunidad de Propietarios, se dividirá o prorrateará entre los propietarios que no tengan contador individual. Aquí surge un pequeño problema. Parte del importe reflejado en la factura del contador colectivo, es destinado por ejemplo, al uso de la limpieza de las zonas comunes o al riego de jardineras.

¿De qué forma participa el propietario con contador individual de este consumo?

En estos casos hay dos opciones:
1. Si es posible, se puede instalar un contador individual de uso exclusivo para el agua destinada a las zonas comunes. Esta instalación correrá a cargo de la Comunidad de Propietarios.

2. Realizar una estimación del consumo que va destinado a las zonas comunes.

¿Quién sufraga el coste de la instalación de los contadores individuales?

El importe de la instalación de contador de agua individual, debe pagarlo el propietario que solicite su instalación.

Para instalar los contadores individuales no es necesario acuerdo comunitario, aunque si es conveniente tratarlo en Junta de Propietarios para que así estén informados todos los propietarios de la comunidad y conste en acta. 

Puede ocurrir que la entidad suministradora de agua exija que haya acuerdo comunitario para instalar los contadores individuales en todas las viviendas porque el edificio impida instalar contadores a unos pocos y tengan que hacerse para todos los vecinos o por otras circunstancias.

Por último, decir que todo propietario tiene derecho a poner su contador individual pero la Comunidad de Propietarios no puede obligar a ningún propietario a instalarlo.

Si son de los vecinos que se plantean si es mejor tener contadores de agua individuales o colectivos, piense si se plantearía tener el suministro de luz compartido con sus vecinos. La respuesta es bien sencilla, nunca lo haría. Entonces, ¿por qué quiere tener un único contador de agua compartido con las demás personas? Que cada uno pague lo que consuma.