Los contadores de agua individuales o colectivos, suelen ser una de las cuestiones que se plantean con más frecuencia en las comunidades más antiguas.
Recientemente una persona contactó con nosotros y nos indicó que la Comunidad de Propietarios en la que vive, tiene un solo contador de agua. Después de venir un incremento en la factura del doble de lo pagado habitualmente, algunos propietarios quieren instalar contadores individuales. La cuestión es ¿pueden hacerlo? ¿quién sufraga los gastos de esa nueva instalación? ¿cómo pueden hacerlo?
La LPH (Ley de Propiedad Horizontal) dice en su artículo 9.1.c que todos los propietarios tienen la obligación de contribuir a los gastos comunes que no sean suceptibles de individualización. En este caso el gasto del agua es individualizable. El propietario que quiera instalar un contador de agua individual está en su pleno derecho de hacerlo.
Ahora bien, en caso de que los vecinos quieran instalar los contadores individuales, surge una duda.
¿Tengo que pagar la factura de mi contador y seguir pagando la factura del contador de la Comunidad?
En este caso, el importe de la factura que venga a nombre de la Comunidad de Propietarios, se dividirá o prorrateará entre los propietarios que no tengan contador individual. Aquí surge un pequeño problema. Parte del importe reflejado en la factura del contador colectivo, es destinado por ejemplo, al uso de la limpieza de las zonas comunes o al riego de jardineras.
¿De qué forma participa el propietario con contador individual de este consumo?
En estos casos hay dos opciones:
1. Si es posible, se puede instalar un contador individual de uso exclusivo para el agua destinada a las zonas comunes. Esta instalación correrá a cargo de la Comunidad de Propietarios.
2. Realizar una estimación del consumo que va destinado a las zonas comunes.
¿Quién sufraga el coste de la instalación de los contadores individuales?
El importe de la instalación de contador de agua individual, debe pagarlo el propietario que solicite su instalación.
Para instalar los contadores individuales no es necesario acuerdo comunitario, aunque si es conveniente tratarlo en Junta de Propietarios para que así estén informados todos los propietarios de la comunidad y conste en acta.
Puede ocurrir que la entidad suministradora de agua exija que haya acuerdo comunitario para instalar los contadores individuales en todas las viviendas porque el edificio impida instalar contadores a unos pocos y tengan que hacerse para todos los vecinos o por otras circunstancias.
Por último, decir que todo propietario tiene derecho a poner su contador individual pero la Comunidad de Propietarios no puede obligar a ningún propietario a instalarlo.
Si son de los vecinos que se plantean si es mejor tener contadores de agua individuales o colectivos, piense si se plantearía tener el suministro de luz compartido con sus vecinos. La respuesta es bien sencilla, nunca lo haría. Entonces, ¿por qué quiere tener un único contador de agua compartido con las demás personas? Que cada uno pague lo que consuma.
Hemos cambiado un local a dos viviendas , tenìa acometida individual y el canal me dice que tengo que cambiar a la acometida de la comunidad de propietarios , con la que tengo algunos problemas , ellos tienen contador individual y prorratean el agua.
El canal me indica que que estoy haciendo fraude y que tengo que engancharme si ó si,, la comunidad tiene obligación de darme el número de contrato y decir al canal que me voy a enganchar ?
Gracias
Hola Juan José, gracias por escribirnos.
Si el canal le indica que tiene que estar enganchado en la acometida de la comunidad, la comunidad no puede negarse a que esté en ese contador y no pueden impedirle darle suministro.
Mande a un fontanero para que haga la correspondiente acometida.
No necesita el nº de contrato para realizar el enganche. Cuando tenga la instalación terminada, se lo comunica al canal y ya está.
Luego la comunidad deberá prorratear parte de la factura en función de su coeficiente de participación. Al igual que hace con el resto de vecinos.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
En reunión EXTRAORDINARIA habida hace pocos días , ( la próxima será en ENERO que será la ORDINARIA se subió el metro de agua caliente de 8 € el mt3 a 16 más un FIJO de 22 € o sea que por 2 mts de agua pago casi 60 €. y se aplicó en el mismo mes.
¿ eso se puede hacer en la reuníon EXTRAORDINARIA teniendo en cuenta que en un mes ya se harían nuevos presupuestos etc…?
A como nos sale el agua ???……
Hola Luis Miguel, gracias por escribirnos.
Todo lo que se apruebe por parte de los propietarios según las mayorías exigidas para cada caso, tiene validez.
En una reunión extraordinaria se pueden aprobar presupuestos y partidas extraordinarias. En su caso, pueden aprobar una partida extraordinaria del recibo de agua.
Lo que tiene que ver son los motivos de ese sobre coste y la viabilidad de pagar menos por ese suministro.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, acabo de comprar un local comercial. Dentro del bajo está el cuadro de contadores de agua (hay 3 contadores en total, ya q sólo tiene 2 viviendas más el local).
La instalación tiene 40 años y las tuberías que se dirigen a cada vivienda van por debajo del suelo, hay alguna que pierde agua y hay problemas de humedad y filtraciones al subsuelo y a la finca cercana.
El caso es q realizamos un junta y el resto de propietarios no quiere actuar. Mi pregunta es si puedo renovar dicha instalación por mi cuenta? Gracias
Hola Juan, gracias por escribirnos.
La comunidad está obligada a reparar cualquier instalación comunitaria que esté dañada. No hace falta aprobarlo en una junta de propietarios.
Lo que le recomendamos es que notifique por escrito y de manera fehaciente al resto de vecinos la necesidad de acometer esa reparación, indicando que en caso de no hacerse y para evitar males mayores, usted realizará ese arreglo y pasará la factura al resto de los propietarios.
Si se niegan a sufragar ese coste, tendrá que abonarlo usted y demandar las cantidades al resto de los vecinos por vía judicial.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
El costructor dl bloque reclama facturas d agua dl contraincenfios, auq nunca se gasto agua d ahí…pero si se detecta consumo.
Pero si el constructor no hizo el cambio d nombre dl contador y no lo cambio a nombre d la comunidad la culpa es suya ? Quien tiene q pagar esas facturas ?
Hola María, gracias por escribirnos.
Como usted comenta, el constructor puede reclamarles esas facturas a la comunidad, pero si no tenía acordado previamente que se las iban a abonar y el contador estaba a su nombre no podrá obligarles a que se las paguen.
Es normal en edificaciones de nueva construcción que los suministros estén a nombre del promotor o constructor y que las empresas de suministros tarden un tiempo en hacer el cambio de titularidad. En esos casos, lo que deben hacer los promotores y constructores es firmar un documento con la comunidad indicando la lectura del consumo a partir de la cual será imputable a gasto de los vecinos y que estos se comprometen a abonar esos consumos cuando vengan las facturas correspondientes.
Si no lo hizo así y aunque ustedes hayan utilizado ese agua, estará en manos de su voluntad el que quieran pagarle esos gastos. Si no han utilizado ese suministro, por supuesto no paguen esas facturas.
Nuestra opinión es que si alguien ha hecho un uso de algo debe pagarlo, pero como le decimos, cada uno debe actuar en estos casos como considere que es lo más oportuno.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas noches
Es obligatorio por ley que se fije un precio determinado por m3 de agua caliente en la.comunidad? Yo quiero que se cobre la factura prorrateando la factura de gas de la.comunidad con el consumo individual de agua caliente y calefacción pero hay gente que dice que es ilegal porque no saben de antemano cuánto les costaría el m3 de agua caliente gastado
El problema es que de esta forma quién gasta más calefacción aporta más dinero a la saca común cuando se cobra de nás
Gracias
Hola Sergio, gracias por escribirnos.
No es obligatorio por ley establecer un precio de antemano por m3 de agua caliente. Partiendo de esa premisa, la comunidad puede decidir la forma que considere oportuna para distribuir el coste de ese suministro.
Ninguna ley indica que para prorratear una factura de agua caliente es necesario conocer de antemano el precio del m3. Cuando la gente diga que algo es ilegal, dígales que sean tan amables de mostrarles esa ley.
Lo que es justo es que cada vecino pague los suministros en función de su consumo personal.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Nosotros tenemos un problema haber si le quita la duda somos una comunidad de 14 pisos tenemos que pagar el agua en la comunidad el problema que hay vecinos que no pagan la comunidad que pasa que los que pagamos , pagamos el agua que no pagan ,a si que queríamos poner contadores individuales cuál es el problema que creo que la empresa de aguas EMASA o pone todos o no pone ninguno, no hay ninguna manera de ponerlos individuales?? Por que si fuera así los que no pagan estarían con el agua que paga la comunidad y claro si no pagan la comunidad no lo van hacer después esto es una pesadilla por que poniéndolo individuales el de dinero de la comunidad podría ir a otras necesidades de la comunidad por que de la manera que lo tenemos pagamos la mitad y la otra utiliza el agua pero no paga su parte , gracias .
Hola Alfredo, gracias por escribirnos.
Como bien indica EMASA (empresa que suministra el agua en Málaga) solo autoriza a poner contadores individuales si la comunidad está de acuerdo en ponerlos o hay una sentencia que les obligue a hacerlo.
Tienen dos soluciones y ninguna de las dos son inmediatas:
1. Aprobar en junta de propietarios reclamar vía judicial el pago de los recibos que estén pendientes de pago. Esta opción es la más aconsejable porque los vecinos que no pagan sus recibos no solo están dejando de pagar el agua, sino el resto de gastos de la comunidad.
2. Acudir a la justicia para que obligue a la comunidad a que instale contadores individuales.
Nuestra opinión siempre es que hay que actuar judicialmente contra las personas que no quieren pagar sus recibos. Hemos dicho que no quieren pagar, porque también hay personas que por diversos motivos no pueden, pero normalmente son las menos y normalmente estas personas que no pueden, siempre tienen voluntad de hacer frente a las deudas y lo hacen poco a poco.
Nuestro consejo es que cuanto antes se pongan manos a la obra y vayan contra los vecinos morosos, mucho mejor.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Muchas gracias por contestar el problema es que se puede aprobar en juntar los contadores individuales pero para ponerlos individuales tienen que rascar el bolsillo todo el mundo y si no pagan ni derramas ni comunidad tampoco van a pagar los contadores entonces como demandarles va ser que se declaren insolventes vamos a estar toda la vida pagando el agua a los que no pagan
Hola de nuevo Alfredo, la mejor solución es que instalen los contadores individuales y una vez instalados reclamen judicialmente el abono de aquellos que no pagan.
Si instalan los contadores, el gasto de agua comunitaria se reducirá mucho. Tienen que hacer esa inversión inicial pero la van a amortizar en unos meses.
Un saludo.
Buenos dias.
Tengo los contadores individuales de agua (Fria/Caliente) via Radio y en alquiler . Hace un par de semanas vino una persona para realizar la lectura en uno de los contadores alegando que está estropeado ya que no le da lectura alguna.
Esta persona me sugirió comprar uno nuevo (120€). El tema es que yo los tengo alquilados, ya que en los recibos me aparece en concepto servicio alquiler modulo via radio ACS/AF. Al ser alquilados, ¿No corresponde a la empresa arrendadora de los contadores, su cambio?.
Ademas, el recibo de este mes ha sido el doble que el que vengo teniendo en los tres años que vivo en este piso y evidentemente, es un error ya que no he consumido esa cantidad de agua.
He escrito a la empresa dandoles todos estos datos y no me responden. No se si reclamarles a traves de la OCU/FACUA o que hacer.
Gracias de antemano y un saludo,
Hola Jose Ignacio, gracias por escribirnos.
Aunque no es un tema comunitario, vamos a intentar ayudarle.
Sí o sí, debe reclamar cualquier pago que considere indebido. Con independencia de esta acción debería ver el contrato para saber los servicios que incluye, si no lo tiene solicite una copia. En un principio, el tenerlo en alquiler conllevaría hacer el cambio a la empresa suministradora, pero para salir de dudas debe leer las cláusulas del contrato.
En relación al importe de la factura mire los conceptos que aparecen y cuál de ellos es el que se ha visto incrementado. En algunas ocasiones, las lecturas se hacen estimadas en lugar de ser reales y facturan importes que no se corresponden con el consumo. Posteriormente se regulariza con la siguiente factura.
Bueno, mire bien todo y reclame por todas las vías que tenga a su alcance. Nadie puede cobrarle algo indebido.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas noches.
Tengo un apartamento en el cual se paga el agua comunitaria.
Tengo este inmueble alquilado y mi inquilino no paga los gastos comunes.
Si instalo un contador a título privado (sin contar con la compañía ya que hay vecinos que no quieren) si no lo he entendido mal, solo pagaría el agua que consumo, cierto?
Este consumo sigue siendo comunitario o se lo puedo cobrar a mi inquilino? Tengo la sospecha que hace un uso excesivo del agua.
Gracias
Hola Alberto, gracias por escribirnos.
El que instale ese contador individual solo le servirá para pasarle el consumo a su inquilino pero no de cara a dejar de pagar el consumo procedente de la factura de agua del único contador que hay en la comunidad.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, vivo en una comunidad de 80 vecinos, con agua caliente centralizada con un unico contador, con lo cual el consumo se paga en la cuota de comunidad fijada en la junta general de propietarios, ahora bien, varios vecinos queremos instalar contador individual con lectura remota, la duda es, si la comunidad esta obligada a desglosar este gasto a los que instalemos los contadores y si tambien esta obligada a realizar la lectura remota de contadores.
Hola Gabriel, gracias por escribirnos.
Seguramente no podrán instalar contadores individuales unos pocos vecinos si no lo instalan todos y además no se lo recomendamos porque con el contador general de la comunidad ustedes seguirían obligados a pagar la cantidad que por sus cuotas de participación le correspondan.
Es decir, que ustedes tengan contador individual no les exime de abonar las cantidades del contador general.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Una comunidad con un contador patrón de electricidad, puede colocar contadores a cada propiedad para cobrarle la factura de ese consumo individual a través del administrador fincas??
Hola Echedey, gracias por escribirnos.
Como poder puede siempre que esté aprobado por la comunidad. Esta forma no sería la más conveniente, lo que deben hacer es instalar contadores individuales a través de alguna de las compañías eléctricas que suministran energía en nuestro país.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Estimado/a sres/as
Recién he tenido una fuga de agua en el cuarto de baño de mi negocio.
Ha venido un albañil y un fontanero, y después de muchos golpes para descubrir el origen de la avería, me dicen que, si bien la tubería sale de mi contador, pero no terimina ahí, si no que de ella se ha tomado una conexión para mí, otra de la misma tubería para otro pequeño negocio ( este paga la parte proporcional del consumo, previa presentación copia recibo) y, la tubería continua hasta un local de la comunidad vacío.
Dicho esto y según palabras del los profesionales, ( di de baja el seguro por jubilación) la avería es cosa de los tres locales y, la comunidad debería de haber abonado la parte proporcional del mínimo del agua. Esa la doy por perdida, de momento.
Puesto en contacto con el presidente de Cdad. de turno, me dice que no, que esa es mi tubería y mi contador y que somos nosotros dos lo que tenemos que hacer frente a los gastos de reparación.
¿Tiene razón el presidente? Yo hablo por boca de los profesionales.
Gracias por su lectura
Esperando sus gratas noticias
Atte.: José María
(Desearía que me enviaran la posible contestación personalizada a mi correo electrónico.)
Hola José María, le hemos mandado la respuesta por email.
Un saludo
Buenos días,
Yo vivo en una urbanización con diferentes portales que en total suman unos 400 vecinos. Este año el Administrador nos ha mandado una nota diciendo que dada la situación económica y hasta que se puedan tomar decisiones en la Junta General, respecto a la calefacción van a llevar a cabo las siguientes medidas: no se encenderá si la temperatura exterior ambiente está por encima de los 10 grafos, se reducirá un grado la temperatura actual de las instalaciones y el horario de encendido será de 17 a 22.
Mi pregunta es primero como el administrador puede tomar esa decisión unilateralmente sin haberse aprobado en Junta?
Y por otro lado, estoy más que harta de este tipo de cosas en mi comunidad y quiero tener mi propio contador de agua y calefacción y poder encenderlo cuando me de la gana, tengo alguna manera legal de poner mi contador aunque el resto no quiera? Se votó en junta este verano y la mayoría no quería, cosa que entiendo porque son familias de 4 y 5 miembros que les sale mucho mejor pagar en conjunto pero nosotros somos dos y no nos compensa y aunque nos compensará preferimos pagar por lo que gastemos nosotros, sea más o menos. Muchas gracias. Un saludo
Hola Jesica, gracias por contactar con nosotros.
La forma correcta de proceder sería convocar una junta de propietarios de carácter extraordinario para aprobar entre todos los vecinos la manera de regular el uso de la calefacción. El administrador con el visto bueno del presidente puede tomar medidas puntuales de urgencia mientras se convoca una asamblea y se decide en conjunto.
La situación que nos plantea no es urgente aunque si extraordinaria y el administrador debe convocar esa junta a la mayor brevedad posible para aprobar las medidas a tomar.
Respecto a la otra cuestión que nos plantea, no depende tanto de lo que apruebe la comunidad si no de que la empresa suministradora autorice la instalación de un contador individual en el edificio. Muchas de estas entidades exigen que para instalar contadores individuales y suprimir el contador general, la instalación debe ser a todos los vecinos y no solo a aquellos que demanden este servicio.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes, tengo un problema el año pasado compré una vivienda ,somos solo tres vecinos ,cada uno tiene su contador están dentro de la vivienda con su puerta todo muy bien,el caso que fui a hacer el cambio de tituralida,del agua me dijeron que no que tenía que sacar fuera el contador les dije que como iba a aser eso cuando los otros dos están dentro , me e tenido que gastar 1,700 euros en sacarlo a la calle,me informan que eso no tenía que haberlo echo, les dije que quería el responsable del dinero que e tenido que gastarme ,y me dicen que eso ellos no me lo dijeron ,tengo testigos , toda documentación la e aportado al ayuntamiento para que me paguen esos gastos ocasionados por ellos el viernes recibo respuesta del ayuntamiento que eso es mío y no son responsable,por favor me podrían asesorar donde puedo ir, gracias
Hola Clara, muchas gracias por escribirnos.
Lo que ha hecho hasta ahora está muy bien, es decir, poner una reclamación ante lo que le ha sucedido. El éxito de que le devuelvan ese dinero dependerá de las pruebas que tenga para acreditar lo que sucedió.
En caso de que venga denegada la devolución, le recomendamos que hable con un abogado, le exponga su caso y este profesional le indicará la viabilidad de llevar su caso ante los tribunales para que sea un juez quien determine la responsabilidad de las partes implicadas.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días, se trata de una comunidad de propietarios de Madrid, 11 vecinos y todos ellos tienen contador individual. Existe un contador general que es el que figura contratado con el Canal de Isabel II, y de aquél se distribuye el agua al resto de vecinos y sus contadores. Se leen los contadores individuales, se distribuye a cada uno lo gastado. Pero el problema es que el contrato con el Canal figura a la Cdad. de Propietariso y por tanto es la que paga toda el agua pero hay vecinos que no pagan a la Comunidad lo que ésta le pasa del agua gastada, produciendose el hecho que hay vecinos que hace 6 año que no pagan agua.
Pregunta: ¿Sería posible que desde la tubería general parta una rama con contador general para gastos comunes y otra que continúe a las viviendas que es la que existe alcutalmente y que llega a las viviendas que, como dije antes, tienen su contador individual? Así la comunidad pagaría el agua de gastos comunes y el resto cada vecino su consumo.
Muchas gacias por todo
Hola Manuel, gracias por escribirnos.
Su instalación es algo peculiar. Si cada uno tiene un contador individual y ustedes son los encargados de tomar nota de la lectura y en base a eso le cobran a cada vecino es porque no son contadores de la entidad suministradora, en su caso por vivir en Madrid, no son contadores homologados del Canal de Isabel II.
Con el Canal de Isabel II solo tienen un contador y por eso están obligados a pagar la factura que les emite, ya que en caso contrario, les cortarían el suministro de agua.
La única opción que tienen es individualizar los contadores de agua. Para ello, deben informarse en esta entidad para ver las condiciones necesarias para solicitar la individualización de contadores. En algunos municipios solo piden que la comunidad acuerde por una determinada mayoría esa instalación y en otros municipios exigen tener la firma de todos los vecinos para proceder a ese cambio.
Respecto a las cantidades pendientes de pago, deben cuanto antes aprobar en una junta de propietarios el reclamar esas cantidades vía judicial. Si tienen un administrador ya debería haberlo planteado y si no lo tienen, hablen con un abogado para que les ayude con el procedimiento que deben iniciar.
Lo que usted plantea de hacer un ramal debe aprobarse en una junta de propietarios, pero aunque se aprobase, la comunidad no está autorizada para cortar el agua a nadie aunque no paguen. Que algunos vecinos no cumplan con su obligación no le acredita a la comunidad a quitarles el suministro de agua. Lo que la ley dice es que si alguien no cumple con sus obligaciones, denúncielo para que sea la justicia quien le obligue a cumplirlas o para retirarle los derechos. Como se suele decir, no podemos tomarnos la justicia por nuestra cuenta.
Si no tienen administrador o necesitan que alguien realice estas gestiones, aunque estemos fuera de Madrid, podemos facilitarle un presupuesto para tramitar todo esto. Solo tiene que enviarnos un correo electrónico.
Para cualquier otra cuestión, estaremos encantados de poder ayudarle.
Un saludo y hasta pronto.
Muchas gracias por la contestación y, siguiendo ésta en la próxima semana tengo cita con el Canal de Isabel II de la Comunidad de Madrid para que me informen al respecto.
Un saludo,
Manuel
Seguro que le irá todo muy bien.
Un saludo
Vivo en la comunidad autónoma de madrid. Tengo contador colectivo con toda la comunidad. Tengo obligación de instalar contador individual? Gracias
Hola Isabel, gracias por escribirnos.
Para poder responder a su pregunta necesitaríamos conocer la normativa de su localidad en función de quién sea la entidad encargada del suministro de agua.
Nuestro consejo es que se ponga en contacto con la empresa que le suministra el agua. Ellos le indicarán si tiene obligación de poner un contador individual.
Si podemos decirle que si está usted obligada, lo están los demás vecinos y que si la empresa suministradora obliga a tener contadores de agua individuales, les obligará a todos los vecinos.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas, es obligatorio tener un contador de agua en la comunidad solo para la limpieza de la escalera? Gracias
Hola Sebastia, gracias por contactar con nosotros.
Si la comunidad va a necesitar agua para la limpieza si es obligatorio que tenga un contador, a no ser que haya un vecino que quiera llenar los cubos del agua cada vez que vayan a limpiar las zonas comunes.
