Ya conocemos todos la famosa Ley Antitabaco, pero si no la recordáis aquí os la dejamos, es la Ley 42/2010 que fue modificada Ley 28/2005.
Os detallamos los artículos de la Ley Antitabaco que afecta a edificios en régimen de Propiedad Horizontal, es decir, a las Comunidades de Propietarios:
- Art. 2. Espacio de uso público, lugares asequibles al público en general o lugares de uso colectivo con independencia si son públicos o privados.
- Art. 7. Se prohíbe fumar en:
- Centros de ocio, exceptuando los espacios al aire libre.
- Ascensores
- Zona de parques infantiles y áreas de juego para la infancia, incluso los que están al aire libre.
- Art. 19. Infracciones
Se consideran infracciones leves:
- Fumar en las zonas prohibidas o fuera de las zonas habilitadas para ello.
Se consideran infracciones graves:
- Permitir fumar en los lugares donde está prohibido.
- Art. 20. Sanciones
- Las infracciones leves serán sancionadas con una multa entre 30 y 600€ , excepto la que consiste en fumar en lugares prohibidos prevista en el artículo 19,2a , que será sancionada con multa de hasta 30€ si la conducta infractora se realiza de forma aislada.
- Las graves serán sancionadas con multas entre 601€ hasta 10.000€.
- Art. 21. Personas responsables
- De todas las infracciones el responsable será el autor de la infracción.
- Art. 22. Competencia de inspección y sanción
- Las competencias de inspección y sanción corresponden a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
- Art. 23. Acciones individuales y colectivas.
- El titular de un derecho podrá exigir a los órganos administrativos y jurisdiccionales de cualquier orden la observancia y cumplimiento de los dispuesto en la Ley.
Maravillo post. Gracias por compartirlo…Espero màs…
Saludos
dejar de fumar https://stopaltabacomalaga.com/como-dejar-de-fumar