La Dirección General de los Registros y del Notariado de Mazarrón, ha dado la razón a la Comunidad de Propietarios en relación al cambio en los estatutos de la Comunidad. Este acuerdo conlleva la prohibición del uso de determinadas zonas comunes, piscina y pista de tenis a los propietarios con recibos pendientes de pago.
La noticia aparecía el 26 de noviembre de 2012 en el diario digital laverdad.es
Lo aprobado en la clausula se refiere solo y exclusivamente a la prohibición de uso de elementos comunes especiales, por considerarlos prescindibles para el uso habitual dentro de una Comunidad.
Esta noticia tiene una doble interpretación:
- Una herramienta más para obligar a los vecinos morosos a hacer frente de sus deudas.
- Una forma de premiar el uso de todos los servicios comunitarios de forma exclusiva a los vecinos que están al corriente en sus pagos.
Para implantar esta medida en las Comunidades de Vecinos, es necesario llevar este punto en el Orden del Día tanto en Junta General Ordinaria como Extraordinaria, pudiendo incluso convocar una Junta General Extraordinaria con este único punto a tratar.
El punto debe aparecer en el Orden del Día como modificación de los estatutos de la Comunidad: prohibición del uso de elementos comunes (piscina, pista de tenis, pista de pádel…) a los propietarios con recibos pendientes de pago.
Para su implantación es necesario además de la aprobación del punto anterior, registrar los nuevos estatutos en el libro de Actas de la Comunidad y en el correspondiente Registro de la Propiedad.