No es obligatorio pero si necesario para tener agua para usos comunitarios.
Un saludo.
Somos solo dos vecinos y yo quiero poner contador individual porque la mitad del año no vivo allí, y además no tengo presión de agua, soy de Sevilla, puedo pedirlo, por supuesto mi vecina no quiere, y tampoco quiere que pasemos por su casa para poner tuberías, es legal que nos impida poner contador individual
Hola María Dolores, gracias por escribirnos.
Si son solo dos vecinos, no tendrán constituida una comunidad de propietarios y entendemos que el único suministro que comparten será el agua.
Lo primero que tiene que hacer es ir a la empresa de suministro de agua de su localidad e informarse si puede solicitar un contador individual de agua para su vivienda, exponiéndole su caso. Es muy probable que le digan que si, pero a la misma vez es muy probable que si esta persona no le deja entrar en su vivienda para hacer la obra, tenga que solicitar una nueva instalación por otra zona y que tenga que sufragar de su bolsillo el coste de esa nueva instalación.
Otra opción es que hable con su vecino y le indique que aunque tengan un solo contador para ambas viviendas, que usted va a llamar a un fontanero para que le instale un contador en su vivienda y que paguen la factura en función de lo que cada uno consuma. Es decir, instalar un contador que no sea de la empresa de suministro pero que mida el caudal consumido en su vivienda para que cada uno pague el agua que ha gastado realmente.
Contestando a su pregunta, infórmese en la entidad que presta el suministro en su localidad para ver si pueden hacer algo legalmente para cambiar esta situación.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola. Mis padres poseían una casa de planta baja a la cual se hizo una ampliación, un piso superior. En la planta baja residieron mis abuelos hasta su fallecimiento en los años 90, y en la superior mis padres, fallecidos hace 5 años. Desde entonces ambas viviendas han estado sin habitar. El edificio dispone actualmente de un sólo contador de agua. Igualmente sólo hay un contador de la luz. Somos dos propietarios, mi hermana y yo. La pasada semana me enviaron una notificación del ayuntamiento para informarme de la obligación de instalar otro contador en la planta baja, así como de la obligación de abonar los últimos cinco años, más una sanción. Todo ello amparado en una ley de 2012. No estamos seguros de qué hacer. Obviamente pagar y después reclamar, pero para reclamar deberíamos basarnos en algo consistente. ¿Deberíamos acudir a un abogado? Muchas gracias por su atención y disculpen las molestias
Hola José Ramón, gracias por escribirnos.
Entendemos que si le estén obligando a instalar ese contador en la planta baja se deba a que el edificio tiene que estar escriturado con dos viviendas y existe un único contador para ambas.
Si desde el 2012 era obligatorio tener instalado ese contador, es normal que tengan una sanción por no cumplir con la normativa vigente, pero lo que no comprendemos es que le obligan a pagar el consumo de los últimos 5 años. Ustedes no estaban enganchados de manera ilegal al suministro de agua, todo lo contrario, han pagado el agua consumida pero con el consumo marcado en el único contador existente. Por lo tanto, no le pueden obligar a pagar un consumo que ya han abonado.
Respondiendo a su pregunta, creemos que sí sería conveniente que hablasen con un abogado y que con la documentación delante les indique cómo deben de proceder.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola! Tengo un apartamento en una comunidad turistica y no tenemos contadores de agua y luz comunitarios, mi prehinta es tenemos obligación de pagar el agua y la luz de los locales comerciales? Uno de ellos es un restaurante y el consumo de luz y agua es disparatado. Gravias!
Hola Olga, gracias por contactar con nosotros.
En un principio no deberían estar pagando La Luz ni el agua de los locales y nos extraña que estén haciéndolo.
Si nos dijera que todos los vecinos tienen un único contador si que tendrían que prorratear el consumo entre todos, pero si cada uno tiene un contador no debería ser como nos describe.
Le recomendamos que hable en el Ayuntamiento de su localidad, en la delegación de urbanismo para informarse de la obligación que tienen que tener los locales en relación al suministro de luz y de agua. En un principio deben tener sus propios contadores independientes.
Según lo que le indiquen, tiene que ver la posibilidad de instalar contadores exclusivos para la comunidad y dar de baja o cambiar la titularidad de los existentes.
Como le decimos es muy extraño que los locales no tengan sus contadores individuales.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, buenos días. Si me permite le heré una consulta un tanto peculiar.
Mi comunidad no tiene contador ninguno. Ni individual ni colectivo. La empresa que gestiona el agua aplica el canon máximo a cada vecino de la comunidad. No sabemos cuál es criterio para establecer dicho canon. Le hemos pedido la instalación de un contador comunitario y aplicar la tarifa que corresponda al gasto. Nos dice que hay que poner contador individual obligatoriamente. El gasto de la instalación es muy caro pues hay que realizar acometida nueva. ¿No es un poco extraño esto?
Hola Rafael, gracias por escribirnos.
Es extraño que no tengan contador de ningún tipo.
Es cierto que la instalación tiene un coste inicial que tienen que abonar todos los vecinos, pero que una vez realizada cada uno tendrá su contador y pagará el agua que consuma.
Esa instalación la van a tener que realizar mas tarde o mas temprano y consideramos que cuanto antes lo hagan mejor, porque como indica, están cobrando el canon máximo y estamos seguros que ninguno de ustedes consume esas cantidades tan altas.
Normalmente el pago de las instalaciones se puede fraccionar para facilitar la inversión de los vecinos.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, cuando compré mi piso, no tenía contador individual de agua (a pesar de ser obligatorio en La Comunidad de Madrid) y por despiste, tardé varios años en instalar uno (lo tengo desde hace 2 años). Un vecino (con quien estoy en conflicto porque lleva un piso turístico) quiere que se acuerde en la próxima Junta que pague a la Comunidad una cantidad equivalente al consumo que no he pagado (basándose sobre la media de mi consumo actual).
Esto es legal? Lo podría impugnar? No se debería aplicar una prescripción de 5 años?
Gracias de antemano por vuestros comentarios.
Hola Eric, gracias por escribirnos.
Su caso es algo complejo. Está claro que usted ha estado unos años sin pagar agua y tenía la obligación de hacerlo. La comunidad puede reclamarle ese pago pero nunca en función del consumo actual, siempre debe ser en función del coeficiente de participación de su inmueble.
Si aprueban que usted abone ese consumo pasado y usted lo acepta, deben permitirle el pago fraccionado según un acuerdo al que lleguen ambas partes.
Usted también puede negarse a pagar algo que la comunidad debió exigirle en su momento, porque la responsable de haberle solicitado ese pago en aquel entonces fue la comunidad y no lo hizo. Podemos decir que usted no se negó a pagar ese agua, pero que fue la comunidad la que no le indicó lo que debía pagar. Si opta por esta opción la comunidad puede iniciar un proceso judicial previa aprobación del mismo en una junta de propietarios. Dependiendo de la cantidad que se le reclame podrá ser rentable o no para la comunidad el iniciar este proceso. Aquí debería hablar con un abogado para que sea el quien le diga que opción le es a usted mas favorable, si aceptar o no.
Si finalmente le reclaman algo y usted acepta el pago, lo máximo que pueden pedirle es lo correspondiente a los últimos 5 años.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Me gustaría que me explicasen que cuentas tengo que hacer para saber lo que nos toca pagar de agua (tenemos contadores individuales) a cada uno de los propietaris. Somos tres propietarios
Hola María Luisa, gracias por escribirnos.
Si tienen contadores individuales, pagará el agua que esté consumiendo y la factura se la enviará la empresa que esté suministrando el agua.
Si además tienen un contador general, deberán dividir el agua que consuman entre el coeficiente de participación de cada vivienda. Este coeficiente viene en la escritura del edificio.
Otra forma de repartir el consumo del agua general es dividiendo el total entre las viviendas que sean.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes, me he comprado una parcela en una urbanización privada, yo no tengo aguas enganchada ni nada. No hay zonas comunes de uso de agua. Los propietarios con casas tienen un contador individual, por el q pagan su cuota y hay otro colectivo q duplicado el gasto de todos y ese dicen q hay q pagarlo entre todos. ¿Tendría yo que hacerme cargo de ese gasto si yo no tengo contador? Muchísimas gracias por su respuesta.
Hola Berta, gracias por escribirnos.
Para darle una respuesta válida deberíamos conocer con mayor profundidad como está conformada la distribución de esas parcelas, si es una comunidad de regentes o de que otro tipo.
Por lo que nos Indica y con independencia de que usted tenga contador individual, si el resto de comuneros están pagando el agua comunitaria, usted también tendrá que abonar la parte que le corresponda de ese consumo general de agua.
Le recomendamos que se informe de a quién pertenece ese contador general y si hay constituida algún tipo de comunidad con el resto de parcelas.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola buenas tarde tengo una pregunta, dramatico.
Antes de firmar contrato dueño me dicho te hago alta de agua. Luz gas
tengo traspaso restaurant bar, tiene tubo de agua, no tiene contador esta vacio para restaurant,
dueño me dicho antes este local alquilado ellos hecho mal por eso augas de barcelona llavado su contador,
hora tengo nuevo contrato de local hasta 10 anios traspaso de restaurant (me dan nuevo contador de agua o. No? sin agua no puedo abrir local (estoy pagando alquiler) tengo q pagar molta o pagar algo poner nuevo contador?
Hola Magar, gracias por escribirnos.
En principio si no hay contador, tendrá que pedir la instalación de un nuevo contador para su nuevo negocio.
Cada ciudad tiene una forma de proceder en relación al suministro de agua, por lo que nuestro consejo es que pregunte en la entidad que suministra el agua en Barcelona.
Ellos le informaran de todos los pasos a seguir y en su caso, si tuviera que abonar alguna sanción o factura relacionada con ese local.
Nosotros siempre aconsejamos que cuando uno adquiere o alquila o coge un traspaso contrate a un profesional que le pueda orientar en el estado de ese inmueble y si tiene alguna carga u otro tipo de problemas.
Resumiendo, hable con la entidad suministradora de agua de su ciudad para que le indiquen los pasos a seguir para tener agua en su local.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días, le escribo para que me aclarase una duda. Vivo en Torremolinos, poseo un edificio que he hecho una división horizontal quedando una vivienda y un apartamento. El contador de agua antiguo se va a quedar para la vivienda y tengo que contratar un nuevo alta para el contador del agua del apartamento. La empresa de aguas me quiere cobrar 2.017 euros de derechos de acometida + 145 de contador, aparte de la obra que he tenido que hacer para instalar la batería de dos contadores. Si los derechos de acometida ya los pague en su día antes de dividir el edificio, tengo que pagar también este o solamente el alta del contador? Gracias de antemano.
Hola Juan, gracias por escribirnos.
Si usted le ha expuesto esto mismo a Agua de Torremolinos, la empresa de suministro del agua de su localidad y a pesar de ello le indican que tiene que abonar esos derechos, no le quedará más remedio que abonarlos.
Es bastante raro que le quieran cobrar por una acometida que ya existe.
Intente solicitar solamente el alta del contador. Ya que solo se lo pueden dar de alta si está previamente hecha la acometida.
La otra opción que le queda es dejar el contador general.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Muchas gracias por su respuesta. No me queda más remedio que pagar. Luego haré una reclamación por si sirve de algo. Un saludo!
BUENOS DIAS
TENEMOS UNA VIVIENDA QUE HEMOS HEREDADO Y SE SUMINISTRABA OTRAS DOS DEL MISMO CONTADOR DE AGUA.
YA SE HA ECHO DIVISION HORIZONTAL Y QUEREMOS TENER NUESTRO PROPIO CONTADOR.
¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO?
ENTRO EN EL AREA DE CLIENTES DEL ANTIGUO CONTADOR Y HAY DOS OPCIONES:
1.- NUEVA ACOMETIDA
2.- ALTA SUMINISTRO
¿CUAL DEBO ELEGIR?
SALUDOS
Hola Juan Manuel, gracias por escribirnos.
Una acometida comprende el conjunto de tuberías y otros elementos que unen las conducciones con la instalación interior del inmueble.
Si ya había una acometida, lo que tiene que hacer es dar de alta un nuevo suministro.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes: enhorabuena por la web y por la dedicación y esfuerzo qué dedican a ella. Soy el administrador a título particular de una pequeña comunidad de propietarios (siete en total). Estoy buscando información acerca de si es más rentable económicamente seguir con el contador colectivo que tenemos a día de hoy o cambiar a individuales para cada propietario. Evidentemente si le pregunto a la empresa suministradora, la respuesta es: individual, pero yo no lo tengo tan claro y creo que repito, ateniéndonos únicamente al criterio de coste que paga el usuario en la factura por el agua, sigue siendo más económico un contador colectivo que siete individuales. Me gustaría conocer su opinión o si tiene conocimiento de algún estudio que de luz sobre la cuestión que planteo. Muchas gracias.
Hola Alfonso, gracias por escribirnos y por sus palabras.
Como con la mayoría de las cosas, no se puede afirmar categóricamente la mejor opción.
Para tener un criterio lo más objetivo posible, le aconsejamos que haga lo siguiente:
1. Calcule el consumo medio por vivienda, dividiendo el consumo total entre siete.
2. Anote los costes fijos del contador (coste por enganche y consumo mínimo).
3. Anote lo que paga por impuestos.
4. Sume el importe medio de consumo individual y el resto de costes fijos e impuestos.
5. Multiplique ese resultado por siete.
6. Compare lo que están pagando ahora con la suma de los siete.
Así podrá tener una estimación de la opción mas beneficiosa.
Tenga en cuenta que cuando hay un contador general, hay algunos propietarios que saldrán beneficiados y otros perjudicados porque no todos consumen la misma cantidad.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola buenas tardes, vivo en una comunidad que tenemos calefacción central y agua, queremos poner contadores individuales que por ley creo que son obligatorios, en este año. Muchos vecinos no quieren ponerlos, habría alguna forma de hacerlo? Porque se malgasta muchísima agua y calefacción. Muchísimas gracias! Un saludo.
Hola Rosa María, gracias por escribirnos.
Si hay una ley que obliga a instalarlos los vecinos no deberían negarse. Lo que sucede es que a las comunidades no se les sanciona por incumplir la ley. La ley solo actúa en caso de que alguien denuncie esa situación o en caso de que suceda algo.
Que tenga un contador general o uno individual no va a hacer que se malgaste mas o menos agua y calefacción, lo único que consigue es que cada uno pague lo que consume.
Por otro lado, al tener un único contador solo pagan una única tasa que se reparte entre todos. Si tuvieran contadores individuales, cada dueño de cada contador debería abonar el consumo y la tasa correspondiente a su contador.
Le aconsejamos que en las juntas de propietarios indique que conste en acta que usted quiere cumplir la ley y poner los contadores individuales.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Muy buenas:
Tengo una duda a ver si me pudieran ayudar.
Tengo varios locales dentro de una comunidad e instale mi contador individual de agua para mi servicio de agua.
La comunidad me reclama de los contadores generales que tienen ellos (los vecinos no tienen contador individual), que pague la repercusión del coste fijo, el cual es repercutido a todos y cada uno de los inmuebles que conforman la Comunidad de Propietarios, y que además como viene establecido se reparte por partes iguales entre todos.
Esto es así? al pagar yo mi contador y mi consumo de mis locales debo pagar los costes fijos del de la comunidad de propietarios? o no tengo porqué?
Muchas gracias de antemano
Hola Mario, gracias por escribirnos.
No es fácil su respuesta porque puede tener varias interpretaciones, pero vamos a intentar darle solución.
Usted estaría obligado a contribuir con la parte proporcional del contador de agua comunitario. En su caso no existe contador comunitario y por lo tanto debería abonar la parte proporcional del contador general.
Ahora bien, al tener usted un contador, es obvio que el agua que está consumiendo la está pagando y que con la factura del contador general de la comunidad se está pagando el agua que consumen todos los vecinos.
Por lo tanto, lo que debe hacer es decirle a la comunidad que usted solo tiene obligación de abonar la parte proporcional de la factura del agua que se consuma en las zonas comunes. Como la comunidad no tiene un contador que mida ese consumo, usted no está obligado a abonar una cantidad que la comunidad no puede verificar cuál es. Es decir, no le pueden exigir pagar algo que no pueden demostrar su existencia.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Gracias por la respuesta, pero esto es lo que ellos justifican y nos reclaman
Buenas tardes,
En contestación a su correo le comento:
Una cuestión es el consumo de agua que cada uno realice individualmente y repercutible en función del consumo de cada local.
Y, otra diferente es la repercusión del coste fijo, el cual es repercutido a todos y cada uno de los inmuebles que conforman la Comunidad de Propietarios, y que además como viene establecido se reparte por partes iguales entre todos.
Por tanto, si usted es propietario de tres locales a cada uno de ellos se le debe repercutir dicho gasto (coste fijo * número de entradas de conducción en un inmueble) pues ese coste fijo es el que cobra el Canal de Isabel II y el que se repercute a cada inmueble, dado que, el número de entradas por conducción de agua sigue siendo el mismo, y el Canal de Isabel II cobra desde siempre ese mismo coste.
A ver si pudieran ayudarme! Gracias
Hola de nuevo Mario, si le pueden cobrar ese coste fijo si ese coste recae sobre sus locales.
Ahora bien, si el Canal de Isabel II repercute ese coste en función del nº de entradas por conducción, entendemos que es sobre el nº de inmuebles y que por ese motivo a usted le están repercutiendo tres entradas, una por cada local.
Lo que puede hacer es averiguar si el Canal de Isabel II puede reducir ese nº de entradas y de esta manera la comunidad dejaría de repercutirle ese coste fijo.
Creemos que es la única opción viable.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
PERFECTO. MUCHAS GRACIAS
Puede el anterior dueño de mi casa mandar quitar mis contadores después de firmar mi escritura,siendo la casa ya mía y sin avisos por parte de ningúna de las empresas pertinentes,eso es legal ,es denunciable??
Hola Isabel, gracias por escribirnos.
El contador pertenece a la persona que aparezca como titular de ese contador, por lo que si puede anularlo.
Lo normal cuando alguien compra una vivienda es que el titular del contador haga el cambio de titularidad para que la empresa suministradora de energía emita los recibos al nuevo propietario.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto
Puede una comunidad de vecinos colocar contadores de agua individuales a todos los vecinos excepto los morosos?
Hola Juan, gracias por escribirnos.
No puede. Los propietarios morosos no pierden sus derechos por el hecho de serlo.
Un saludo y hasta pronto.
Queremos poner contadores individuales porque un vecino no paga…una vez hecho..aunque el recibo siga estando a mi nombre …el canal de Isabel 2 de Madrid puede cortar solo el agua del vecino que no paga?
Hola, gracias por escribirnos.
Al poner contadores individuales, se asocia cada contador con una factura de suministro. Los contadores tienen que estar a nombre de un titular (particular o empresa). En caso de impago de una factura cortarán el suministro de ese contador que no abona la factura, por lo tanto cortarán el agua del vecino que no paga.
De todas las formas, le aconsejamos que pregunte directamente en el Canal de Isabel II. Expóngales su caso y ellos que son los que gestionan el suministro de agua le dirán como proceden en esas situaciones.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, tengo una casa alquilada en el campo y tengo un contador de agua y luz compartido con una parcela del arrendador, me puedo negar a pagar las facturas si no los individualiza
Hola Rafael, gracias por escribirnos.
Como poder, puede, lo único que puede suceder es que este señor le reclame esas facturas previa denuncia y al final tenga que abonarlas.
Su situación no se rige por la LPH (Ley de Propiedad Horizontal), por lo que tendrá que ver el tipo de contrato que tiene firmado con el arrendador.
Lo normal es que si usted está solicitando instalar un contador individual, le permita hacerlo y en el supuesto de que no fuese así, plantee la posibilidad de instalar un contador individual no homologado para que mida su consumo y le facture en función de los metros cúbicos consumidos.
Otra opción es que hable con la empresa suministradora de agua para ver si es viable que usted instale un contador y le facturen a usted su agua.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola.
Para cambiar un gasto que siempre ha sido individiizado como es la reparacion-sustitucion de contador-valvula de Acs y/o calefacion si se quiere ahora asumir ese coste por la comunidad se requiere unanimidad?
Gracias
Hola Belén, gracias por escribirnos.
Si, cualquier cambio de titularidad de un elemento comunitario, necesita ser aprobado por unanimidad.
Un saludo.
Leyendo su respuesta me viene la duda de que usted habla de elemento comunitario y de titularidad. Aclaro una cosa, cada casa tiene su contador individual-valvula fuera de su casa en cuarto comunitario y eso siempre desde la constitucion de la comunidad se ha pagado por cada propietario cuando se ha estropeado. Ahora se quiere cambiar esta forma y que cuando se rompa ese contador individual lo pague la comunidad.
¿Requiere unanimidad?
Hola Belén. Que esté en un cuarto comunitario no significa que sean elementos comunitarios. Efectivamente, la titularidad de los contadores es de cada propietario y la comunidad no tiene autorización para tocar esos contadores.
Lo mismo sucede con los contadores de energía eléctrica o con el sistema de telecomunicaciones. Todos estos suministros están en cuartos o registros comunitarios, pero cada contador o cada elemento es privado. La comunidad tiene la obligación de mantener esos cuartos y esos registros, pero no los contadores que son propiedad de cada individuo.
Nos comenta que ahora se quiere cambiar y que sea la comunidad la que acometa las reparaciones de esos contadores cuando se rompan. Los propietarios pueden votar a favor de esa medida, pero ese acuerdo tiene que ser adoptado por unanimidad de todos los asistentes a la junta donde se quiere decidir ese aspecto.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Muchas gracias por su respuesta.
En base a que articulo de la LPH puedo defender esto? Cambio de cuotas de participacion? Estatutos?
Si se basan en que a la comunidad le interesa pagar el contador para cambiarlo ya que no cuenta bien necesitan aun asi unanimidad?
Saludos.
Hola de nuevo Belén.
En el artículo 5, párrafo segundo, se mencionan las cuotas de participación como elemento que debe aparecer en el título constitutivo de la propiedad.
Posteriormente en el artículo 17, apartado 6, indica que para cambiar estas cuotas se necesita la aprobación por unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación.
