La gestión diaria de una Comunidad de Propietarios, genera un volumen considerable de papeles. Pasado un tiempo, debemos revisarlos y destruir aquellos que no sean de utilidad, pero cuidado, hay documentos que debemos conservar durante un periodo de tiempo establecido por Ley.
La conservación de la documentación de la Comunidad de Propietarios dependerá del tipo de documento:
- Los documentos de afiliación, altas y bajas del personal de la Comunidad de Propietarios se deben conservar durante cuatro años.
- Convocatorias, comunicaciones, apoderamientos y todos los documentos relacionados con la Junta de Propietarios se deben de conservar durante cinco años.
- Documentos relativos a a obligaciones contractuales, facturas acreditativas y contratos se deben conservar durante quince años.
- Los documentos legales, judiciales, notariales o registrales tales como el libro de actas, los estatutos, las sentencias judiciales… se deben conservar de por vida.