Cómo nuestra obligación es velar por la seguridad de nuestros propietarios, hoy os queremos hablar sobre la normativa de los ascensores y sus consecuencias si no se cumple esta normativa.
Los ascensores de los inmuebles están sometidos a inspecciones periódicas por parte de los llamados Organismos de Control Autorizados (OCA), equipos cualificados en inspecciones, que actúan por delegación acreditada ante la Dirección General de Industria. Estas OCA´s informan de manera favorable o desfavorable a raíz de la inspección que realizan, de forma que con la nueva normativa podrán proceder a la paralización inmediata de los ascensores.
Las comunidades de propietarios deben adaptar los ascensores ya que si no cumplen con esta normativa los ascensores pueden ser inmovilizados por Industria.
Se prevé que en 2014 muchas comunidades de propietarios, paralizarán sus ascensores por no subsanar sus deficiencias.
En 2005 entró en vigor una nueva normativa sobre la seguridad de los ascensores, que son de obligado cumplimiento por las comunidades de propietarios. A esta normativa de la Conserjería de Industria siguió un reglamento en agosto de 2013 que nos dice que las deficiencias graves detectadas en la inspección de los ascensores podrán pasar a ser consideradas muy graves si transcurridos 6 meses desde que se detectó la anomalía esta no haya sido subsanada, lo que conlleva a la paralización del elevador.
Buenos dias:
En nuestra Comunidad hemos pasado recientemente la Inspección de Ascensores (la última fue en mayo de 2013).
La consecuencia es que hay que realizar una serie de modificaciones que ascienden a casi 1500 € por ascesnor.
¿Sabrían indicarme si en un bloque de 12 alturas el coste que nos facilita la empresa de mantenimiento es equilibrado en relación a las mejoras que hay que hacer por el cambio de normativa?
Saludos y gracias
Hola Roberto, lamentamos decirle que no le podemos ayudar con su consulta porque desconocemos las incidencias que la OCA (Organismo de Control Autorizado) haya detectado y el grado de gravedad de las mismas.
El coste de mantenimiento y actualización a la normativa vigente del ascensor es independiente del número de plantas del edificio.
Nuestro consejo es que solicite presupuestos en otras empresas de ascensores y que compare los mismos.
Un saludo y hasta pronto.
es obligatorio que el ascensor lleve emergencia telefónica? somos una comunidad de ocho vecunos
Hola Salvador, la regulación en materia de seguridad en los ascensores viene recogida en el Real Decreto 57/2005. Este real decreto, deja en manos de cada Comunidad Autónoma los límites de implantación del uso del teléfono. Éste depende del número de plantas recorridas por el ascensor y del número de habitantes de la comunidad de propietarios.
Si nos dice desde la Comunidad Autónoma desde la que nos escribe, le intentaremos responder a su pregunta.
Un saludo.
Hola.Nuestro ascensor ha estado dando muchos problemas y finalmente hemos decidido cambiarlo para no estar pagando tantas averias.Hay alguna ayuda o subvencion para pagarlo?es en valencia,el ascensor tendra unos 20años,donde puedo averiguarlo?gracias
Hola María, este tipo de ayudas suelen estar atribuidas a las comunidades autónomas y a los municipios. En su caso debe dirigirse a la Consellería D’Economía, Industria, Turisme I Ocupacio y a la delegación de urbanismo de su ayuntamiento.
Saludos y hasta pronto.