En este artículo 17 de la LPH, vienen especificadas las mayorías necesarias para los cambios de elementos comunes. Le aconsejamos que se lo lea y si tiene alguna duda, nos lo dice.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
He heredado una parte de una parcela familiar y está tiene varios inquilinos dentro de la misma finca. Tiene la finca un único contador de agua de donde se da suministro a todos los inquilinos. Casualmente el contador está en mi trozo y puse el contrato a mi nombre al fallecer mi Padre, aunque no vivo ahí ni hago gasto de agua pago el recibo del consumo que hacen todos los demás y como tienen contadores individuales después del general pero estos son privados de cada uno , Yo con las lecturas que me dan hago los cálculos y les cobro sus correspondientes consumos. Les he propuesto que pidan contadores individuales cada uno pero la compañía de agua nos dice que como el acceso a la finca es por un camino privado no se puede hacer , el trozo de la finca que da a la vía pública es el mío y el resto es por el camino privado y lo que no quiero es tener en la fachada un armario gigante para ubicar los contadores de todos.
Existe alguna posibilidad que ellos tuviesen sus contadores a través del camino privado.
Hola Mayte, gracias por contactar con nosotros.
Lamentablemente la instalación de los contadores individuales está sometida a los requisitos establecidos por la empresa suministradora de agua y si le ha dicho que no pueden instalar los contadores en un camino privado, no podrá hacer nada al respecto.
Un saludo.
Buenas tardes,ante todo muchas gracias por sus aclaraciones que son de mucha ayuda,Hace poco me he mudado a un piso y en estos días me voy de vacaciones por lo que me gusta serrar el agua de la vivienda por seguridad,pero no encuentro la llave general de agua dentro de mi vivienda ,en el sótano del edificio están los contadores de agua de cada piso en un cuartito ,desde ahí podría cerrar el agua de mi vivienda?
Hola Ada, gracias por escribirnos.
Debe tener una llave de paso en su vivienda, normalmente están en los lavaderos, cocinas o cuartos de baño. Pregunte a algún vecino que ellos sabrán dónde están.
De todas las formas y como dice, también puede cerrar la llave general de su vivienda que está en el cuarto de los contadores de agua.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días,
Mi consulta va un poco al revés que la mayoría.
En mi comunidad de vecinos se pusieron contadores individuales a todos hace 7 años aproximadamente, pero después de un tiempo viendo las facturas estoy viendo que nos salía mejor todo antes.
Hay alguna forma de dejar de usar los contadores individuales y volver a usar el contador general, que sigue existiendo, ya que tenemos calefacción central, y de ahí dividir los gastos por % de participación o entre todos a partes iguales.
He comprobado que cada 2 meses pago: 20€ + lo consumido, y por mucho que gaste mi vecino de al lado más que yo, no voy a llegar a eso pagando entre todos.
He llamado al canal de Isabel II y me dicen que sin problema, a ellos no les afecta, sólo es el contrato que tengamos con Ullastres, ver cómo romperlo. Pero de cara a administración hay que estar todos de acuerdo?
Hola Luis, gracias por escribirnos.
Casi siempre es más rentable tener un contador comunitario porque la mayor parte de lo que se abona en cada contrato son impuestos, pero nosotros siempre opinamos que cada persona debe pagar lo que consume.
Si el Canal Isabel II le ha dicho que no tiene inconveniente en facturar por un único contador, lo que tiene que hacer es convocar una reunión en la comunidad de propietarios para que se apruebe el cambio de contadores individuales a uno general, pero no pueden obligar a nadie a quitar su contador individual.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes , nosotros tenemos todos contadores individuales pero el canal sólo lee el general de la comunidad de vecinos y nosotros lo dividimos luego , y hay una vecina con piscina en un patio privativo y paga el agua como si fuera de consumo , podemos hacer algo para que el canal lea y pase el consumo a cada uno individualmente y que el agua de la piscina no la pague como si fuera de consumo. Gracias
Hola Amparo, gracias por escribirnos.
Si el Canal solo lee y factura el contador general es porque los contadores individuales que tienen no pertenecen al Canal. Son contadores que habrán instalado para ver el consumo individual de cada uno de ustedes pero que no estarán dados de alta en el Canal.
La única manera para que hagan una lectura adecuada de los consumos es instalando los contadores individuales del Canal.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola buenos días
Soy propietario de un piso en Madrid, el cual tengo alquilado. Hace poco me enteré de que no tenía contador de agua individualizado (el agua la pasa la Comunidad de vecinos). La Comunidad me ha estado pasando consumo de agua durante estos dos años (no el mínimo), imagino que restando del consumo total el consumo de quien tiene contador, y dividiendo lo restante entre quienes no.
Mi pregunta es si tengo obligación de instalar contador individual, y si me pueden poner alguna sanción (la Comunidad o el Canal) por no haberlo tenido hasta ahora.
Muchas gracias, un saludo
Hola, gracias por escribirnos.
Para saber si tiene obligación de instalar un contador de agua, tiene que dirigirse a la normativa vigente en Madrid. Se lo podrán decir en las oficina del Canal de Isabel II, que es el organismo que lleva la gestión del suministro en su ciudad. Hemos mirado en la web y no especifica nada al respecto, pero debe consultarlo y confirmarlo con ellos.
Si fuese obligatorio, le pueden sancionar por no tenerlo instalado, aunque es poco probable que le sancionen con algún recargo por no tenerlo puesto hasta ahora.
Resumiendo, pregunte sobre la obligación de instalarlo existiendo en la comunidad un contador general que actualmente le da a usted ese suministro.
También puede preguntar a su administrador, él tiene que saberlo.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Contadores de agua individuales si se estropea la válvula ¿quien debe pagarla
Hola Antonio, gracias por escribirnos.
Si es un contador individual, es propiedad de cada vecino y por lo tanto lo debe abonar cada vecino.
Esperamos haberle ayudado, un saludo y hasta pronto.
En este caso si la comunidad decide asumir el gasto de cambio de contador-valvula individual ¿deberia darse unaninidad para este cambio?
Hola de nuevo Belén, si, necesitan unanimidad. Todo cambio de elementos comunes necesitan ser aprobados por unanimidad. Lo que puede hacerse es condicionar ese voto. Es decir, puede haber alguien que no desee el cambio pero que vote a favor del cambio siempre y cuando esta persona no se vea afectada por el cambio.
Por ejemplo, en algunas comunidades se ha aprobado instalar elementos comunes (piscina, pista de padel…) que necesitaban ser aprobados por unanimidad. En esas comunidades había vecinos que no iban a usar en la vida esas instalaciones y que por lo tanto no querían participar del coste de la instalación ni de su mantenimiento, pero que sin embrago no se negaban a que se instalaran esos nuevos elementos. Lo que hacían es que no votaban en contra con la condición de que no se les pudiera imputar coste alguno.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola a todo necesito un poco de ayuda, os comento, vivo en comunidad de seis viviendas(3y3)mi cada es la tercera y acabo de comprar un local pequeno en la planta baja, puedo dar agua a ese local de mi contador? Gracias
Hola David, gracias por escribirnos.
Si puede realizar una instalación desde el contador de la vivienda al local, si podría.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Pero eso supondría que tendríamos que hacer obra ? Para darlos de alta en el canal ?
Hola, depende de como sea la acometida y la instalación.
Pida información en el Canal. Ellos tienen que indicarle los requisitos.
Cada edificio y vivienda son distintos.
Un saludo
En nuestra cominidad tenemos un sólo contador de agua que nos aporta suministro a el circuito de calefacción y al servicio de agua caliente sanitaria comunitaria, el contador según el recibo consta como un contador»individual normal» con un tipo de tarífa «domestico», actividad principal «domestica» y usuarios «1», cuando en realidad somos veintisiete vecinos los que nos beneficiamos de este servicio.
Una vez expuesto esto, mi pregunta es «¿no exite otro tipo de definición de contador que refleje el número de usuarios para que no nos penalice tanto el consumo de tramos como hasta ahora?. Porque hasta ahora nos cobran como si fuese un consumo unifamiliar, con todos los gastos que la tarifa por módulos nos penaliza por exceso de consumo.
Un saludo. Ricardo.
Hola Ricardo, gracias por contactar con nosotros.
El suministro de agua corresponde a diferentes empresas según la zona geográfica en la que se encuentre y cada una de estas entidades establece sus propias tarifas. Por lo tanto, le recomendamos que hable con la empresa que está facturando el agua y pregunten por los tipos de contratos que más se ajusten a sus necesidades. Seguro que hay alguna tarifa que les beneficia más que otra.
Un saludo.
Hola, soy Marisol y vivo en un municipio rural de Extremadura. Tengo una propiedad la cual no es habitable por su antigua construcción, ya que era para resguardar, enseres de labranza o algún animal, a las afueras del municipio. No tiene ni luz ni agua y menos desagüe. En la calle al lado de mi propiedad hay una manguera, que dejaron al arreglar la calle, para que cuando decida meter el agua en mi propiedad. Ahora recibido una carta certificada ordenando que ponga un contador en el plazo de un mes, de no hacerlo me sancionarian hasta 3000€ de multa.
Mi pregunta, si no tengo agua en mi propiedad ni instalaciones alguna, como voy a poner un contador si el suministro está afuera de mi propiedad y podria ser utilizada por cualquier persona sin mi autorización, ya que está en vía pública?
Hola Marisol, gracias por escribirnos.
Es curioso su caso y aunque no está relacionado con las comunidades de vecinos que regula la LPH (ley de Propiedad Horizontal), vamos a decirle lo que nosotros haríamos.
Averiguar si es obligatorio que usted ponga ese contador de agua y en que condiciones debe hacerlo. A lo mejor la instalación está en su propiedad y puede instalarlo con suficientes garantías para que nadie lo use sin su autorización. Instalar el contador será más económico que pagar esa multa. También puede instalar un contador y posteriormente darlo de baja para que nadie pueda hacer un uso indebido del mismo.
Vaya al Ayuntamiento e infórmese de todo. Seguramente la derivarán a la empresa que suministra el agua. Si es así, hable con ellos. Si después de todo esto no le queda claro lo que le dicen, nos vuelve a escribir por si podemos hacer algo desde aquí.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Tengo un departamento en Calle Macomer, Sector 5, Oliva Playa. Mi factura de agua se paga automáticamente desde mi cuenta bancaria, pero no recibo una factura.
Me gustaría seguir pagando el importe facturado de mi banco, pero me gustaría que me envíen una factura a mi cuenta de correo electrónico cada vez.
¿Me puede aconsejar sobre cómo lograr esto?
Hola Aidan, gracias por escribirnos.
Es muy fácil, contacte con la entidad suministradora de agua de su localidad y con sus datos personales y nº de contador, solicite que le mande las facturas a un correo electrónico.
Saludos.
Buenas, mi nombre es Jéssica, le comento mi caso:
Después de comprar mi vivienda descubrí que el contador de agua, el cual está a mi nombre, suministra a un local que hay debajo, es decir, me viene en mi factura el gasto de agua del local. El caso es que el contador es mío pero la arqueta es del local, está dentro de este. Para tener cada uno su contador independiente Emasesa me ha derivado a un Plan 5, ¿ Puedo reclamar al vendedor , ya que me ocultó la situación, los gastos que esto me ocasione? Gracias .
Hola Jéssica y gracias por escribirnos.
Como poder reclamar, claro que puede, otra cosa distinta es que su reclamación llegue a buen puerto, entre otros motivos porque tendría que probar que hubo mala fe por parte del vendedor.
Lo único que puede hacer para reducir el coste de esa adaptación es compartir los gastos con el dueño del local.
Un saludo y hasta pronto.
Me he mudado recientemente a una comunidad con muchos años. Me encuentro con un contrato individual de EMASESA, pero sin contador individual. No doy crédito. Entiendo que tengo derecho a que me instalen un contador individual, sufragando yo los gastos necesarios. Sin embargo en EMASESA lo ven de otra forma: Hay que quitar el contador general y sustituirlo por una batería de contadores. Lógicamente con el acuerdo de 3/5 de la comunidad. Afirman que en ningún caso se pueden mantener los dos sistemas de abastecimiento. ¿Cómo pueden obligarme a tener un contrato individual sin contador? No me parece muy legal. ¿No?
Hola Antonio, gracias por escribirnos.
Cuando se refiere a que tiene un contrato individual, entendemos que la comunidad es la que tiene el contrato con EMASESA, porque la comunidad es la que tiene un contador (totalizador) instalado y por el que según su lectura, se está facturando.
Puede ser que usted tenga un contrato individual con esta entidad, aunque no sabemos a que contador está vinculado. Los contratos de las entidades suministradoras de agua tienen que estar vinculados a un contador por el cual se emiten las facturas. Nadie le puede obligar un contrato si no hay un suministro o contraprestación vinculada con el servicio. Además los contratos los firman al menos dos partes y siempre se pueden cancelar.
Otro tema es lo que le indican desde EMASESA en relación a la instalación de contadores individuales. Usted, al igual que el resto de los vecinos tienen derecho a instalar una batería de contadores, pero para realizar esa instalación deben aprobarlo en una junta general de propietarios y asumir el coste de la instalación (obra y contador).
Si que le ponemos decir que dependiendo del consumo que estén abonando ahora mismo y con independencia del número de personas que estén consumiendo agua en cada inmueble, no siempre es beneficioso tener un contador individual. Cada contador paga unos impuestos que según la comunidad autónoma y el municipio, son un porcentaje importante en el importe total de la factura. No es lo mismo que esa cantidad se distribuya entre un nº determinado de vecinos a que se haga por un solo individuo.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola vivimos en Torremolinos con un gran problema de comunidad debido a que el agua va por caída. En la costa de sol se a hecho barbaridades como viviendas se convertieron en locales de restaurantes,peluquería,pescadería que son de mucho consumo el problema está que dicho locales pagan como si fuera vivienda .yo y los demás vecinos tenemos que pagale su agua
Hola María, gracias por escribirnos.
Lo suyo puede tener solución. Si ha habido lo que se conoce con el nombre de un cambio de uso, de vivienda a local, también puede haber un cambio en las condiciones en las que ese inmueble participa en el sostenimiento y mantenimiento de la comunidad.
Por otro lado, lo que tienen que hacer es instalar contadores individuales de agua en cada vivienda y en cada local. De esa manera cada persona pagará el consumo que haga y nadie abonará lo que gasten los demás. Para hacer ese cambio deben hacer dos cosas. La primera hablar con la entidad Aguas de Torremolinos. Ellos les informarán de los pasos a seguir. La segunda, aprobar toda la instalación en una junta de propietarios.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
En mi comunidad tenemos instalados todos los vecinos contador individual, también un contador para el cuarto de limpieza y el contador general colectivo.
La empresa de aguas si no hacemos la lectura del contador individual nos carga 30 M3 pero al no leerlos, los carga también en el contador general, el problema viene cuando se hace la lectura de ambos no devuelven la parte de compensacion y alegan que no hay una ordenanza reguladora que obligue a abonar el dinero.
Con lo cual los estamos pagando dos veces.
Hola Izaskun, gracias por escribirnos.
Las empresas de suministro de agua son corporaciones locales y cada una se rige por una normativa concreta.
En su municipio no habrá una ordenanza que obligue al abono de la diferencia entre la lectura estimada y la real, pero si hay una ley general que dice que nadie puede cobrar por un servicio no recibido o indebidamente facturado.
Si no existe esa ordenanza le tendrán que decir como le van a compensar el cobro indebido, pero la respuesta de esta empresa no puede ser, yo me quedo con su dinero porque me da la gana y eso es lo que hay.
No entendemos porque la empresa de agua no lee los contadores porque son las empresas las que están obligadas a realizar la lectura correspondiente para proceder a cobrar el consumo realizado.
Nuestro consejo es que hable con ellos y que le indiquen cuales son sus procedimientos para que no tenga que estar pagando algo que no le corresponde.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Yo tengo un problema con un piso en Carbajosa de la Sagrada(Salamanca). Nos han estado cobrando el agua de forma comunitaria en el recibo de la comunidad. Yo soy de los que más pago pero no vivo allí. Nos ofrecieron poner contadores individuales pero hace un año de esto y ni he recibido respuesta por parte de el Gestor, ni me han modificado la cuota de la comunidad ni he recibido ninguna factura de agua. ¿Qué puedo hacer al respecto?
Hola Raquel, gracias por escribirnos.
Esperemos que esté todo bien por su tierra.
Por lo que nos indica, su comunidad tiene un único contador de agua para dar suministro a todas las viviendas y cada vivienda paga en función del coeficiente de participación que tenga. En estos casos puede ocurrir que personas como usted que no viven allí, estén pagando el agua que consumen el resto de vecinos que si viven allí. Por desgracia, legalmente tiene que seguir pagando el agua de los demás y la única opción para dejar de pagar ese agua es que la comunidad instale contadores individuales. Para ello, primero debe aprobarse en una junta de propietarios (reunión de vecinos). Esta instalación tiene un coste económico y no siempre los vecinos quieren asumir ese coste, mucho menos cuando se están beneficiando de la financiación de personas como usted.
¿Qué puede hacer? si hace un año se aprobó puede reclamarlo. Si no se aprobó insista en ello e intente convencer a los vecinos de que cada persona debe pagar sus consumos, al igual que cada uno paga su luz o su teléfono.
Mire también si en su Ayuntamiento o Comunidad Autónoma, hay alguna ordenanza o ley que obligue a las comunidades a tener los contadores de manera individual. En muchos sitios ya es obligatorio y en caso de no tenerlos así, pueden recaer sanciones y multas para la comunidad.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Mariano
Vivo en una finca de 16 vecinos y 5 garajes individuales con salida directa al exterior. La toma de agua de los garajes procede directamente de un contador del Canal de Isabel II, como la casa es muy antigua la corrosión está produciendo fugas. Mi pregunta es si estamos obligados todos los vecinos a sugragar los gastos de la sustitución de la avería, o son los propietarios de los garajes quien deben afrontarla.
Un saludo
Hola Mariano, gracias por escribirnos.
Para responder a su pregunta deberíamos saber si tienen estatutos y si es así, si hacen referencia al mantenimiento de estos elementos.
Los contadores de cada garaje son individuales, por lo que la comunidad no tiene qué hacer frente al mantenimiento y conservación de los mismos. No son elementos comunitarios.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Cuando compré mi piso hace ya más de 30 años ya estaba instalado en el interior de dicha vivienda un contador individual, propiedad de la Comunidad de vecinos, de tipo convencional de lectura directa. El resto de viviendas que comprenden dicha Comunidad también tienen instalados el mismo tipo de contador, propiedad de la Comunidad.
Mi pregunta es, ¿Tengo derecho a que se me retire del interior de mi vivienda por parte de la Comunidad dicho tipo de contador y que la Junta de propietarios adopte el acuerdo viable para acreditar mi consumo de agua en mi vivienda una vez haya sido retirado dicho tipo de contador ?
¿Me ampara para solicitar dicha retirada el contenido del Art.3a) y del Art. 9.1e) de la Ley de Propiedad Horizontal?
Hola Francisco, gracias por escribirnos.
Los contadores de agua los instala la entidad suministradora de agua en los edificios e inmuebles para poder facturar el consumo correspondiente a cada persona, pero no son propiedad de la comunidad. La comunidad está obligada a ceder un espacio comunitario para que sean instalados y está obligada a facilitar y conservar la canalización del suministro de agua.
Entendemos que lo que quiere es un cambio de ubicación del contador. Si es así, lo que tiene que hacer es solicitárselo a la entidad suministradora para que le confirme la viabilidad del cambio y una vez tenga ese certificado, deberá solicitar permiso a la comunidad para que le permita instalar el contador donde usted lo ha solicitado.
En ningún caso la comunidad está obligada a sufragar ese cambio de ubicación.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
En mí comunidad existe un contador de agua para todos (84 pisos + locales) y se paga por partes iguales.
Compre un trastero que tiene una pileta con servicio de agua y la instalación no és de origen pués esta a 15 cm. de un enchufe, le dije al presidente de anular dicha instalación con los gastos a mí cargo y así dejar de tener agua porque no la necesito ni la uso, y me dijo que aunque lo anule debo de seguir pagando el agua.
No existe Acta alguna de que se diese permiso por parte de la comunidad para hacer esa instalación en su día.
Por tanto hay alguna ley que me prohiba si no quiero agua y anular la instalación de seguir pagandola.
Hola José y gracias por escribirnos.
La respuesta es bien sencilla, si su trastero no tenía toma de agua y se instaló posteriormente sin haberse aprobado en junta de propietarios (debería haberse aprobado y aparecer en un acta) usted está en su derecho de anular esa instalación y por lo tanto, si no existía acometida de agua en un inicio, no pueden obligarle a pagar agua, puesto que un principio en el trastero no había agua.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes.
Me he comprado una casa en la cual hay una cochera que no me pertenece, es de otros propietarios donde tienen un taller de costura.
El problema viene cuando después de haberla comprado me entero que esa cochera/taller de costura, se alimenta con mi contador de agua, el acuerdo que tenían con el antiguo propietario de la casa es que ellos se hacían cargo de 1/3 parte de los gastos de dicha factura de agua.
Yo no quiero hacer eso y mi pregunta es ¿ el contador pertenecería a mi vivienda aunque esté más cerca de la puerta de la cochera/taller de costura que de mi puerta de la casa?¿ si decido que no quiero suministrarle agua ellos tendrían que poner un contador para su suministro aunque la arqueta de la vivienda esté en la cochera?
Espero haberme explicado bien.
Un saludo y gracias de antemano.
Hola Adrian, gracias por escribirnos.
Si el contador de agua es suyo, de su vivienda, usted puede hacer con el lo que considere oportuno. Lo único que tiene que ver antes es si el anterior propietario tenía un contrato con los dueños de la cochera y si ese contrato le vincula a usted como nuevo dueño de la vivienda.
El que su contador esté instalado en un lugar o en otro no es ningún problema, estará ubicado donde la empresa instaladora y suministradora de agua haya considerado que debiera estar, pero a usted eso no le tiene que afectar.
Si usted decide no suministrarles agua, ellos tendrán que solicitar a la empresa instaladora un nuevo contador.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Vivo en Marbella en un edificio del año 1974 y tiene un solo contador de agua para las 74 viviendas. Nos puede obligar el ayuntamiento o la Comunidad Autónoma a individualizar los contadores?
Muchas gracias
Hola Domingo, gracias por realizar su consulta.
Si pueden obligar a individualizar los contadores de agua y es una medida que están adoptando todos los ayuntamientos. Tenga en cuenta que es una manera de recaudar mas impuestos. Si hay un único contador tanto el Ayuntamiento como la Junta de Andalucía solo pueden cobrar un impuestos o una tasa. Si son 74 viviendas, la recaudación se multiplica por 74.
