Daños estéticosLos daños ocasionados en una vivienda, pueden causar desperfectos. En ocasiones y para reparar los mismos, los operarios necesitan romper otros elementos aunque no están directamente afectados por el siniestro.

La cláusula por daños estéticos en el seguro de la Comunidad, se encarga de compensar económicamente el daño producido y de esta forma evita a la Comunidad un desembolso para reparar la estética del bien afectado, dejando la zona afectada en las mismas condiciones que estaban antes del siniestro.

Por otro lado, si el siniestro ocurrido no lo cubre la póliza, tampoco cubrirá los daños estéticos.

En ocasiones esta cobertura tiene límites económicos. Estos límites aparecen en las condiciones particulares de la póliza, por lo que antes de contratar, debemos valorar la conveniencia de contratar un tipo u otro de seguro.