Lo peor no es que cobren a cada vecino el agua, sino que toda la instalación para adecuar los contadores a cada vivienda tendrán que pagarla ustedes y ya le anticipamos que no es una obra pequeña ni económica.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola. Mi consulta es la siguiente. He vivido durante 4 años en un piso de alquiler. En mi contrato pone que tenía que hacerme cargo de todos los gastos. Desde el día uno que entre en el piso le pedi las facturas y no me las daba. De la luz y el gas, conseguí ser el titular de los suministros. Del agua no me decía nada. Hasta que pasado un año me dice que le debo una cantidad aleatoria de agua. Le insisto que quiero ver facturas y me indica que no puede porque los contadores no son individuales. Eso no lo pone en el contrato y me dice que hagamos un cálculo estimado. Me niego porque quiero ver facturas y pagar mi parte proporcional. Indagando y llamando al canal de Isabel II, me indican que el agua lo paga la comunidad. Que no se porque mi casero es el encargado de pagar el agua de toda la comunidad. Pero ninguno de los 4 pisos ( 2 de alquilados por mi casero) pagan agua, comprobado. Puede cobrarme ahora que dejó el piso, las cantidades divididas en 4 partes proporcionales? Dice que me va a mostrar las facturas de estos 4 años y que yo tendré que pagar la 1/4. Posteriormente me he enterado que el no quiso poner contadores individuales. ¿Esto es legal? El agua no es un bien individualizado y por lo tanto tendría q haber estado incluido en la comunidad y en el precio final del alquiler?
Hola Patricia, gracias por contactar con nosotros.
Si estaba en el contrato que firmaron y a no ser que usted demuestre (por escrito) que le ha pedido las facturas y esta persona no se las ha dado, difícilmente podrá eludir abonar esos pagos. Lo que sí puede hacer es llegar a un acuerdo de pago. Esta persona no le puede exigir que abone las cantidades de varios años de una sola vez.
Por otro lado, si no le presenta las facturas no pague nada. Esta persona tiene que demostrar que usted le debe lo que dice que le debe.
Por desgracia, lo que ocurre con el agua, es algo extraño. La ley permite tener un contador general para dar suministro a varias viviendas y dividir la factura total entre los diferentes inmuebles. Decimos que es algo extraño porque con el resto de suministros cada persona paga lo que consume (luz, teléfono…) pero con el agua y en el caso de algunos edificios con contadores generales, puede que usted consuma menos cantidad de agua y esté pagando el agua que gastan otros.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hols, soy el propietario de una planta baja en una finca, y tengo el contador de la luz fuera de la finca que hizo el anterior inquilino y dentro de la finca tengo el contador de agua, mi pregunta es, tengo que pagar comunidad es que el anterior inquilino me dijo que no pagaban por que no tenían por que pagar
Hola Héctor, gracias por contactar con nosotros.
El que tenga los contadores en un lado o en otro no es lo que determina si tiene o no que pagar comunidad. Para saber si tiene que pagar comunidad, tiene que saber si su vivienda forma parte de una comunidad. Si es así, tendrá que abonar las cuotas que le correspondan como el resto de propietarios.
Para saber si la comunidad está constituida y su vivienda forma parte de la misma, debe pedir una nota simple en el registro de la propiedad de su localidad. El precio está entre los 5€ y los 10€.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas a todos.
Vivo en una urbanización en el que subimos agua que tenemos concedida por la Confederación del Tajo.
Todas las parcela tienen contadores individuales y la Comunidad nos pasa el recibo domiciliado independiente del recibo de la Comunidad.
Mis preguntas son:
1. ¿Puede exigir que se me pase factura de lo que me cobra la comunidad para verificar si se me están cobrando los consumos correctos y a los importes correctos?
2. Como poseedor de título de familia numerosa, si no me equivoco, me ampara un descuento en el consumo del agua de un 30% ¿puedo exigirles ese descuento a la Comunidad?
Es que en esta urbanización por lo visto no se rigen por la LPH tal cual, incluso la junta tiene un mandato de 3 años y se elije porque la gente se presenta, no va por turnos…
Muchas gracias.
Hola Alberto, gracias por contactar con nosotros.
Le respondemos a sus preguntas:
1. Si puede exigirlo. Todo propietario tiene el derecho a solicitar las facturas que se originan en su Comunidad.
2. Puede solicitar el descuento a la entidad que promueve el descuento, pero no a la Comunidad. Si la factura está a nombre de la comunidad de propietarios, la comunidad no podrá exigir a la entidad suministradora de agua el descuento por ese concepto y por lo tanto, tampoco se podrá usted beneficiar de ello.
Toda comunidad de propietarios tiene que regirse por la LPH. Lo que si puede hacer cualquier comunidad de propietarios es establecer unos estatutos de funcionamiento interno, pero los acuerdos alcanzados nunca podrán ir en contra de lo establecido por la LPH.
Una comunidad puede acordar que los mandatos de la junta de gobierno sea por un período diferente al año. Ese acuerdo debe ser adoptado por la junta de propietarios.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
buenos dias compre un piso donde hay cuatro viviendas y solo dos contadores de agua quiero solisitar uno independiente para mi pero la vecina se niega tanto que pueda usar su contador como que yo solicite uno y emalsa lo coloque en la fachada diciendo que la fachada le pertenece a ellos que puedo hacer me lo pueden negar siendo yo propietario muchas gracias
Hola Manuel, gracias por hacernos esta consulta. Para confirmar la respuesta sería necesario disponer de más información.
1. ¿Los contadores instalados pertenecen a cada vivienda o alguno de ellos sirve para dar servicio a las 4 viviendas de la comunidad?
1.1. Si son de cada vivienda, lo que tiene que hacer es solicitar a la empresa de suministro de agua, la instalación de un contador individual para usted. Esta entidad mandará a un técnico quien le informará de los requisitos necesarios para instalar su contador. Le dirá por donde debe ir la acometida y donde se instalará el contador.
1.2. Si alguno de los contadores da servicio a las viviendas y a usted no le llega el agua, tendrá que ver el motivo por el cual no le está llegando este suministro.
2. Si ya tiene suministro (comunitario) y lo que quiere es tener su propio contador individual, deberá tener el visto bueno de todos los demás vecinos.
Por otro lado, la fachada de una comunidad de propietarios, pertenece a la comunidad, no al dueño de la vivienda y en el caso de proceder a instalar un suministro necesario como es el agua o la luz, no pueden negarse a que las empresas instaladoras realicen la acometida a las viviendas por esas fachadas.
Resumiendo, de los contadores que hay, infórmese a nombre de quien están y a quien dan suministro. A partir de ahí, podrá tomar una opción u otra.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días,
Si se acuerda por mayoría instalar contadores, puede algún vecino negarse a la instalación del contador en su vivienda?. Es en la ciudad de Madrid.
Gracias
Hola Jesús, la comunidad de propietarios puede aprobar la instalación de la batería de contadores, es decir, la instalación del sistema general de contadores, pero no puede obligar a nadie a que en su vivienda haga las modificaciones necesarias para el óptimo funcionamiento de ese nuevo sistema.
Ahora bien, si puede ocurrir que la comunidad de propietarios apruebe una nueva instalación de contadores y la compañía suministradora obligue a que cada propietario modifique en su vivienda la instalación para que ese nuevo sistema sea viable. En ese caso, la comunidad si puede obligar a que cada vecino actualice en su vivienda la instalación.
También puede darse el caso que un vecino no pueda acometer económicamente esa instalación. En tal caso, la comunidad puede afrontar esa reforma y reclamarle o negociar con el propietario el pago de la nueva acometida.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas. Una consulta.
He comprado una vivienda en un edificio antiguo con la centralización de contadores eléctricos metálica (de las antiguas). El resto de las viviendas poseen contador en funcionamiento, pero la mía no.
Al ir a contratar el suministro de la vivienda, la empresa suministradora me indica que ya no se realizan nuevas altas en ese tipo de centralización y que hay que cambiar toda la centralización común a un modelo que cumpla con la legislación actual.
La cuestión es: Al tratarse de un elemento común ¿debe de asumir el coste del cambio la comunidad?, en el caso que el coste corresponda a la comunidad ¿que debo de hacer si algún vecino se niega?.
Yo entiendo que al tratarse de un elemento común es la comunidad quien debe de hacer frente a su modificación, aunque al único que me afecte esta circunstancia sea a mí (como he indicado el resto si posee contador y suministro). Además si la comunidad se niega, me está impidiendo mi derecho de disfrute de mi vivienda (al no poseer instalación eléctrica no es habitable) en iguales condiciones que las demás viviendas.
Muchas gracias.
Hola Miguel, la comunidad no puede negarse a que usted actualice el contador según viene establecido en la normativa vigente y usted no puede obligar a la comunidad a actualizar el sistema actual porque la ley no exige actualizar estos contadores si no es de manera voluntaria o ante un alta nueva.
Las opciones que tiene para lograr tener su contador de luz son:
1. Acometer usted todo el coste de la actualización de toda la centralización.
2. Convencer a los propietarios de la conveniencia de actualizar la centralización y afrontar el coste entre todos.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, estoy pensando en comprar una vivienda que consta de dos plantas, es un derecho de vuelo sobre un solar ( que funciona como garaje), fue construido en los años 80 y la finca ostenta la division horizontal, pero al parecer el titular del derecho de vuelo además de construirlo el garaje al dueño del solar le cedió luz y agua de la casa por lo que sólo hay un contador de luz y agua que se encuentra en la vivienda, si yo compro la vivienda, ¿tengo que seguir pagándole luz y agua al del garaje de por vida o que? Gracias.
Hola, lo primero que tiene que comprobar es si los contadores están a nombre del dueño de la cada. Si es así, el nuevo dueño asumirá esa titularidad.
Si no da de baja esos contadores o no instala uno para su vivienda y cambia la titularidad del actual, como propietario, tendrá que seguir pagando los gastos de luz y agua asociados a esa vivienda.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes:
La comunidad de propietarios ha aprobado la instalación de una batería de contadores de aguas, basándose en que una ordenanza municipal obliga a instalar contadores individuales en un plazo de varios años. En la junta se ha aprobado que la comunidad corra con el gasto que es elevado. Como nosotros somos una planta del edificio, corremos con una parte importante de los gastos de comunidad. El gasto sería mucho más reducido para nosotros si se repartiera en función de los contadores ya que necesitamos un sólo contador como cualquier otro de los propietarios de pisos, independientemente de la superficie de éstos.
¿Nos pueden obligar a pagar la instalación de la batería de contadores en proporción a nuestra participación en los elementos comunes?
Gracias.
Hola Jose, en un principio la distribución de los gastos, sean de carácter ordinario o extraordinario, se reparten en función de como esté establecida y aprobada esa distribución en la Comunidad. Es decir, por coeficientes de participación o por cuotas lineales (todo el mundo paga la misma cantidad).
En casos puntuales o extraordinarios, la comunidad puede aprobar afrontar esos pagos de una manera diferente a la habitual. Esta forma de pago debe ser aprobada en una junta de propietarios por unanimidad.
Respondiendo a su pregunta y lamentándolo mucho, si le pueden obligar a pagar la instalación de la nueva batería de contadores en proporción al coeficiente de participación que cada vivienda tenga.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes:
Mi ayuntamiento nos piden célula de habitabilidad para individualizar los contadores de agua. Los pisos tiene mas de 50 años. Nuestro abogado nos indica que tenemos que realizar ese trámite de pagar célula y todas las consecuencias que trae. No hay otra salida.
¿sabría usted alguna normativa para poder defendernos..
Gracias
Hola Juan, cada ayuntamiento establece los requisitos para realizar esa instalación y no se puede hacer otra cosa si le piden esa documentación.
Lo sentimos.
Un saludo.
Hola a todos:
En el bloque de pisos somos 3 vecinos y un único contador de agua, a nombre de los 3 vecinos. Los pisos tienen más de 40 años. Los 3 vecinos pagamos recibos de basuras residuos, IBI de forma individual. Los 3 estamos dispuesto a poner 3 contadores y las obras de fontanería. El ayuntamiento nos solicita célula de habitabilidad ¿es esto legal?
Hola a todos,acabo de comprar un local que pertenece a mi comunidad(vamos un local en mí mismo edificio de mi casa)la cuestión es que si tiene toma de luz pero no agua,no tiene la instalación de tubería para el agua que llegue hasta mi local,quiero poner una toma de agua en el local,en la comunidad no hay contadores independientes de agua en el recibo de la comunidad entra el agua,por el local también pago la comunidad.mi pregunta es quién paga la instalación de agua hasta mi local,yo o la comunidad?dentro del local todo lo va a mi cargo pero no sé si la comunidad está obligada a pagar los gastos de obras tanto de luz y agua hasta llegar al local,no sé si me e explicado bien,algunos locales de la misma comunidad tienen agua ya que son bares pero no sé quién a pagado la instalación desde las tomas d la comunidad hasta llegar al local,muchas gracias
Hola Vanessa, toda instalación que tenga que acometer para la puesta en funcionamiento de su local, le corresponde a usted hacerla con la autorización de la comunidad de propietarios.
Ahora bien, debe informarse bien si a los bares o locales ya existentes la comunidad les pagó la instalación. Solo en ese caso, puede usted reclamar el mismo trato de favor que en su día la comunidad de propietarios tuvo con esos locales.
Si es posible, le recomendamos que realice la instalación de agua con un contador individual, cogiendo la acometida directamente de la calle. Hablé con la empresa suministradora para verificar esta posibilidad.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Muchísimas gracias por la contestacion
Muchísimas de nada.
Aquí estamos para lo que necesite.
Que todo le vaya bien.
Saludos.
Hola a todos:
En el bloque de pisos somos 3 vecinos y un único contador de agua, a nombre de los 3 vecinos. Los pisos tienen más de 40 años. Los 3 vecinos pagamos recibos de basuras residuos, IBI de forma individual. Los 3 estamos dispuesto a poner 3 contadores y las obras de fontanería. El ayuntamiento nos solicita célula de habitabilidad ¿es esto legal?
Hola David, desde hace unos años algunos municipios están solicitando una serie de documentación en las viviendas (entre ellas está la cédula de habitabilidad) para realizar nuevas instalaciones en los suministros que están bajo su responsabilidad. Estas actuaciones van dirigidas a normalizar algunas inmuebles que se construyeron años atrás.
Si por cualquier motivo no disponen de esa documentación hablen con una abogado para que les oriente sobre los pasos a seguir para regularizar esa situación y poder proceder a instalar los contadores individuales.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días:
Otra vez darles las gracias por su interés.
Efectivamente, se deben cumplir los acuerdos aprobados y tampoco veo problema en la forma de calcular el pago de facturas, se trata de sumar y restar y hacer una simple regla de tres para el vecino del contador. Los problemas vienen precisamente por eso, porque la unanimidad a la hora de decidir no se ve reflejada a la hora de ejecutar lo acordado. En fin, a ver cómo termina todo esto, lo más seguro es que yo termine dimitiendo, a menos que la toma de decisiones se haga de forma correcta, es decir, respetando el procedimiento necesario para derogar o revocar acuerdos y no como se pretende por parte de los comuneros, o sea «donde dije digo, digo Diego», sin votar nada y según el criterio de unos pocos que quieren dar marcha atrás porque sí.
De nuevo gracias, su opinión es de gran ayuda. Un cordial saludo.
Jaime García
Jaime, usted como presidente debe velar porque se cumplan los acuerdos y el que no esté de acuerdo, que denuncie los hechos en donde corresponda.
Un saludo y de nuevo gracias por su interés.
Buenas noches:
Gracias por su rápida respuesta y espero que comentarla con los vecinos pueda ser de mucha ayuda para aclarar dudas sobre mi punto de vista.
Evidentemente, el lector no pertenece a la empresa suministradora por las razones que ya conocemos,aunque de todas formas, en el mismo acta se propuso comprarlo en el mercado e incluso se habló con una fábrica por si se compraban varios a la vez y se obtenía mejor precio. El instalado está comprado en una conocida empresa de suministros y me imagino que cumple los requisitos oportunos para su puesta en el mercado.Además, consultada en su día, la empresa de aguas dijo que para ellos era indiferente cómo actuase la comunidad para dividir los gastos, puesto que ni les importa ni se pueden meter en eso, que ellos seguirían facturando la lectura del contador oficial y que, desde la salida del caudal de éste para dentro, era cosa nuestra.
Ahora viene el problema del presupuesto, ya que hasta ahora, las mensualidades incluían el consumo de agua junto a los gastos generales y ahora hay que hacerlo de otra forma porque en el acta, en el mismo apartado de los lectores dice:
«Para el pago de las facturas de agua, cada vivienda dotada de lector deducirá del total el importe que marque su aparato. El resto de propietarios se repartirán el resto de la factura general a partes iguales. En el presupuesto anual no aparecerá partida alguna para gastos de agua, sino que el administrador procederá como se ha señalado»
Ya lo intenté en la reunión ordinaria anual y nadie se puso de acuerdo en cómo hacer el presupuesto: Yo me limité a actuar tal y como se recogió en acta, pero se organizó tal galimatías de opiniones que fue imposible aprobar nada.Claro, mientras se propone un nuevo presupuesto, prevalece el anterior aprobado. pero el vecino que tiene el lector dice que su mensualidad no puede seguir siendo igual que antes indefinidamente por culpa de que nadie se pone de acuerdo.De hecho, calculando la lectura, tendría que pagar aproximadamente la mitad de la mensualidad que pagaba cuando no tenía el lector por lo que se siente bastante perjudicado con esta postura por parte de la junta (estamos ya en Junio)
Aclaro que cuando se aprobó instalar lectores yo no tenía ningún cargo en la junta, o sea, el presidente de entonces y el administrador de entonces -que firmaron el acta- ahora salen por los cerros de Úbeda.
Gracias de nuevo y un saludo.Espero no haberme alargado demasiado, pero es que me tienen frito con este asunto.
Felicidades por tener esta página abierta
Hola de nuevo Jaime y gracias por ponerse en contacto con nosotros.
La comunidad lo que tiene que hacer es cumplir los acuerdos alcanzados.
No vemos dificultad en la forma en la que este vecino tiene que abonar su consumo de agua. De manera periódica, hacen una lectura de su contador y le emiten un recibo por los metros cúbicos consumidos.
Por otro lado, la factura que llegue a nombre de la comunidad de propietarios, la dividen entre el resto de propietarios y para el abono de esa factura añaden la cantidad que el vecino con contador haya abonado.
Si no se ponen de acuerdo, le recomendamos que busquen la mediación de un administrador de fincas. Quizás de esa forma puedan llegar a un acuerdo.
Si necesita algo más, estaremos encantados de atenderle.
Un saludo y hasta pronto.
pueden los locales comerciales tomar el agua del aljibe de la comunidad y no tener su propia acometida.
Hola Manuel, gracias por escribirnos.
Si es posible. Hay edificios antiguos en los que existe un único contador general para dar suministro de agua tanto a locales como a viviendas.
Cada día es más difícil encontrar este tipo de instalaciones, pero respondiendo a su pregunta, si es posible.
Un saludo.
Hola, buenas tardes:
En mi comunidad existe un solo contador para todos los vecinos (9 viviendas). Hace unos años se decidió por unanimidad en Junta General que los vecinos que quisieran, podían instalar un lector de consumo individual en sus viviendas y que, a partir de su instalación, no se presentaría presupuesto de este gasto, sino que, a la recepción de la factura por la empresa suministradora se restaría el consumo de los lectores, pagando los vecinos que lo tuviesen instalado lo que marcase la lectura (por una simple regla de tres) y el resto se repartiría a partes iguales entre los que no hubiesen decidido instalarlos.
Tras unos años en los que, por diversos motivos, nadie instaló el lector, hay un vecino que, por fin, ante el aumento cada vez mayor del consumo (hay varios pisos en alquiler y los inquilinos no se preocupan de nada, lo que da lugar al despilfarro y con el precedente de haberse subido más de una vez el importe de las mensualidades para hacer frente a las facturas) decide instalar un lector para su vivienda, acogiéndose a lo acordado por unanimidad en la citada Junta.
El problema viene cuando en la Junta General ordinaria de este año se intenta llegar a un acuerdo sobre el presupuesto anual de gastos, puesto que nadie parece recordar lo que se dijo y aprobó en esa Junta (el acta está ahí para el que quiera leerla) y cuando algún propietario intenta decidir por su cuenta una nueva norma a aplicar, lo que da lugar a discrepancias de todo tipo, incluso hasta el punto de llegar algún vecino a cuestionar la legalidad de la instalación de los lectores.
No soy administrador de fincas ni abogado, sólo que me toca ser administrador por turno y me encuentro con este lío y he intentado explicar mi punto de vista, que se puede resumir en lo siguiente:
En primer lugar creo que el lector no sólo es legal, sino que es un derecho del propietario.
En segundo lugar, la comunidad lo aprobó por unanimidad, sin que nadie impugnase el acta ni tuviese intención de revocarla.
En tercer lugar, en caso de querer derogar lo aprobado, entiendo que ha ser por unanimidad (igual que se aprobó) y siempre que no cause perjuicio a los que se acogieron de buena fe a lo dispuesto.
Por último, el vecino en cuestión, avisó de la instalación al presidente mediante escrito con casi 2 meses de antelación, comprometiéndose a que, en caso de querer verificar la lectura, no se opondría a que el administrador o el presidente entrasen en su casa.
Para terminar, no sólo ha sido puesta en cuestión la decisión de este vecino, sino que además han surgido problemas de convivencia pues aparece para muchos como «el malo de la película» cuando lo único que ha hecho es ejercer lo que, entiendo, es un derecho.
Aclarar que la instalación de una batería de contadores por parte de la empresa suministradora es imposible físicamente, puesto que el único lugar que dicha empresa propone (debido a la estructura del edificio y acceso desde el exterior) es una pared que pertenece a la finca colindante y cuyo propietario se niega a que la utilicen para colocar, no ya dicha batería, sino nada.
Dándoles anticipadas gracias y esperando su inestimable respuesta, reciban un cordial saludo.
Jaime García
Hola Jaime, lo aprobado en una junta de propietarios tiene validez a todos los efectos a no ser que el acuerdo adoptado vaya en contra de lo establecido en la ley.
En su caso, este vecino tiene todo el derecho a instalar un contador individual puesto que así se aprobó en junta de propietarios.
La única pega que podemos ver es que el contador no está homologado, es decir, no ha sido instalado y el consumo no está regulado por la empresa suministradora, pero de todas las formas, si la comunidad aprobó realizar ese tipo de actuación, cualquier vecino que lo desee pueda instalar su contador individual.
Los acuerdos adoptados pueden volver a someterse a voto, pero sin perjuicio de lo que anteriormente se haya realizado. Si se vuelve a aprobar por unanimidad el no permitir la instalación de contadores individuales, se tendría que respetar el contador del vecino que ya lo ha instalado.
Resumiendo, usted está procediendo correctamente. Enhorabuena por la gestión que está realizando.
Un saludo y hasta pronto.
Hola , tengo un local , tiene instalación de agua pero no encontramos el contador , no sabemos si ha tenido, pero como he dicho antes tiene instalación de agua y un cuarto de baño , el caso es que el ayuntamiento no quiere darnos acometida individual y quiere que la comunidad instale una batería de contadores, la cual quieren que corra yo con todos los gastos y no se hasta qué punto eso es legal, a ver si podríais ayudarme,gracias
Hola Javier, según entendemos tiene suministro de agua, pero no tiene contador individual.
Como bien dice, algunos ayuntamientos obligan a que la comunidad de propietarios realice la instalación de todos los contadores individuales.
Que la comunidad le exija que corra con todos los gastos si es legal, pero no es ético. Lo que la comunidad de propietarios le está diciendo es que no se opone a que usted ponga su contador individual, pero como el ayuntamiento le pone un requisito y ese requisito lleva implícito un gasto, la comunidad le dice que sea usted quien corra con los gastos de ese requisito.
Lo que tiene que plantearse es si le compensa económicamente acometer la instalación.
Esperamos haberle ayudado. Un saludo y hasta pronto.
Lo que me pasa es que el ayuntamiento obliga a la comunidad a poner una batería de contadores para poder darme agua y la comunidad quiere que la pague yo
Hola de nuevo Javier. Su caso es similar al que ocurre en otras comunidades de propietarios. Las opciones que tiene son las de convencer a los vecinos de los beneficios de realizar esa acometida individual de contadores de agua o la de afrontar usted toda la instalación de la batería de contadores.
Los ayuntamientos suelen conceder ayudas para este tipo de instalaciones y en muy poco tiempo, se amortiza la inversión. Pero a pesar de ello, solo tiene esas opciones: convencer a los vecinos o afrontar usted el coste de toda la instalación.
Esperamos que consiga convencer a su comunidad de propietarios.
Un saludo y mucho ánimo.
Buenos dias,
La empresa de Aguas me permite instalar un contador individual para mi vivienda sin necesitar aprobación de la mayoría.
Si asumo mis gastos y colocó dicho contador, si posteriormente se aprueba en Junta instalar el resto de contadores, con las obras correspondientes, me puede obligar la comunidad a pagarlas cuando a mi ya no me afectarían? El presidente quiere aprobar un presupuesto desorbitado a su favor y tiene los votos de la mayoría.
Gracias un saludo
Javier
Hola Javier, si la instalación que la comunidad de propietarios aprueba es para realizar la instalación de los contadores individuales de cada vecino, no le pueden exigir el pago de una parte de esa instalación si usted ya lo instaló en su momento.
Lo único que le podrán exigir será el pago de la parte proporcional de la instalación del contador general de la comunidad.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola muy buenas;
soy un propietario de un local en una galería comercial, que es la que tiene contratada con la empresa suministradora la distribución del agua. Luego nos pasa a los comercios, según lectura de nuestros contadores, los recibos por nuestro consumo individual.
Por un error de la propia galería, no se nos ha girado a ningún local el agua de los últimos 8 años, que ahora nos lo reclama.
Dado que ha sido error suyo, y no nos lo ha reclamado, debo pagar el consumo de los 8 años, o ha prescrito alguno de ellos ya?
Muchas gracias
Hola Álvaro, que haya sido un error de la propiedad, no le exime de la obligación de pagar la parte que le corresponda.
Respecto a la prescripción del pago, no se lo podemos afirmar porque tendríamos que ver lo establecido en la ley para este tipo de situaciones, pero con mucha probabilidad tendrá que hacer frente a los últimos cinco años.
Lo que también es probable es que pueda fraccionar el pago.
Le recomendamos que se informe con la ley en la mano o que acuda a un abogado que le asesore de todo esto.
Un saludo y gracias por dirigirse a nosotros.
En la comunidad de 31 viviendas, 13 estamos interesados en poner contadores de agua. No se si lo que dice el Art. 17.3 de la LPH sobre mejora de eficiencia hídrica se puede aplicar aquí y con únicamente 11 interesados un tercio de la cuotas de participación, podríamos obligar a que se pusieran en toda la comunidad, o como he leído en comentarios anteriores son voluntarios y solo tendrían que poner el de gastos comunes.
Un saludo y gracias
Hola Jose Antonio y disculpe la demora en responderle. Acabamos de recibir su comentario y hemos visto que lo han enviado con fecha 13 de febrero. No sabemos si está mal la fecha de envío o que hemos tenido un problema y nos ha entrado ahora.
En relación a lo que nos plantea, indicarle que el Art.9.1 e, de la LPH, establece que todo propietario está obligado a contribuir, según su cuota de participación, con los gastos generales comunitarios, para contribuir con el adecuado sostenimiento del inmueble, de sus servicios… siempre y cuando estas “cargas” no sean susceptibles de ser individualizadas. Por lo tanto, usted como propietario puede solicitar la individualización del suministro de agua y la comunidad no puede negarse a ello. Otro aspecto muy distinto es que la empresa suministradora le permita individualizar su contador si no lo hacen el resto de los vecinos.
Por otro lado, el que la comunidad de propietarios le permita a usted instalar su contador individual, no obliga al resto de propietarios a hacer lo mismo, pero si no lo hacen los demás, se va a encontrar usted y los demás propietarios que quieran individualizarlo con un problema. Van a tener que pagar el consumo de su contador mas la parte proporcional del contador comunitario, donde se registrarán los consumos de la comunidad y el de los vecinos que no tengan contador individual, es decir, que seguirá pagándole el agua a los demás propietarios. Esto último solo podría solventarse si la comunidad instalara un contador exclusivo para los gastos generales de la comunidad de propietarios y para este último punto si que necesita la aprobación de las 3/5 partes de los coeficientes de participación de la comunidad.
Resumiendo:
1. Para instalar su contador individual no necesita la aprobación de la comunidad de propietarios, siempre y cuando, esa instalación no afecte a zonas comunitarias, en cuyo caso, la comunidad tendrá que decirle como hacerlo.
2. El instalar un contador individual no le exime de pagar el consumo general y si hay un único contador general, estará pagando la parte que le corresponda del consumo general y del consumo de los vecinos que no dispongan de contador individual.
3. Para que la comunidad instale un contador general que de lectura solo y exclusivamente a los gastos de agua empleados en la comunidad de propietarios, necesita la aprobación de las 3/5 partes de las cuotas de participación.
4. Asegúrese que la empresa suministradora pueda instalar su contador sin necesidad de que el resto también soliciten individualizarlo.
5. Intenten convencer a todos los vecinos de los beneficios de tener cada uno su propio contador.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas, en mi comunidad somos 19 puertas, la puerta 19 que era la vivienda portería fue vendida en el año 2000 y se desafectó de la comunidad. Ahora nos hemos enterado que no tiene contador de agua y por lo tanto hemos imaginado que como había sido la vivienda portería lo más seguro es que siga conectado al contador de la comunidad. Es el único que no tiene contador individual, por lo que he entendido no se le puede obligar a ponerse uno ¿es esto cierto? No creo que se pueda calcular que consumo realiza esta persona de agua pero encima es que durante 17 años no ha estado pagando todo lo que él gasta.
Con la luz nos hemos enterado que también sigue conectado a la de la comunidad, no se si este tampoco es obligatorio que se lo ponga.
La verdad es que no sabemos que hacer, algunos quieren denunciar pero….si dices que no es obligatorio y no se puede contabilizar el consumo que realiza no creo que sea factible realizar denuncia, no?
Muchas gracias de antemano,
Un saludo
Hola Merce, al venderse esa vivienda y separarla como elemento común de la comunidad de propietarios, tuvieron previamente que aprobarlo en un acta y posteriormente escriturarla a nombre de la persona compradora.
Al separada como elemento común y pasar a ser un elemento privado, se incluyó como una una vivienda más dentro del conjunto de la comunidad, con lo que tuvieron que modificar los coeficientes de participación de todas las viviendas sobre el conjunto de la comunidad, es decir, hubo una vivienda más que pagaba los recibos comunitarios.
Al privatizar la vivienda, esta debe tener sus propios contadores de agua y luz.
Una comunidad de propietarios no puede obligar a un vecino a tener instalado un contador del suministro que sea, pero lo que si que puede hacer la comunidad es dar de baja los contadores actuales e instalar unos nuevos para dar servicio a las zonas comunes. De esta forma, la comunidad de propietarios no obliga a nadie a instalar un contador, pero evita el que esta persona se siga beneficiando del suministro gratuito de luz y agua.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, soy francisco, tengo una vivienda con local escriturada con mi hermana, el contador de agua esta en la vivienda, quiero montar una tienda en el local , me gustaria saber si me puedo servir del mismo contador , un saludo.
Hola Francisco, en principio podría adaptar la instalación de agua de la tienda con ese contador, aunque lo aconsejable es que se informe en las oficinas de la empresa suministradora.
Por otro lado, tendrá que ver a nombre de quien está el contador para poder deducirse los gastos del consumo.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días,
Y que ocurre cuando los contadores ya están instalados y se siguen pagando entre todos porque hay gente a la que le conviene. Yo tengo un garaje y apenas uso el agua. Hay más garajes con lo cual a los propietarios de sólo vivienda les conviene repartir el costo.
Me parece un abuso tener que pagar el agua de todos, lo propuse en una reunión, pero ha pasado mucho tiempo y no han hecho nada.
¿Puedo hacer algo a nível legal???
Gracias anticipadas
Hola Mikel, si cada propietario tiene instalado su contador individual y la comunidad de propietarios también tiene su propio contador, realmente lo tiene fácil. Usted solo estaría obligado a abonar la parte proporcional de la factura que se emita del contador comunitario. Es decir, la ley solo le exige a usted como propietario, hacer frente de manera proporcional con aquellos elementos o suministros de carácter comunitario.
Puede ocurrir que el suministro de agua esté individualizado, pero los contadores figuren a nombre de la comunidad de propietarios. En este caso, lo que debe exigir es que la comunidad regularice la titularidad de esos contadores. Para ello, deberá dar de baja los contadores que estén a nombre de la comunidad y estén destinados a un suministro particular.
Si su caso fuese diferente, debe intentar argumentar su defensa basándose en el Art.9.1 e, de la LPH. Este artículo de la Ley de Propiedad Horizontal, viene a decir que todo propietario está obligado a contribuir, según su cuota de participación, con los gastos generales comunitarios, para contribuir con el adecuado sostenimiento del inmueble, de sus servicios…siempre y cuando estas «cargas» no sean susceptibles de individualización. Por lo tanto, usted como propietario no estaría obligado a financiar a los demás propietarios porque el suministro de agua es susceptible de individualizarse.
Le recomendamos solicitar la convocatoria de una junta de propietarios para tratar este tema. Si una vez expuesto, no fuera aprobado, le recomendamos hablar con un abogado para analizar la viabilidad de proceder judicialmente contra la comunidad de propietarios.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola buenos dias mi pregunta es en mi urbanizacion hay cinco bolques edificios y en exteriores hay piscina jardines y un club social y un solo contador y en cada bloque hay un contador exteriores no tiene solo pagan el resto de consumo de los contadores de los portales les he dicho que tienen la obligacion de pagar la parte proporcional de impuestos de la factura y se niegan dicen que siempre lo han hecho asi pero su parte de impuestos la gagamos cada bloque como se puede hacer que lo paguen se le puede reclamar los años que nos han estado cargando de mas la factura .
Hola Carlos, gracias por escribirnos.
Las facturas de los contadores comunitarios, vienen como consecuencia del consumo de algún suministro en las zonas comunes y el abono de esas cantidades le corresponde a cada comunidad.
Entendemos que ha habido alguna comunidad que las ha estado pagando hasta ahora y que por ese motivo quiere regularizar la situación.
Que las personas se nieguen a pagar algo que legalmente les corresponde aludiendo que siempre lo han hecho así, no es argumento para no cumplir con su obligación. Antes iba la gente en los coches por la ciudad sin el cinturón de seguridad y cuando cambió la ley, nadie podía negarse a cumplirla diciendo que siempre habían ido sin cinturón por la ciudad.
Solicite por escrito el abono de las cantidades que le deben y en caso de que no quieran abonar esas cantidades, la comunidad tendrá que aprobar en una junta de propietarios las medidas a tomar, entre las que se puede contemplar reclamar las cantidades por la vía judicial.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes, el conjunto en el que vivo tiene los contadores del agua en el primer piso de cada torre, donde únicamente tienen acceso los vigilantes ya que el cuarto se encuentra bajo llave, si necesitamos cerrar el registro del agua por alguna circunstancia nos toca llamar a portería para que ellos la cierren.
Esta semana llego el recibo del agua por valor de ($400.000) cuando lo normal que hemos cancelado es de ($100.000) el caso es que hay una fuga visible en el contador, de la cual nosotros como residentes no nos habíamos dado cuenta porque como ya lo exprese anteriormente no podemos entrar al cuarto de contadores, pero el administrador de acuerdo a lo expuesto por los celadores ya sabia que hay habia un daño pero el señor no había hecho nada, mi pregunta es quien asume el valor del incremento? teniendo en cuenta que nosotros los residentes no supimos nada hasta que llego el recibo y hasta que pedimos visita por parte de la empresa de acueducto?
Hola Mary, el acceso a las instalaciones de los elementos comunes tiene que estar regulado con el objetivo de impedir que alguien pueda manipular esos suministros.
Respecto a lo que nos cuenta del administrador, si el conocía la rotura y no puso remedio para repararla, habría incurrido en una dejación de sus funciones y por lo tanto deberá responsabilizarse de la parte que le corresponda. Ahora bien, si ustedes no tienen forma de demostrar que el administrador de fincas era conocedor de esa situación o de que no hizo nada por remediar la incidencia, no podrán exigirle responsabilidad alguno en lo sucedido.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas. Tengo una vivienda ocasional en un bloque. Debido a que voy ocasionalmente, las lecturas de agua no me las pueden hacer, por lo que me estiman una cantidad que a veces me fastidia el mes por lo elevada que es. Mi pregunta es: ¿Puedo sacar el contador de agua individual de mi vivienda al portal, para así facilitar la lectura cuando no esté en casa?
Hola Manuel, como bien sabe, lo que le está ocurriendo es que su comunidad de propietarios tiene un contador general de agua y a usted se le factura, al igual que le sucede al resto de los propietarios, el consumo general en función de su cuota de participación.
Esta forma de pagar un suministro particular es la forma menos coherente que existe porque unas personas se ven perjudicadas en favor de otras (como es su caso).
A la pregunta de si puede sacar el contador de agua individual de su vivienda, dependerá de si la entidad que le suministra el agua en su localidad lo permite. Por otro lado, en el supuesto de que le autorizasen a hacerlo, para que su problema desaparezca, la comunidad de propietarios debería instalar un contador comunitario exclusivo para el consumo de las zonas comunes: limpieza, riego, piscina… Si no fuera así, la comunidad de propietarios podría seguir emitiéndole el recibo como hasta ahora, aludiendo que es un contador comunitario y usted como propietario debe participar en los gastos comunitarios.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes,
Somos una comunidad con 4 vivienda, tres cocheras y un local cochera donde hay una pescadería.
Siempre que la pescadería abre el grifo ( muy frecuente toda la mañana) nos quedamos sin agua.Solo hay un contador para todo el inmueble. Esto se está volviendo insostenible ya que casi no tenemos agua por las mañanas. Vamos a pedir a la empresa de aguas de la localidad una ampliación de cometida de agua, pero nos dicen q aún así no resolveremos el problema. Qué podemos hacer? La ley no establece obligaciones de tener suministro independiente para los negocios?
Gracias
Hola, lo que desconocemos es el motivo del porqué se quedan sin agua. Con independencia de que un propietario (piso o local) use mucha agua, si se quedan sin suministro, en principio solo puede ser por dos motivos:
1. Falta de suministro, es decir, llega poca agua a su edificio.
2. Fallo en el suministro interno, es decir, la instalación del edificio no tiene capacidad para distribuir a todas las viviendas el suministro de agua. Esto puede deberse a un fallo en los motores de agua.
Con independencia de cuál sea el motivo, lo que le recomendamos es que aprueben la individualización de los contadores de agua en su comunidad de propietarios.
También le recomendamos que hablen con la empresa suministradora para que les explique el motivo por el cuál no les llega agua a todas las viviendas.
La ley no obliga a los negocios a tener el contador de agua individualizado.
Saludos y hasta pronto.
Buenos dias me gustaria hacer una pregunta por si alguien sabe contestarmela por favor. Lo agredeceria muchisimo.
Mi marido heredo un piso junto a sus tres hermanos al fallecer su madre, tenian contador comunitario de agua. Y querian poner contadores individuales. Nosotros nos negamos desde el principio ya que uno de los hermanos se ha apropiado de la vivienda y no se hace cargo de los gastos y no queriamos que se generarse otra deuda mas a cargo de los herederos. La comunidad acordo poner la parte economica de la instalacion ya que nos negamos a hacer el cambio y en este piso no se puso contador y a dia de hoy sigue sin haber contador ni agua y la comunidad nos reclama la parte de la instalacion pero no se ha hecho uso de ella ya que no se llego a contratar nada . El primer administrador nos dijo que hasta que no se hiciera uso de ella no nos lo podrian reclamar pero ha cambiado de administrador y este si nos lo reclama. Por favor alguien me podria decir si es obligatorio pagarlo sin haber hecho uso?. Muchas gracias
Hola Pilar, puede ser que ambos administradores estén en lo cierto, dependerá de como la comunidad de propietarios haya aprobado realizar esa instalación.
Es decir, si en el acta han votado la actualización de los instaladores según se establece en la normativa vigente, todos los propietarios con independencia de que hayan votado a favor o en contra, están obligados desde el principio a abonar las cantidades correspondientes. La ley 49/1960 sobre propiedad horizontal obliga a cada propietario a contribuir en el pago de las derramas para sufragar los gastos de reparaciones de elementos comunes existentes. Es decir, todo propietario está obligado a contribuir económicamente con la reparación o sustitución si fuera necesario de un elemento común. En este caso sería una sustitución.
Si por el contrario, en el acta apareciera que se ha aprobado la instalación como motivo de mejora de la instalación existente y ustedes votaron en contra, pueden (dependiendo del importe de la instalación) evadir el pago de la parte que le corresponda hasta que vayan a hacer uso del nuevo contador.
Resumiendo, lean el acta y comprueben el motivo por el cual se aprobó esa instalación. En base a eso, podrán o no aplazar el pago.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
, pero tenga la certeza que antes o después van a tener que afrontar la parte que les corresponda de haber realizado la comunidad esa instalación
Hola buenas tardes, soy David.
He comprado un local donde no tenía suministro de agua. En el edificio hay dos vecinos más que si tienen suministros pero con contadores individuales en la acera de la calle.
Al querer darme de alta me obligan a colocar batería para todos los contadores y mueble para la batería.
Los gastos de todo los tengo que asumir yo?
Me encuentro en algo similar con la luz módulo cpg…
Muchas gracias.
Hola David, su caso es bastante complejo. Para darle a usted servicio las empresas suministradoras están exigiendo que la instalación existente en la comunidad de propietarios cumpla con la normativa vigente, porque a su vez estas empresas no pueden saltarse las normas.
Por otro lado, aunque la comunidad de propietarios tenga la obligación de cumplir con la ley, existen unos tiempos determinados para ello (en su caso y al no conocer la localidad no conocemos cuales son esos plazos). Por lo tanto, si la comunidad no tiene la obligación de acometer esas reformas, en este momento puede negarse a hacerlo.
Por lo tanto, tiene dos opciones:
1. Acometer usted solo todos los cambios. Esta es la peor opción para usted pero se garantiza su suministro.
2. Informarse bien de los plazos de cumplimiento de la normativa vigente en materia de suministro eléctrico y de agua. Una vez se haya informado bien, hable con la comunidad para convencerles de la idoneidad de acometer esas actualizaciones.
Le deseamos mucha suerte y si necesita que le orientemos en algún aspecto de esa negociación, estaremos encantados de ayudarle.
Un saludo y hasta pronto.
Robbertss
Soy propietario de una vivienda en un bloque de cuatro pisos, la comunidad es de 8 de viviendas con dos locales comerciales integrados en el mismo edificio.
Las viviendas tienen los contadores individuales en su interior, alimentados por un tubo de distribución que recorre todo el edificio y está conectado a la red general de aguas potables con una sola llave de paso.
Los locales comerciales tienen sus propios contadores individuales situados en módulos individuales en la pared del edificio y accesible desde la calle.
El edificio tiene mas de 50 años y la tubería de distribución a los contadores es de hierro galvanizado, y ya hemos tenido problemas de fugas de agua por corrosión. Por ese motivo algunos propietarios queremos sacar los contadores de las viviendas y ponerlos centralizados en un armario de contadores en una pared del edificio accesible desde el exterior. De cada contador saldrá un “tubo individual de cobre” a cada vivienda, tal como se hace actualmente en las instalaciones de fontanería en los edificios.
Las preguntas:
Algunos vecinos no quieren hacer cambios, por lo tanto si en una Junta se aprueba la autorización para instalar el módulo de centralización de contadores este dispondría de capacidad para las 8 viviendas, los que no quisieran el cambio, se quedarían tal como están, osea utilizando la vieja tubería de hierro galvanizado.
Pregunto, si se produciese una avería en el tubo de hierro galvanizado (tubo de la comunidad), ¿Los que estamos en la centralización de contadores seríamos responsables de la reparación y de daños a terceros? ¿La centralización de contadores debe de tener su propio acceso directo a la red general de aguas potables?
Hola, con independencia de que algunos vecinos instalen nuevos contadores de agua, si se produce una avería en el tubo de hierro que tienen actualmente instalado, le corresponde participar a todos los propietarios en su reparación. Es un elemento común y mientras exista toda la comunidad de propietarios tiene la obligación de mantenerlo en perfecto estado.
Respecto a la segunda pregunta, lo habitual es que toda conexión de agua tenga acceso directo a la red general de suministro. Cada municipio depende de una empresa suministradora, para realizar la centralización, lo que deben hacer es ponerse en contacto con la empresa suministradora de su localidad.
Nuestro consejo es que convenzan a todos los propietarios para realizar la centralización de los contadores. Es una instalación de la que todos se ven beneficiados.
Un saludo y hasta pronto.
Hola buenos dias.
Tengo un problema similar con el agua. En mi finca somos 35 puertas, es una finca antigua que no tenemos ningun tipo de contador (ni comunitario, ni individual) Habia tipo unos vidones que nos suministraba, se prohibieron por ley, y nos colocaron uno general que distribuye agua a toda la finca sin presion, etc.
Nos cobran 101€ cada trimestre, independientemente del consumo que se haga, ya que no tienen donde controlarlo y nos dicen que nos cobran un minimo de 30€ por mes. Fui a Aguas de Valencia, y me digeron que no podia ponerme contador porque no tengo ni la instalacion general para ello, aunque yo pagara mi contador individual se niegan a realizar dicha instalacion, (que por lo que tengo entendido corre a cargo del ayuntamiento) A no ser que minimo 20 puertas tambien quieran instalar contador, si no, no nos realizan la instalacion.
Puedo exigir que la realicen para poder colocar mi contador individual que yo me pagaria? o tenemos que estar minimo la mitad de vecinos dispuesto a poner un contador, para que asi nos hagan la instalacion del suministro de agua
Hola Zaida, desconocemos la normativa vigente en su comunidad autónoma y en su municipio en materia de suministro de agua, pero en otras zonas y otras empresas suministradoras lo que exigen es que la comunidad de propietarios apruebe por unanimidad la instalación de una batería de contadores, es decir, la instalación de un contador por cada inmueble. Si no es así, la suministradora se niega a instalar los contadores individuales.
Por lo que nos dice, en su comunidad de propietarios necesitan realizar la acometida, es decir, la instalación que llevaría el agua de la calle hasta sus inmuebles. Los Ayuntamientos tienen la obligación de llevar el agua a todos los ciudadanos, pero en muchas zonas, hay edificaciones que se han realizado sin los permisos adecuados o en otros casos, la situación económica de los consistorios les hace inviable acometer este tipo de obras. Si el Ayuntamiento les permite abonar el coste de esa acometida y los vecinos pueden asumirla, les aconsejamos que la hagan por su cuenta e intenten negociar con el Ayuntamiento algún tipo de deducción fiscal.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
buenas tardes,
somos una comunidad de vecinos, con contador de agua comunitario, todo el mundo está conforme excepto un vecino que lo ha puesto el en su casa y dice que tenemos que cobrarle de la factura comunitaria solo su consumo, ya que lo quiere individual, esto es así? o podemos negarnos? pensé que el tendría que contratar una empresa que le haga su lectura pero creo que estoy equivocado.
Hola, en una comunidad de propietarios deben individualizarse todos los suministros susceptibles de hacerlo, es decir, que los propietarios deben tener a su nombre todo aquello que pueda personalizarse. Entre estos suministros está el del agua. Por lo tanto, si un vecino quiere instalar un contador de agua, la comunidad no puede impedírselo.
Ahora bien, el contador de este vecino, tiene que ser instalado, homologado y controlado por la empresa suministradora de agua de su localidad. Si esta persona ha instalado un contador particular, la comunidad puede negarse a facturar de manera individual, porque dentro de las funciones de la comunidad de propietarios no está la de verificar y facturar un consumo particular de agua. ¿cómo sabe la comunidad que la lectura de ese contador es correcta? ¿qué tarifa establece por consumo? ¿quién hace la lectura?…
Como bien dice, la lectura del consumo de agua debe hacerla una empresa autorizada para ello y no la comunidad de propietarios.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, somos una comunidad de 16 propietarios. Actualmente los estatutos de la Comunidad establecen que el gasto correspondiente a la calefacción se hará de acuerdo a las cuotas correspondientes de cada piso (por superficie). En el año 2017 estaba previsto la obligatoriedad de cambio de la calefacción central por individual, que finalmente no ha entrado en vigor. Mi pregunta es relativa a si puedo negarme a pagar la calefacción central por la cuota de superficie en la medida que se trata de un gasto que puede ser «indiviudalizado» mediante la instalación de un contador individual, La Ley de Propiedad Horizontal establece en su artículo 9.1.e, que se debe «contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización». Podria instar a instalar un contador indiviudal sólo yo o los vecinos interesados? Implicaria esa instalación necesidad de una mayoria o unanimidad? Estaría obligado a seguir pagando la cuota comunitaria (excluyendo la parte que no sea consumo?
Saludos y gracias
Hola Daniel, como bien hace referencia a lo establecido en el artículo 9.1.e., si usted puede individualizar la calefacción, estaría exento de pagar la parte proporcional del consumo general. De esta manera, usted solo abonaría la parte proporcional del resto de gastos comunitarios.
Para proceder a la instalación individual lo único que necesita es comunicarlo a la comunidad de propietarios. No necesita autorización para instalar su contador individual, pero si necesita autorización si para proceder a la instalación es necesario realizar modificaciones en zonas comunes. En ese caso, usted debe presentar un informe detallado de la instalación. Si la comunidad de propietarios no estuviera de acuerdo con la forma en la que va a proceder, la comunidad de propietarios debe indicarle como hacerla, pero en ningún caso, puede obligarle a no realizarla.
Nosotros siempre recomendamos individualizar todos aquellos suministros o servicios que sean susceptibles de individualizar y que por supuesto su consumo dependa del uso que cada ciudadano quiera hacer.
Le damos las gracias por haberse dirigido a nosotros y esperamos que pueda proceder sin dificultad a realizar la instalación de la calefacción.
Un saludo y hasta pronto.
Muchas gracias por la respuesta.
Una pregunta adicional, el técnico me dice que para que la lectura individual se pueda hacer es probable que los contadores individuales deban instalarse para todos los propietarios, ya que con uno solo no se podría. Me gustaría saber si yo puedo obligar a que todos se pongan contadores individuales en la medida que es la unica manera de realizar mi individualización (y que ellos soporten el coste :))
Hola Daniel, por desgracia ese es el problema al que se encuentran muchos propietarios cuando quieran proceder a instalar su contador individual de agua.
Las compañías suministradoras, exigen que la instalación individualizada se realice para todos los inmuebles y para ello, esta medida, primero debe ser aprobada por unanimidad en una junta de propietarios. Usted no puede obligar a nadie a aceptar esta propuesta, lo que puede hacer es intentar convencer de las bondades de hacerlo. Nosotros siempre argumentamos que al igual que cada vivienda tiene su contador individual de electricidad, cada vivienda debe tener su contador individual de agua y de esa forma que cada vecino pague lo que consuma y consuma lo que quiera.
Le deseamos mucha suerte en su iniciativa.
Un saludo y hasta pronto.
Hola, tenemos una comunidad de 8 pisos de los cuales 5 tenemos contador individual y los otros 3 pisos están sin vender desde hace 4 años y siguen perteneciendo a la constructora. Los 5 pisos habitados estamos pagando nuestro individual + el del contador general hasta que habiten los 3 pisos vacíos. ¿Existe algún tipo de límite temporal para obligar a la constructora a pagar ese gasto extra? Llevamos más de 4 años así y parece que no se van a vender los pisos y vamos a tener que estar pagando ese recibo extra indefinidamente.
Hola Eduardo, el límite temporal para reclamar los gastos comunitarios (en su caso los derivados por el consumo del contador general de agua) sean considerados estos gastos ordinarios o extraordinarios es el establecido en el artículo 1964 Código Civil, es decir, tienen 5 años para proceder a su reclamación.
A pesar de ello, existen algunas sentencias donde por diversos motivos ese plazo se ha extendido por más años.
Lo que les recomendamos es que aprueben en una junta de propietarios la intervención judicial contra esos propietarios morosos y una vez aprobado procedan a su reclamación por los cauces legales.
Esperamos haberles ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días, quería preguntaros por un caso exactamente igual al último comentado, pero en el que aclaro ciertos matices:
Vivo en un edificio donde somos 8 vecinos y cada uno tiene su contador de agua, pero también existe un contador único a la entrada de la comunidad y contrato único con la empresa suministradora que factura a la comunidad por el total de agua consumida, luego la comunidad tiene contratada otra empresa de lectura de contadores para que la comunidad pueda cobrar a cada vecino lo que nos corresponde según gasto individual.
En el edificio no existe ningún grifo para gasto de agua comunitaria y como hay vecinos que no pagan su recibo individual de agua, ¿que pasa?, que su agua la paga el resto de vecinos.
¿Puede un vecino, contratar o darse de alta un contrato individualizado de agua y de alguna manera darse de baja del comunitario?
¿O puede la mayoría darse de alta individualmente y dar de baja el contador comunitario?
Muchas gracias
Hola, por lo que hemos entendido, los 8 vecinos tienen su propio contador de agua y además hay un contador comunitario. Esto es lo habitual en cualquier comunidad de propietarios, lo que es anómalo es que la empresa suministradora cargue todas las facturas a nombre de la comunidad.
Lo que tiene que hacer la comunidad es notificar a la empresa suministradora cual es el contador comunitario y dar de baja a nombre de la comunidad el resto de contadores. A la misma vez, cada propietario deberá facilitar a la empresa de agua el número de su contador y los datos de emisión de la factura.
Un vecino puede darse de alta y de baja de su contador de agua, lo que no puede hacer es darse de alta ni de baja del contador comunitario, entre otras cosas porque la titularidad del contador es de la comunidad.
Si el contador comunitario no tiene uso, la comunidad puede darlo de baja.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas de nuevo, quizás no me he explicado bien, el contador comunitario es por donde entra el agua a todos los vecinos (que a su vez tienen su propio contador) y la empresa suministradora carga una única factura a nombre de la comunidad con todo el agua consumida por todos los vecinos. A posteriori la comunidad carga a cada vecino lo que marca su contador, pero claro el vecino que no paga este recibo a la comunidad, la comunidad ya ha pagado su agua por él.
Un saludo y gracias por vuestra respuesta anterior.
Perdone, no le entendimos bien en su primera consulta. En ese caso, lo único que puede hacer la comunidad es reclamarle el pago de la parte que le corresponda. Si el vecino se niega a abonar esa cantidad, incurrirá en una deuda con la comunidad y por lo tanto, podrán reclamarle esas cantidades por la vía judicial.
Para proceder a ello, primero deben aprobar esa intervención judicial en una junta general de propietarios.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes, vivo en un edificio donde somos 8 vecinos y cada uno tiene su contador de agua, y lo que no entiendo es porque le pasan el cargo a la comunidad y luego la comunidad nos cobra a cada vecino lo que nos corresponde según recibo.¿ Esto se podría arreglar de alguna manera para que cada vecino se pague su agua sin tener que pasar el cargo a la comunidad?
Muchas gracias
Hola Soledad, desconocemos el motivo por el cual se está haciendo de esta manera. Le recomendamos que se ponga en contacto con la empresa suministradora y le pregunte.
Si cada vecino tiene su propio contador, la factura debe cargarse a cada propietario y no a la comunidad.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes,parece ser que aunque cada vecino tengamos nuestro contador de agua, solo existe un contrato a nombre de la comunidad y por eso la factura llega a nombre de la comunidad, y luego la empresa que se encarga de leer los contadores de los pisos nos manda los recibos al presidente y este debe de ocuparse de cobrar a cada vecino su recibo, o sea que nos utilizan de cobradores, y si algún vecino no paga el gasto lo asume la comunidad.
Mi pregunta es la siguiente: El que nos utilicen de cobradores es legal? Que es lo que hay que hacer para que cada vecino tenga su propio contrato y domicilie su recibo,independientemente de que el contrato que existe de la comunidad siga dado de alta para la limpieza del portal y por tanto lo pague la comunidad?.
Un saludo
Soledad
Hola Soledad, lo normal en una comunidad de propietarios es que cada inmueble tenga su propio contador y la empresa suministradora emita la factura a cada propietario. El funcionamiento es el mismo que el existente con el suministro eléctrico. Lo que no sabemos es el por qué es su comunidad están instalados los contadores individuales y solo se emite una única factura. Deberían hablar con la empresa suministradora para que facture a cada vecino según la lectura de su propio contador. Hablen con esta empresa para que les indiquen los pasos a seguir. Posteriormente convoquen una junta de propietarios para informar a los vecinos del proceso a seguir para individualizar las facturas.
Respecto al tema del cobro, si su comunidad no tiene un administrador, quien legalmente debe encargarse del cobro de los recibos es el secretario o el presidente.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
buenos dias
tengo un local comercial en un edificio de viviendas con una unica acometida de canal de isabel II. hace muchos años, se individualizaron los consumos con contadores individuales.
ahora, el uso del loca es de trastero y quiero anular mi contador para no tener que pagar agua.
se lo he dicho al administrador y me dice que «no se puede hacer» porque entonces mi parte proporciona de acometida la tendrian que pagar el resto de vecinos.
¿se puede negar la comunidad a que yo quite mi contador, que esta en mi local, y no pague ahora?
¿si me lo autorizaran los vecinos, como tendria que hacerlo para que no tuviera problemas?¿aprobado en junta?
gracias por anticipado
Hola Sara, si usted tiene un contador individual puede darlo de baja cuando quiera, por ese motivo es individual y no colectivo. El funcionamiento es similar a si quisiera dar de baja el contador de la luz. Al ser individual usted puede darlo de baja cuando desee.
No entendemos el por qué le ha dicho el administrador que la comunidad tiene que pagar la parte proporcional de la acometida. Al darlo de baja, da de baja todo lo relacionado con ese contador, suministro y acometida.
Por otro lado, usted nunca dejará de pagar la parte proporcional del consumo de agua del contador general de la comunidad.
Para dar de baja su contador individual de agua no tiene que pedir permiso a nadie.
De todas las formas, para asegurarse de que al cancelar el suministro no afecta a la comunidad, le recomendamos que hable con la compañía suministradora.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas noches Jose Antonio
Vivo en un bloque de 25 viviendas, las cuales tienen cada una capacidad para una familia de cuatro miembros, y con contador único de agua ,con la imposibilidad económica por parte de algunos vecinos de instalar contadores individuales.
Puedo proponer en Junta que el gasto de agua se divida entre los vecinos censados en el bloque y a si la vivienda que tenga mas page mas y viceversa.
Puedo mediante escrito al presidente pagar la 1/100 parte del recibo de agua mensual 660€ de media, o la parte que me corresponda con los vecinos reales y no como se hace en la actualidad por vivienda.
Con estas propuestas me puedo ahorrar +/- unos 12€ por mes.
La única via legal, seria ir a juicio si me niego apagar por vivienda.
Gracias y Saludos.
Manuel Rios
Hola Manuel, gracias por dirigirse a nosotros, pero en Administro tu Finca no hay un Jose Antonio (pero tenemos muchos propietarios con ese nombre).
La LPH (Ley de Propiedad Horizontal) establece que los gastos comunitarios deben distribuirse en función de la cuota de participación de cada inmueble (vivienda, local, garaje, trastero) sobre el total del edificio. La ley permite que esta distribución se haga de manera lineal, es decir, que cada piso pague la misma cantidad, con independencia del tamaño o del número de personas que habitan en cada vivienda.
Sin incumplir la ley, cada comunidad puede establecer el reparto de cuotas según considere oportuno, siempre y cuando este reparto sea aprobado por unanimidad, es decir, sea aprobado por todos y cada uno de los propietarios. Por lo tanto, su comunidad puede aprobar que el abono de la factura de agua se haga de una manera concreta.
No sirve de nada que escriba al presidente solicitando una forma de pago. El presidente lo máximo que puede hacer es convocar una junta de propietarios para que sean los propietarios los que aprueben esas condiciones que usted reivindica.
En este caso, ir a juicio no es la solución porque el juez se basa en el cumplimiento de la ley y la ley dice claramente que usted está obligado a pagar la parte que le corresponda de su vivienda, con independencia de que vivan mas o menos personas en ella.
La mejor solución en estos casos es proceder a instalar contadores individuales de agua.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días:
Tengo un local y su consumo de agua siempre se ha pagado conforme el coeficiente correspondiente al gasto ordinario de la comunidad de vecinos que le corresponde. He descubierto que tiene , de hace años atrás detrás de un mueble del baño, un contador de agua instalado que ha medido a lo largo de los pasados años y sigue midiendo el consumo de agua del local. Voy a pedir que me excluyan entonces del gasto de agua por coeficiente, y me imputen lo que mide el contador.
Mi duda es ¿ cual va a ser el primer importe de consumo que me van a cobrar?, mi contador individual recién descubierto lleva contando desde hace la menos 10 años el agua!?
Hola, no podemos responder a su pregunta porque las competencias en materia de agua están delegadas a entidades locales y cada una establece sus normas.
Lo que si podemos hacer es aconsejarle en los pasos que debe dar.
1. Verificar la titularidad del contador.
2. Si está a su nombre, verificar si se debe algún importe. Es extraño que durante este tiempo no le hayan reclamado el pago del suministro.
3. Hablar con la comunidad de propietarios para paralizar el abono de la parte proporcional del consumo de agua.
Saludos y hasta pronto.
En nuestro edificio disponemos de un contador general de agua del Ayuntamiento y de contadores individuales situados en los rellanos de la escalera en base a cuyas lecturas, semestralmente el Administrador nos repercute los metros cúbicos realmente consumidos uno al mismo precio que el Ayuntamiento factura también semestralmente a la Comunidad de propietarios. El problema radica en que en la factura del Ayuntamiento a la Comunidad además de los metros cúbicos consumidos, se incluye una cuota fija por vivienda la cual se detalla multiplicando el número de viviendas por seis meses y una tasa fija por vivienda igual para todas al margen de su superficie. El importe facturado por este concepto a la Comunidad, el Administrador lo repercute a las viviendas aplicando coeficientes lo cual no parece lógico cuando el Ayuntamiento deja bien claro en el recibo que es igual para cada piso.
El mismo criterio sigue para la cuota de basuras. El Ayuntamiento aplica un valor igual en función de la categoría de la calle para cada vivienda sin tener en cuenta su superficie y así lo detalla en la factura. Al repartir el coste total por coeficientes unos pisos pagan mas que otros como si vivieran en calles de mayor o menor categoría que la nuestra. Creo que estos gastos se deberian repercutir a partes iguales tal y como los establece el Ayuntamiento pero el Administrador dice que no son gastos individualizables y que sin un acuerdo de la Junta por unanimidad no se pueden cobrar tal y como figuran en la factura del Ayuntamiento. ¿Esto es realmente así?
Gracias por su respuesta.
Hola Vicente, su administrador lleva toda la razón. Para poder imputar de manera lineal el gasto a cada vecino, previamente la comunidad de propietarios debe aprobarlo por unanimidad en una junta de propietarios.
Lo lógico es que cada vecino pagase la misma cantidad, porque así lo está ejecutando el ayuntamiento, pero su administrador no puede imputar esos gastos a partes iguales si previamente la comunidad de propietarios no lo aprueba.
Saludos y hasta pronto.
Buenas tardes,
Tengo una propiedad que es de uso vacacional. En mi comunidad de propietarios existe un único contador de agua para todos los inmuebles y zonas comunes, y ningún vecino tiene contador individual.
La cuota correspondiente a los recibos comunitarios tienen por tanto el agua incluida y me parecen excesivas.
Mi duda es la siguiente. Según el articulo 9.1.e de la actual LPH, todos los propietarios tienen la obligación de contribuir a los gastos comunes que no sean susceptibles de individualización. En este caso el gasto del agua es individualizable. Pues bien con esta premisa, supongo que puedo instalarme un contador individual para mi vivienda, y exigir un sistema, que lo hay y tengo presupuestado, por el que se controle el agua que se usa en las duchas comunitarias. Este sistema permitiría individualizar el gasto de agua mediante llaves magnéticas que asocian el consumo con el numero de piso o vivienda asignado a esa llave.
No se que opinan al respecto.
Podría intentar abrir un frente con este fundamento.
Muchas gracias.
Hola Antonio, su propuesta es totalmente válida.
Si tiene posibilidad de instalar su contador individual y de que la comunidad de propietarios instale un contador para los gastos generales de la comunidad, evitaría pagar el consumo de agua del resto de las viviendas. Abonaría la factura de su consumo y la factura del consumo de las zonas comunes.
Saludos y suerte con su propuesta.
EN MI EDIFICIO ALGUNOS VECINOS TENEMOS CONTADORES INDIVIDUALES DE AGUA, EN UNA PROXIMA REUNIÓN DE PROPIETARIOS QUIEREN PONER CONTADORES EL RESTO DEBEMOS LOS QUE YA TENEMOS CONTADOR CONTRIBUIR A LOS GASTOS Y EN EL CASO QUE DEBAN PONER BATERÍA DE CONTADORES. COMO DEBO PROCEDER
MUCHAS GRACIAS
Hola José Manuel, los que ya disponen de contador no tienen la obligación de contribuir con los gastos de esas nuevas instalaciones de contadores individuales. Solo tendrían la obligación de hacer frente a esos gastos en el supuesto de que anteriormente la comunidad haya pagado las instalaciones existentes.
Afrontar esas instalaciones necesitan ser aprobadas en una junta general por unanimidad, por lo tanto solo podrán instalar esos contadores si todos los asistentes a la junta de propietarios están de acuerdo con ello.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes, la finca en la que vivo tiene un único contador de agua. El contrato de agua que va a nombre de la comunidad tiene cuatro servicios contratados. Dos de los cuatro vecinos no pagan y no tienen intención de pago desde hace bastante tiempo. Puede la comunidad dar de baja los dos suministros si lo aprobamos en junta y consta en acta??
Hola Joana, todo suministro comunitario puede darse de baja si está justificado y la junta de propietarios lo aprueba.
Saludos y hasta pronto.
Gracias por atenderme
De nada, gracias a usted por su interés.
Hasta pronto.
Buenas tardes, tengo un local comercial con entrada independiente al edificio , en escrituras excluye al pago de cuotas comunitarias ordinarias, aunque contribuimos con las extraordinarias lógicamente, pero ahora nos niegan el acceso al cuarto de contadores para instalar el contador de agua, cuando con anterioridad años atrás lo teníamos aquí ubicado, puede negarme la comunidad la instalación de dicho contador.
Un saludo.
Hola Francisco, el local pertenece a la comunidad de propietarios, es un inmueble más dentro del conjunto comunitario y usted como propietario forma parte de esa comunidad. Si el contador de agua o la instalación hidráulica están en el cuarto de contadores del edificio, no le pueden impedir su acceso para realizar las modificaciones o actualizaciones oportunas, siempre y cuando estos cambios cumplan con la normativa vigente.
Por lo tanto, solicite a la comunidad de propietarios por escrito y por vía oficial (burofax) el acceso al cuarto de contadores para instalar el contador de agua. Si se negasen, tendrá que recurrir a denunciarlo ante las autoridades competentes.
Un saludo y hasta pronto.
Hola,
tengo un local con entrada independiente que utilizamos como garaje. La comunidad se ha constituido sin avisarnos (al menos no tenemos ningún aviso). y ahora dos años despues nos manda una carta que nos tenemos que poner al corriente de gastos y nos dicen que tenemos que pagar un %. El caso es que nosotros no tenemos grifo y no accedemos al consumo de agua y nos exigen el % sobre el consumo. Yo entiendo que gastos de cdad hay que pagarlos pero no aquellos que nosotros no hemos accedido.
Es posible hacer algo. Hay alguna manera de demostrar que si no tienes acceso al consumo (yo entiendo que si tuviera un grifo si lo utilizo o no es mi problema) como pueden cobrarte por este suministro.
Hola, la ley obliga a todo propietario de un inmueble en una comunidad de propietarios a participar de los gastos generales en función del coeficiente de participación de ese inmueble en el conjunto de la comunidad.
Ahora bien, que tenga que contribuir con los gastos generales, no significa que tenga que hacerlo sobre el conjunto de los gastos generales. Es decir, puede haber gastos en los que no tenga la obligación de participar. El del consumo de agua es uno de ellos. Todo dependerá del tipo de local, de lo que digan los estatutos de su comunidad y de lo que haya acordado la comunidad de propietarios.
En principio debe hacer frente con los gastos vinculados directamente con la conservación de la fachada, con el seguro del edificio, quizás con el suministro eléctrico, limpieza… Dependerá del tipo de edificio, del tipo de local… Hablé con su comunidad y negocie el pago de determinados gastos. En caso de que no lleguen a un acuerdo, la comunidad tendrá que recurrir a la decisión de un juez.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos días:
Voy a trasladarme a vivir a una comunidad en cuyo bloque de más de 15 viviendas tienen instalado un contador general de agua. Estoy interesado en instalar un contador individual para mi vivienda, el cual no supondría ninguna modificación en la estética del bloque, pues además las salidas individuales de agua para cada vivienda están preparadas para la instalación de contadores individuales.
He consultado previamente con la Administradora de la finca y me comenta que ya se trató este tema en Junta General hace dos años a petición de la entonces presidenta, debido al elevado gasto comunitario que suponía, y se preguntó si se quería realizar la instalación de estos contadores individuales (entiendo que a todos los vecinos). De 8 asistentes hubo 1 voto a favor, 6 abstenciones y un voto en contra, por lo que no se aprobó la instalación de estos contadores individuales. La Administradora me dice que este tema, al estar ya tratado en Junta y no haberse aprobado, ya no se pueden instalar este tipo de contadores individuales.
¿Es esto cierto? ¿Ya no puedo instalar un contador individual en mi vivienda, aunque lo comunique previamente por escrito en la próxima Junta, y sabiendo que el coste de la instalación correría de mi cuenta?
Gracias anticipadas. Un saludo,
Hola Miguel Angel, un tema tratado anteriormente en una junta de propietarios y que haya sido rechazado, se puede abordar sucesivamente en otras juntas de propietarios. Por lo tanto, vuelvan a plantear el tema de la individualización de los contadores en la próxima junta para ver si en esta ocasión es aprobado.
También puede solicitar lo que usted está proponiendo, es decir, que si el resto de los propietarios quiere mantener un único contador general, le permitan a usted realizar la instalación del suyo. En este caso infórmese primero con la compañía suministradora si autoriza este tipo de instalaciones, lo normal es que se haga de manera general para todos los vecinos y no de forma individual para una sola vivienda.
Debe valorar la rentabilidad de tener el contador individual, porque aunque usted pague por su consumo personal, no estará exento de pagar la parte proporcional correspondiente al consumo general. Al haber un único contador, le pueden obligar a seguir pagando el importe de la factura correspondiente al porcentaje de participación de su vivienda.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenos dias,
Tengo la siguiente duda. Formo parte de un edificio, sin comunidad se propietarios creada, y al vivir en un bajo tengo acceso directo a mi vivienda con contadores individuales y no hago uso de los elementos comunes. Uno de los vecinos me ha comentado que la electrica obliga a actualizar los contadores y que nos tenemos que repartir el gasto entre los vecinos o nos cortaran la luz. Yo tengo los contadores actualizados en mi vivienda, en ese caso, me tendria que hacer cargo del coste?
Hola, si el contador al que se refiere su vecino es el de la escalera o el de las zonas comunes, deberían entre todos sufragar el coste de la actualización. Si su vecino se refiere a los contadores de cada vivienda, cada propietario debe hacer frente a la instalación de su contador.
Un saludo y hasta pronto.
hola vivo en una comunida de 66 viviendas, que hay un contador general y individuales en cada vivienda y otro comunitario en la piscina y la duda que tengo es que hay muchos vecinos sobre 20 que no tienen visible el individual, queria saber como deberia facturar la empresa esos consumos de los contadores que no puede leer.
Hola Ricardo, cuando se refiere a que la empresa no puede leer los contadores, ¿se refiere a la empresa suministradora? Si es así, ellos deberían tener acceso a esa lectura para facturar en función de lo que venga en el contador.
Si se refiere a la administración que gestiona su comunidad de propietarios, no tendrá manera de poder tomar lectura y se tendrá que fiar de lo que le digan los vecinos de cada inmueble.
Lo normal es que los contadores pertenezcan a la compañía suministradora de agua y sea esta quien facture según la lectura.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola mi pregunta es la siguiente, soy el presidente de una comunidad de vecinos en la que, dentro de la finca, hay un local (exterior sin entrada al portal de la comunidad). Este local nunca nos ha pagado nada, a excepción del agua, y me gustaría saber si nos debería pagar algo, ejemplo: gastos de fachada, etc…?. Como he dicho nos pagaba el agua, porque el contador era lo único que tenía dentro del portal pero hace unos años, se llevó el contador y cómo el local cerró no nos preocupaba tanto, pero ahora se están haciendo unas labores de poceria y están gastando agua. Hemos ido a leer su contador y tiene datos, pero cómo sabemos si el agua que usa lo paga él o lo paga la comunidad. Es decir, al tener un contador individual en su propio local, eso significa que él paga su propia agua?
Hola, para saber si ese contador pertenece a la comunidad o es del local, deben dirigirse a la compañía suministradora de agua y pedirle un listado con los contadores que estén a nombre de la comunidad de propietarios. Ahí puede comprobar cuantos contadores tienen a su nombre. También puede comprobar si se ha incrementado el consumo de agua con respecto a períodos anteriores.
Respecto a los gastos en los que debe participar el local, dependerá de lo que digan los estatutos de la comunidad y en su defecto del uso que haga este local de los servicios comunes. Como mínimo debe abonar la parte proporcional del seguro del edificio y todo lo que esté relacionado con la conservación de la fachada.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
Hola.. en una comunidad de 10 vecinos, con todos los contadores de agua individualizados, cada contador dentro de cada vivienda, hay un piso que el propietario es el IVIMA, y en esa vivienda esta realojada una familia que llevan mas de dos años cobrándole el recibo del agua con un consumo estimado no un consumo real desde hace dos años… por no poder acceder a dicha vivienda (por no encontrarse en el domicilio, por no abrirle, etc..) el operario del canal cuando ha venido a tomar la lectura….. mi pregunta seria esa diferencia entre el consumo estimado y el real de esa vivienda durante estos dos años, ¿quien la esta pagando todos los vecinos?… y en este caso que se puede hacer para que esa vivienda le pongan al dia su consumo real…. gracias
Hola Jose, esa diferencia (entre consumo real y estimado) no la están pagando los vecinos de su comunidad, si así fuese, la empresa suministradora de agua estaría cometiendo un fraude, puesto que les estarían cargando un consumo que no les corresponde.
Esas variaciones las está asumiendo la empresa suministradora. El día en el que puedan entrar a esa vivienda a verificar el contador, emitirán una factura por la diferencia existente.
No obstante, usted puede comprobar si la lectura de su contador se corresponde con la lectura que aparece en la factura y con el importe facturado.
Un saludo y hasta pronto.
Buenas tardes.
Soy propietario de un trastero en una comiunidas de vecinos (8 pisos y 10 trasteros, no todos los titulares de pisos tienen trastero y gente que no tiene piso tiene trasteros). Hasta hace una año había instalado un contador de luz para dar servicio a 5 trasteros , entre el que esta el mío. Desde hace un año el titular del contador paso a ser de la comunidad de vecino, y el importe de la luz se divide entre los 5 trasteros, debido a un aumento comsiderable de la luz, quiere dejar a mi trastero sin luz, y no participar en el consumo de ese contador y dejar de abonar el importe del mismo. El administrador me dice que no puedo darme de baja y que tengo que seguir pagando aunque desconecte La luz. Quisiera saber que tendría que hacer para dejar de pagar y dar,e de baja.
Un saludo
Hola Rubén, su administrador lleva razón. Cualquier gasto y mantenimiento de un elemento comunitario debe afrontarlo el conjunto de los propietarios.
También es cierto que el uso de un trastero es para almacenar cosas y que no pueden realizarse actividades de ningún tipo ni tener enchufadas aparatos eléctricos, como frigoríficos, neveras…
Para que cada vecino abone el consumo real, puede proponer instalar contadores individualizados que midan el consumo de cada trastero.
Si esta opción no fuera viable pueden instalar un temporizador en el cuadro eléctrico.
Un saludo y hasta pronto.
Hola mi consulta es la siguiente por dos recibos que deje de pagar por no encontrarme en el domicilio por un tiempo tiene derecho la compañía de agua a quitar mi contador está en la ley , ya que me obligaron a poner otro y me cobraron 160 € más la dos facturas ellos me dijeron que fue por no pagar los dos recibos , la duda es si sería la compañía o la comunidad porque no lo entiendo muchas gracias un saludo
Hola María, si la compañía suministradora de agua ha seguido todo el procedimiento legal para dar de baja su contador, aunque sea por un recibo, pueden dar de baja su contador.
La única entidad que puede dar de baja un contador de agua es la empresa suministradora del agua, nunca la comunidad de propietarios.
Un saludo.
Buenos días, hace unos días con la empresa que nos factura el agua caliente y la calefacción, que se dió cuenta que tenía consumo de calefacción pero no de agua caliente, nos percatamos que el contador del agua caliente que da servicio a mi piso no funcionaba, por lo que me dijeron que tenía que cambiarlo, me ha dicho el administrador que el coste de su reposición lo tengo que sufragar yo que, aunque no esté dentro de mi propiedad está en el descansillo, es de uso privativo mío, como el telefonillo que si se estropea también lo tengo que reparar yo, pero yo ni he manipulado dicho contador, está en un armario del que yo no tengo llave, ni he sido responsable de su mal funcionamiento, es una vivienda de nueva construcción, llevo viviendo 1 año asi que estoy segura que no ha funcionado nunca, la vivienda lleva construida 5 años, asi que tampoco se puede reclamar ala constructora que, por otro lado ha quebrado
Quería saber si es correcto lo que me ha dicho el administrador antes de tomar una decisión
En la última junta de la comunidad se fijó que a un propietario que se le había estropeado una válvula, se le cambiara y lo sufragara la comunidad
Hola Edurne, aunque el contador de agua esté instalado en el cuarto de los contadores de agua y pertenezca a las zonas comunes de la comunidad de propietarios, el aparato es de uso privativo y es usted la responsable de su mantenimiento y buen funcionamiento.
Si por los motivos que fuesen usted tiene esa vivienda sin usar tres años, puede dar de baja ese contador y la comunidad de propietarios no puede impedírselo. El contador es suyo y puede hacer con el «lo que usted quiera» (dentro de la ley y sin perjudicar al resto de vecinos).
Respecto a la válvula que la comunidad reparó del vecino, habría que ver donde estaba situada, a que tipo de instalación pertenecía y los motivos por los que tuvieron que cambiársela. En principio y exceptuando los contadores, el mantenimiento de las instalaciones existente hasta la vivienda pertenecen a la comunidad de propietarios, aunque el uso sea personal de cada inmueble.
Cuando adquieran un inmueble, incluyan en el contrato de compra venta una cláusula donde se detalle la responsabilidad del vendedor en el estado de las instalaciones y sus contadores. Verifiquen que todas funcionan correctamente. De esa manera evitarán problemas futuros al entrar en la vivienda.
Esperamos haberla ayudado.
Un saludo y hasta pronto.
En mi finca hay un único contador de agua comunitario. Somos tres vecinos que pagamos y el típico vecino moroso que pasa de todo y no paga nada. Han dejado el piso y se han ido a otro, son propietarios legales del piso. Han dejado una deuda pendiente y como en la factura del agua se paga también el alcantarillado, su alcantarillado y su consumo mínimo que nos cobra facsa lo pagamos el resto de vecinos. Si el contador comunitario va a nombre de la comunidad ¿podemos dar de baja el suministro en esa vivienda?
Hola Joana, lamentamos esta situación.
Si tienen un único contador, es porque existirá una única tubería general que viene desde la acometida de la calle y da servicio a su edificio. De ese contador general saldrán cuatro tuberías individuales para cada una de las viviendas. Si la instalación es así, no podrán dar de baja el suministro de esa vivienda porque para ello, deberían dar de baja el suministro del único contador.
Si la instalación es de otro tipo y pueden dar bajas individuales, al estar el contrato a nombre de la comunidad, entendemos que Facsa no les va a poner inconveniente para proceder a dar de baja ese suministro.
Como siempre recomendamos la instalación de contadores individuales. De esta forma, cada vivienda pagará lo que realmente consuma.
Un saludo y hasta pronto.
Gracias por la información que nos ha facilitado, nos servirá de gran ayuda.
Hola voy a entregar mi piso por impago y me piden que suprima todos los servicios …También debería suprimir el servicio del agua cuento con un contador individual y como se realiza esta gestion soy de Madrid. Gracias
Hola Jose, según hemos visto, la entidad que gestiona el agua en Madrid es el Canal Isabel II. En su página web hay un apartado para realizar la gestión de la baja del contador de agua. Si pincha en el siguiente enlace, puede seguir los pasos y dar de baja a su contador httpss://oficinavirtual.canalgestion.es/recytal/public/identificacion_usuario.htm
También disponen de un teléfono gratuito por si desea hacer alguna consulta, 900 365 365.
Esperamos haberle ayudado.
Un saludo.
Hola, mi nombre es Vicente Colom y actualmente soy presidente de una comunidad horizontal (algo estraña)me explico.
Hace unos siete años ,adquirí una parcela de un solar (calificado como urbano)para poderme construir mi propio chalet ,que en el permiso de construccion,planos basicos y de ejecucion y, final de obra del ayuntamiento (Santa Margarita,en Palma de Mallorca)viene como chalet unifamiliar aislado.
Se trata de un gran solar parcelado en parcelas de entre unos 500 ó 600 metros cuadrados de los cuales se ceden parte de cada parcela para la existencia de viales para la entrada a estas parcelas.
Cada parcela tiene su punto de conexion para contador de luz y telecomunicaciones(telefono),pero no para agua.
pues cuando mi constructor solicito ,a la compañia de agua mi correspondiente contador de obra ,como hicimos con el de la luz,nos comunican que hay un solo contador comunitario y que debia ponerme en contacto con la comunidad de vecinos.
Al informarme con otros vecinos resulta que,hay cerca de unas cuarenta o cuarenta y cuatro ¨posibles¨construcciones de chalets de las cuales hay actualmente con la mia (construidas),nueve ,algunas son pareados porque por metros esta permitidas dos viviendas y dan a dos viales.
todas las parcelas tienen un punto de engache(Sin contador)del cual pueden abastecerse y el contador comunitario esta a nombre del hijo del promotor de la constructora que hizo esta urbanización.
el contador tenia una deuda con este señor y queria que antes de ponerlo a nombre de la comunidad,(que constituimos en su momento ,hace unos seis años)pagasemos esa deuda.
Las facturas de agua llegan a nuestro administrador de comunidades ,a nombre de ese señor e incrementando en ella cuarenta canones de impuestos(como si estuviera todo costruido) ,con lo que un minimo consumo de agua se nos va por las nubes.
Las tuberias depues de salir del contador comunitario ,llegan a las parcelas por medio de esos viales y al haber (por mala construccion)muchas veces fugas ,que a su vez hemos ido arreglando,tambien aumenta exageradamenteesas facturas.
Ejemplo una factura con un consumo de 3000 euros,8117 metros cubicos,al aplicarle impuestos se transforma en10000 y una con 400 euros de consumo ,1094 metros cubicos(no habia fugas) en 850 euros.
Por todo esto se intento llegar a razones con la compañia del agua y que rregularizara esto como toca y mientras se fuese cobrando al menos lo que se consumia ,ya que los que vivimos pusimos a la salida de nuestras viviendas un contador(por cuenta nuestra).
Entre fugas y lo que se consume ,que aunque sea poco y aplicando estos impuestos se desorbita ,le deuda asciende a unos 80000 euros y con la nueva ley se han llevado el contador y funcionamos llenando los aljibes con camiones de agua potable.
mi pregunta es: ya que no tenemos deuda reconocida ni firmada ,(la deuda esta a nombre del hijo del promotor) ¿podemos pasar tubos hasta el contador comunitario y pedir individualmente un contador por cada vivienda costruida?¿nos lo pueden negar?
Aparte de todo esto ¿puede tener contratado un contador alguien sin tener cudula de habitabilidad?que ni siquiera esta a nombre del constructor de la urbanizacion ni de nadie que sea propietario de una parcela? o debia ser contador de obras.
Muy agradecido y espero desesperadamente alguna respuesta que nos pueda ayudar.
Mucahs gracias.
Vicente Colom.
Hola Vicente, hemos leído su caso y le aconsejamos que entre todos los propietarios contraten a un abogado para que estudie la obligatoriedad de pago de la deuda del hijo del promotor y todo el caso en su conjunto. Sin documentación y sin la legislación local no podemos ayudarle con este tema.
También le aconsejamos que lo ponga en conocimiento de las autoridades municipales. Ustedes son vecinos de un municipio y el ayuntamiento tiene la obligación de ayudar a sus ciudadanos.
No obstante la compañía suministradora de agua debe ofrecerles una solución. Si tienen una vivienda legalizada, la compañía de agua tiene la obligación de suministrarle agua.
Esperamos que
Hola de nuevo ,y no me podriais orientar de si veis algo irregular en todo lo que e escrito?,nos seria de gran ayuda el podernos orientar en algo donde agarrarnos.sea los impuestos que se cargan,sea ese supuesto contrato del contador de agua a nombre del hijo del constructor.
y con la compañia de agua se a propuesto y dicho todo de palabra ,no hay ningun documento ni notificacion hacia la comunidad(no hay ninguna aceptación de deuda por parte de la comunidad)
muchas gracias.
Hola Vicente, efectivamente vemos irregularidades en todo este caso y también vemos que la compañía suministradora no está actuando como debe.
A la comunidad de propietarios no le pueden obligar a asumir una deuda que no le corresponde y no deben permitir que la compañía suministradora les coaccione como paso previo para darles suministro de agua.
Nuestro consejo es que se pongan en manos de un abogado y reclamen por la vía correspondiente el suministro al cual tienen derecho.
Si nosotros fuésemos propietarios de esas casas, no toleraríamos esa situación e iríamos a reclamar amparo a todos los estamentos e instituciones pertinentes.
Un saludo.
Buenas tardes,
Tengo una propiedad que es de uso vacacional. En mi comunidad de propietarios existe un unico contador de agua para todos los inmuebles, y, segun tengo entendido, ningún vecino tiene contador individual. La cuota correspondiente a los recibos comunitarios tienen por tanto el agua incluida y me parecen excesivas. Por lo que me he informado, no estoy obligada a pagar el agua de manera comunitaria y tengo derecho a instalarme un contador de agua individual. La mayoria de vecinos son de edad avanzada y es su residencia habitual, por lo que no quieren cambiar a contadores individuales. ¿Es cierto que puedo instalarme un contador de agua individual yo sola? ¿Cuales son los pasos legales que debo seguir? ¿Supone realmente un ahorro teniendo en cuenta los gastos de instalacion, mantenimento… etc.? ¿Y cuales son las empresas donde podria dirigirme para que me instalen dicho contador? Muchas gracias por adelantado y saludos.
Hola M Carmen, lo primero que tiene que confirmar es que la empresa suministradora de agua le permite instalar de manera individual un contador de agua. En algunos municipios, establecen la condición de que deben instalar los contadores individuales todos los propietarios, en caso contrario no se autoriza.
Si la empresa suministradora le autoriza, debe solicitar permiso a la comunidad. La comunidad de propietarios no puede negarse, pero si puede establecer las condiciones de la instalación en cuanto a ubicación y lugar por donde debe realizarse la acometida.
Aunque instale su contador, debería abonar los gastos de agua que se deriven de usos comunitarios: limpieza, riego… Si no hay instalado un contador general, tendrá que acordar con la comunidad la entrega de una cantidad determinada.
Respecto a si es rentable realizar este tipo de instalaciones, dependerá del coste inicial, pero en cualquier caso, nosotros opinamos que cada persona debe abonar los gastos propios y nadie debe pagar la luz o el agua que cada uno consume en su vivienda.
Para realizar la instalación debe ponerse en contacto con la empresa suministradora para que le emita un informe previo donde se detalle la ubicación del contador. Una vez tenga ese informe, puede hablar con cualquier empresa de fontanería. Solicite presupuestos, compare y elija el que mas le guste.
Saludos y hasta pronto.
Hola soy propietario de una casa donde yo vivo con mi famila. En la parte atras de mi casa hay tres apartamentos que alquilo. tengo uno solo contador de agua ya que no hay division horizontal y que los apartamentos son parte de la casa. Ahora la compania de agua me quiere obligar a installar un contador separado por cada apartamento sino me van a cortar el agua !! Tienen derecho a obligarme a crear una division horizontal y instalar un contador por cada aprtamentos ?? que son mis recursos ?
muchas gracias
un saludo
freddy
Hola Freddy, si sobre el conjunto de los inmuebles hay una sola escritura, solo debería tener un único contador. Lo que debe preguntar es el por qué quieren «obligarle» a instalar un contador por cada vivienda y en donde viene establecida la obligación de hacerlo.
Saludos y hasta pronto.
PREGUNTA. Vivo en un edificio de 3 pisos y tiene un solo contador, pero solo utilizo el agua 1 o 2 veces cuando me baño y me están cobrando casi todo el recibo, existe algún aparato que yo pueda instalar para medir el consumo solo de mi apartamento y así calcular cuanto debería pagar, ya que quiero sustentar el excesivo cobro que me hacen.
Agradezco su respuesta
Hola Juan, en principio y dependiendo de como fuera la instalación del suministro de agua en su edificio, usted podría instalar un contador que mida el paso de agua a su vivienda. Para que esa lectura sea válida, debe ser admitida la instalación por la comunidad de propietarios.
Resumiendo, usted puede poner el contador individual si la comunidad de propietarios le aprueba la instalación de ese contador y facturarle en función de ese consumo, pero lo mejor es que soliciten la instalación oficial a la empresa suministradora.
Saludos y hasta pronto.
Hola, cuando compre la vivienda ya tenia contador de agua individual, mi pregunta es: me puedo dar de baja de la empresa lectora de contadores de agua individual? y pagar mi parte que me corresponde del consumo por el contador general.
Hola Paco y perdone por el retraso en responderle, pero su mensaje nos aparecía en la bandeja de entrada como correo Spam.
Como poder dar de baja el contador individual, puede hacerlo cuando quiera. Otra cosa es que para recibir el agua del contador general tiene que hacer una instalación para canalizar dicho suministro hacia su vivienda y para ello tiene que tener la autorización de la comunidad de propietarios. También necesita tener la autorización para que le faciliten y le facturen el suministro procedente del contador general.
Por lo tanto, necesita tener autorización de su comunidad de propietarios.
Saludos y hasta pronto.
Hola,
a ver si me podeis ayudar con el tema de los contadores individuales.
Estoy de alquiler en un local comercial perteneciente a 3 bloques de viviendas.
Llevo aquí desde hace 4 años y en principio me quedan aún 4 años mas de alquiler, y cada 2 meses viene la presidenta de mi bloque para que le pague el agua.
El bloque 1 son 18 vecinos
El bloque 2 son 20 vecinos
El bloque 3 son 20 vecinos
El consumo de agua, unos 1500€ aprox. cada 2 meses, mas el de la luz, unos 80€, se reparte entre los 3 bloques y los 58 vecinos a partes iguales.
El problema viene como no, porque en mi caso utilizo mas bien poco el agua, tirar 2/3 veces al dia la cadena, lavarme las manos y fregar un par de veces por semana, y claro por esto pagar cada 2 meses casi 30€ me parece un robo.
Pagar yo lo mismo que el vecino de cuarto que son 6 en casa lo veo ilógico.
Em mi caso ¿me valdria la pena poner un contador individual, o valdria mas el collar que el perro?
¿Me podria llegar a compensar económicamente su instalación?
No acabo de entender a que os referís con lo de tener que continuar pagando los gastos del agua de comunidad aún teniendo contador individual.
Muchas gracias
Hola Francesc, para ver si te puede compensar económicamente la instalación de un contador individual, habría que saber el coste de esa instalación y sumarle el consumo mensual estimado. Lo que si le va a permitir el tener su propio contador es pagar aquello que realmente consume.
Cuando nos referimos a continuar abonando los gastos de agua de la comunidad es porque aunque una persona tenga su contador individual, siempre tendrá que abonar una cantidad por el gasto de agua que se genera en la comunidad para limpiar las zonas comunes, los jardines o cualquier otro uso. Si no existe un contador específico en la comunidad que registre ese consumo, ¿qué cantidad le harán pagar a usted? ¿cómo van a estimar ese consumo?. Es probable que tenga que seguir abonando lo que viene pagando hasta ahora o que alcance un acuerdo con la comunidad para pagar una cantidad determinada.
La LPH (Ley de Propiedad Horizontal) establece que los gastos comunitarios, entre los que se encuentra el consumo de agua, se abonen por defecto en función del coeficiente de participación de cada inmueble. Su comunidad de propietarios, tiene establecida la división de gastos de manera lineal, es decir, todos los vecinos pagan las mismas cantidades. Para hacer este reparto de esta manera, ha tenido que ser aprobado por mayoría en una junta de propietarios y para volver al sistema de reparto por coeficiente, habría que volver a aprobarlo en una junta de propietarios. Ahora bien, puede ser que no le interese esta última opción si su local tiene unos coeficientes de participación altos.
Mire si en los estatutos de la comunidad su local está exento de ciertos gastos. Por ejemplo, en muchas comunidades de propietarios los locales no pagan el gasto de ascensor, de limpieza… Es decir, no abona aquellos gastos en los que no se ven beneficiados de manera directa.
Por último y antes de instalar un contador individual, pediría a la comunidad de propietarios que en caso de que instalase su propio contador, le dejaran exento de pagar el gasto comunitario de agua.
Siempre la mejor solución es instalar contadores individuales. De esta forma, cada persona pagará lo que consuma y nadie le estará pagando al resto el consumo de los demás.
Saludos y hasta pronto.
Hola, hemos recibido en la finca en la que vivo, una carta de Facsa en la que nos dice que va a instalarnos un contador general.
Cada vecino tiene su contador individual de agua y no estamos de acuerdo en que vengan a instalar uno general. En la carta se nos indica que el consumo que se refleje en el general nos los repartirán proporcionalmente a cada vecino segun el consumo particular.
No entendemos la necesidad de que nos instalen dicho contador y me gustaría saber si nos podemos oponer o Facsa nos lo puede imponer.
Nuestra finca tiene un aljibe o depósito de agua.
Hola Carmen, las competencias en materia de suministro de agua están atribuidas a compañías locales, en su caso Facsa. Estas entidades dependen de la regulación municipal correspondiente, por ello, le aconsejamos que les solicite la normativa donde se recoja la obligación de instalar por parte de las comunidades un contador general, teniendo en cuenta que en su comunidad cada vecino tiene el suyo propio instalado.
Lo habitual es que las comunidades tengan su contador general. Este contador mide el consumo de agua destinado a las zonas comunes (limpieza, jardines, piscina…) pero en ninguna ley dice que sea obligatorio tener un contador general. Por lo tanto, si su comunidad no necesita ese contador, no tiene porque instalarlo.
Esperamos haberla ayudado.
Saludos y hasta pronto.
Hola, el lugar donde vivo es una copropiedad somos 8 personas una familia de 5 en la parte de abaho y arriba 2 pequeños deptos de 2 y 1 persona (yo), como debemos dividir el gasto de consumo de agua? Ya que el vecino de abajo quiere dividir la cuenta en 50% el y 25% las personas que vivimos arriba. Si me puedes ayudar te lo agradeceria mucho?
Muchas gracias!
Hola Luisa, si no están constituidos como comunidad de propietarios, la forma de repartir el gasto la pueden hacer como acuerden entre ustedes.
En las comunidades de propietarios el gasto se reparte en función del coeficiente de participación de cada vivienda. Este coeficiente se calcula en función de los metros cuadrados que cada vivienda tiene en el conjunto del edificio.
Si son tres viviendas y las tres son igual de grandes, deberían pagar 1/3 de la factura cada vivienda con independencia del número de personas que habiten en cada inmueble, pero si una vivienda es el doble de grande que el resto debería pagar el 50% y las otras dos un 25%.
La Ley de Propiedad Horizontal también permite llegar a acuerdos en cuanto a la forma de repartir los gastos. Por defecto, está establecido que sea por coeficientes de participación, pero los vecinos pueden acordar entre ellos la forma de reparto que mejor les convenga.
Esperamos haberla ayudado.
Saludos y hasta pronto.
muchas gracias!
Pero, el gasto de agua no sería por persona?, si ellos son 5 personas y pagan 50% con lavadora estarían pagando el 10% c/u, yo soy 1 persona sin lavadora, como es que debo pagar el 25% este no es la cantidad de agua que consumo. no tiene aun sentido para mi, porque el gasto se está calculando en cuestión de m2 y no del consumo de agua. no me es claro. Podrían ayudarme con esto.
Saludos
Hola de nuevo Luisa, si se rige por lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal, los gastos del tipo que sean, en su caso de agua, deben dividirse entre todos los propietarios en función de los coeficientes de participación de cada uno. Estos coeficientes están calculados en base a los metros cuadrados de la vivienda.
Como le comentamos el otro día, cada comunidad de propietarios puede establecer sus propias normas de reparto, es decir, ustedes pueden aprobar que el reparto de la factura del agua se haga por el número de personas que habitan en cada vivienda. Este método es más lógico, pero no tiene porque ser el mejor. Imagine que la vivienda en la que viven 5 personas, a la hora de asearse se duchan rápido y consumen poca agua, y para el resto de usos también emplean poca cantidad de agua. Imagine a su vez que la persona que vive sola, todos los días llena la bañera para darse un baño de espuma y pone la lavadora y el lavavajillas todos los días a media carga. Al final, el consumo de 5 personas puede ser muy similar al de una y el reparto de la factura por persona no sería equitativo al consumo real.
Por estos motivos, siempre se aconseja que cada vivienda tenga su propio contador de agua, al igual que cada vivienda tiene su propio contador de la luz o su propia factura de teléfono.
Saludos y hasta pronto.
Buenos días, en mi comunidad quieren instalar una piscina, tienen las 3/5 partes necesarias, los que no queremos piscina no nos oponemos a ello, pero lo que sí queremos es que pongan contadores de luz y agua aparte para la piscina, a lo cual se oponen y dicen que con un solo NIF de la comunidad no se puede tener más de un contador de luz y agua, también dicen que dichos servicios se cogerán de la comunidad y luego esa demasía la pagarían los que quieren piscina. Quería saber si es legal hacer eso o están obligados a poner contadores aparte.
Hola Jose, no existe una ley que diga que para instalar una piscina es necesario poner contadores independientes, pero en su caso, es aconsejable hacerlo.
Por otro lado, el tener un solo NIF no es motivo para no poder instalar más contadores, es decir, una misma comunidad de propietarios puede tener varios contadores dependiendo de las zonas o elementos de suministro dentro de la comunidad. Es lo más habitual.
Si por los motivos que sean, no instalan contadores homologados (de las empresas suministradoras) pueden instalar contadores propios que midan los consumos de la piscina (luz y agua). De esta forma, pueden descontar ese consumo de la factura general.
Esperamos haberle ayudado.
Saludos y hasta pronto.
Hola buenas tardes.
Mi duda es la siguiente. En mi comunidad existe un contador general, que donde se mide el consumo, y despues algunos vecinos tienen un contador individual.
La medida fue tomada a titulo personal por una serie de vecinos que no estaban de acuerdo con pagar por coeficiente. Hasta ahi todo bien. Yo en mi caso no tengo contador y asumo los excesos, con lo cual contibuyo con mi coeficiente al exceso en la factura.
El problema que veo, es que el administrador incurre en una serie de fallos, desde mi punto de vista.
1 El reparto de los metros cubicos totales que entran en la factura unica que el suministrador gira a la comunidad se reparten por igual independientemente del coeficiente.
2 El administrador factura al total de vecinos mas metros cubicos de los que suministra la compañia de aguas.
Para explicar el punto uno, el administrador reparte el bien a partes iguales, pero en el exceso aplica los coeficientes a la hora de pagar.
Respecto al punto 2 el administrador reparte para cada vivienda 72m cubicos, si superas esos metros te los factura. Y si no los supera queda de superhabit para la comunidad. Es decir sumando los excesos de la gente que tiene contador y el exceso facturado por la compañia. El administrador factura creo que ilegalmente una cantidad de dinero que creo no debe de abonarse. Este año correspondian 1224m cubicos y la compañia facturo al contador comunitario, que segun las escrituras de propiedad horizontal es servicio general 1448m cubicos. Con lo cual el desfase deberia de ser 224m cubicos. Ya que el agua de servicio para la limpieza ect.. no tiene contador. Y los contadores individuales han sido instalados por cada vecino a titulo particular, sin ningun control de verificacion, sin estar bajo llave y siendo suceptibles de manipilacion.
Con lo cual para mi la unica lectura valida es la del contador de la compañia, que supuestamente esta verificada su medida y seguramente precintado, sin que haya un riesgo de manipulacion.
Por lo tanto por lo anteriormente explicado, creo que no es legal o correcta la formula aplicada por los actuales administradores.
estoy en lo cierto?
Hola Iván, si hemos entendido todo bien, su comunidad de propietarios dispone de un único contador general. De ese contador general, algunos propietarios han instalado contadores individuales (no homologados) y pagan en función de la lectura de esos contadores particulares. Entendemos que de la diferencia entre la suma de los metros cúbicos consumidos por esos contadores particulares y la lectura de los metros cúbicos del contador general, el administrador les factura al resto de los propietarios una cantidad lineal (divide el importe entre el número de viviendas).
Su duda está en si es legal la forma de facturar el consumo de agua. No existe una normativa comunitaria que especifique como debe facturarse el consumo de agua, pero si está establecido legalmente que cualquier factura procedente de un mantenimiento, un suministro, una reparación, una instalación… se distribuya en función del coeficiente de participación de cada propiedad. A su vez, la ley también permite que esa distribución de gastos se haga de manera lineal, es decir, que el importe de los gastos generales de la comunidad de propietarios se distribuyan de manera equitativa entre todos los propietarios.
Por lo tanto, por defecto la distribución de gastos generales ha de hacerse en base a los coeficientes de participación, pero si la comunidad aprueba que se haga de manera lineal, perfectamente ese reparto sería legal.
Lo que no puede hacerse es que unos gastos se distribuyan de una manera y otros de otra. Si en su comunidad de propietarios, el resto de gastos se reparte en función del coeficiente de participación, el consumo de agua también debe hacerse según ese criterio.
Por otro lado, si los contadores particulares no han sido instalados por la compañía suministradora, su lectura no debería ser admitida porque carece de veracidad.
La forma de facturar 72 metros cúbicos por parte del administrador es adecuada si la comunidad ha aprobado esa forma de facturar. Lo correcto sería emitir un recibo a cada propietario en base al importe de cada factura y en función del coeficiente de participación de cada propietario. El por qué lo hace de esta manera seguramente se deba a motivos funcionales. No es lo mismo, emitir todos los períodos un recibo por un mismo importe que tener que realizar una serie de cálculos en función del consumo periódico y de los coeficientes.
Por finalizar y como siempre aconsejamos, lo que deberían de hacer es instalar cada vecino su propio contador individual (al igual que todos disponen de un contador de luz) e instalar un contador general para la comunidad. Mientras tanto, la comunidad de propietarios es de los propietarios y son ustedes los que deben decidir como quieren que se les facturen los suministros y el resto de gastos.
Saludos y hasta pronto.
Buenos días.
Tengo una duda en cuanto al proceso a seguir para conseguir individualizar el gasto en una comunidad de vecinos una segunda residencia de veraneo en MURCIA (La Manga del Mar Menor). Hay vecinos que viven todo el año allí y otros que solamente vamos en verano. De los que vamos en verano hay pisos con terraza, que hacen un gasto de agua desmesurado (riegan las terrazas con mangueras,…), pisos más grande en los que veranean 6-8 personas en cada piso y por consiguiente el gasto de agua es mayor que en pisos más pequeños de 2-4 personas.
Actualmente, el presidente y sus camaradas, que viven todo el año allí, boicotean las votaciones constantemente, al poner las reuniones en invierno, cuando solamente están ellos.
La comunidad solamente dispone de un solo contador colectivo para hacer frente a todos los gastos de agua que se dan en la comunidad:
• consumo de cada vivienda
• duchas de la playa
• piscina (ducha y piscina)
• mantenimiento de zonas comunes (limpieza, jardines,…).
Estaría interesado en proponer la individualización de todos estos gastos y que cada vecino pagase lo que gastase.
En las viviendas parece sencillo, poniendo contadores individuales; lo más complicado serían las duchas de la playa, en las que cada uno tiene una llave magnética y además las han repartido entre amigos y conocidos ajenos a la comunidad, aumentando la factura sustancialmente. He contactado con una empresa que gestiona el gasto de cada llave magnética, asociando el gasto a cada vivienda.
Para el gasto del agua de la piscina y el gasto de las zonas comunes entiendo que se debería poner un contador único, y considerar estos gastos como gastos comunes de la comunidad y pagarlo entre todos.
Así que al final tendríamos dos contadores individuales, cuyas lecturas se pasarían a cada vecino, descontándose estas del total, y un contador comunitario que pagaríamos entre todos.
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola Antonio, la propuesta que plantea es la más adecuada.
Al igual que cada vivienda tiene su propio contador de luz, también debe disponer de un contador individual de agua. De esta manera cada persona que consuma y pague lo que quiera.
Lo habitual en las comunidades de propietarios es que cada vivienda/local disponga de su contador individual y que la comunidad tenga su contador general. Este contador general registrará el consumo de agua destinado a las zonas (jardines, limpieza…) y elementos comunes (piscinas, duchas…)
La factura correspondiente a ese contador general la abonará la comunidad de propietarios.
Saludos y hasta pronto.
Buenos días, muchas gracias por su contestación, pero lo que estaba buscando era si por favor, podrían darme referencias legales o algo similar para poder luchar contra el administrados actual y sus camaradas, y iniciar los tramites de instalación de estos contadores.
Muchas gracias.
Un saludo
Hola de nuevo Antonio, nosotros no conocemos una normativa que regule esa materia y estamos casi convencidos de que no existe. Por lo tanto se tiene que atener a lo establecido en la LPH (Ley de Propiedad Horizontal) o a los estatutos de su comunidad de propietarios en cuanto a las mayorías exigidas para la instalación, cambios o modificaciones de suministros o elementos comunes.
Por otro lado, le aconsejamos que se informe de las normativas locales en esa materia. Cada municipio exige unos requisitos distintos a la hora de realizar instalaciones en viviendas de contadores individuales.
Saludos y hasta pronto.
Hola, buenas tardes. Le agradezco que me informe sobre qué derecho tengo ante la siguiente situación. Se trata de una finca urbana que se está explotando como rústica y que tiene plantación actual, que requiere agua con cierta frecuencia (árboles frutales y viñedo). Dicha finca ha sido dividida tras una separación de bienes previo a un divorcio (entre mis padres después de su fallecimiento, propiedad en común de su matrimonio, correspondiendole la otra parte de la finca a unos hijos que tuvo en una relación extra-matrimonial). Encontrándose localizado el contador del agua y la entrada de agua en la parte que no nos ha correspondido. No tenemos buena relación con ellos y ahora han cerrado la entrada del agua. Se niegan a que domiciliemos el contador a nuestro nombre y que paguemos incluso los recibos de las dos partes. La empresa de agua nos comenta que probablemente tenemos que poner un nuevo contador y pagar una nueva tubería a pesar de que exista desde hace bastantes años, siendo su recorrido bastante largo..y el presupuesto que nos han dado es bastante elevado.
Le agradezco me informe si tengo algún derecho y cuales son los puntos que debo presentar. No aparece ningún punto que hable del contador en común en los informes que tengo en mi poder.
Hola Isa, lamentamos mucho no poder ayudarla con este caso, pero no somos abogados y por lo que hemos leído su caso requiere de la actuación de un letrado.
Nosotros estamos especializados en la gestión de comunidades de propietarios y su caso está relacionado con división de terrenos y propiedades independientes.
Entendemos que va a tener que realizar una nueva instalación de agua, pero nuestro consejo es que lo hable con un abogado.
Gracias de todos modos por contactar con nosotros y esperamos que se solucione pronto su caso.
Saludos.
Hola vivo en una comunidad de 99 viviendas hay vecinos que han puesto contador y otros no.Mi pregunta es los que tienen contador y no consumen deberían de pagar la parte de impuestos no ?. Gracias.
Hola José, el consumo de agua del contador general de la comunidad debe ser abonado por la comunidad de propietarios, con independencia de que cada propietario tenga un contador individual en su vivienda.
Ahora bien, su comunidad ha podido llegar a un acuerdo por el cual toda persona con un contador individual queda exenta del pago de la parte proporcional de la factura del contador general, dividiéndose el importe correspondiente de esa factura entre el resto de propietarios sin contador individual.
Si este es el caso, los propietarios con contadores individuales quedarían exentos de todo lo relacionado con esa factura, tanto de la parte correspondiente de consumo como por lo que se factura por impuestos o tributos.
Por otro lado, la comunidad de propietarios también ha podido aprobar que los propietarios con contadores individuales abonen la parte correspondiente a los impuestos.
Resumiendo, la factura procedente del contador general debe ser abonada por la comunidad (por todos los propietarios) a no ser que se apruebe por parte de la comunidad de propietarios otra forma de repercutir ese gasto. Llegado ese caso, se puede aprobar que parte de la factura es asumida por unas y otras partes.
Esperamos haberle ayudado.
Saludos y hasta pronto.
Buenos dias
En mi comunidad hay un contador General y 20 Individuales (UNO por vivienda)por lo que a la comunidad SE le factura la diferencia . queremos darnos de baja en la factura de la comunidad porque el consumo SE a disparado y no sabemos porque,ya que no gastamos practicamente nada de agua y nos dice la compania suministradora que no es posible porque tendria que dar de baja todo el suministro que Entra a la urbanizacion y las casas SE quedarian sin agua, al igual que si no pagamos la factura de la comunidad nos cortarian el agua a todos
Wurden obligarnos a mantener la FAtura de la comunidad? Y si no la pagamos,wurden cortarnos el agua a todos los propietarios?
Gracias por todas las respuestas,ein muy interessantes
Saludos
Hola Maria,en general todas las comunidades tienen un contador propio, llamado contador general. De el se coge el agua para fregar, regar… y el importe se incluye en los gastos generales de la comunidad. Por lo que nos dice, entendemos que cuando llega la factura del agua en su comunidad, lo que hacen es dividir el importe entre todos los vecinos.
Por lo que podemos deducir son una urbanización de casas donde compartirán algunos gastos comunes, entre ellos el del agua. Si no necesitan ese contador para nada, perfectamente pueden darlo de baja. A nadie se le puede obligar a tener un contador. No entendemos porque la empresa suministradora les dice que no pueden hacerlo. La explicación que le da la compañía de agua no tiene lógica. A las urbanizaciones llega el agua por una tubería general y de ahí pasa a cada uno de los contadores. En función del consumo se abona la factura. Si quitan el contador de la comunidad, el resto seguirá facturando.
Le aconsejamos que soliciten la baja por escrito y en base a su respuesta actúen.
En relación a si pueden dejar de pagar la factura siempre pueden hacerlo y no pueden cortarles el agua a los que si pagan, es decir, al resto de las viviendas. Es como si viven en un edificio y la comunidad no paga el recibo de la luz. No habrá luz en la escalera pero si cada vecino paga la luz de su vivienda, la compañía eléctrica cortará la luz de la escalera, pero nunca podrá dejar sin luz a las viviendas. Son contadores diferentes y clientes diferentes.
El dejar de pagar algo es ilegal y nosotros no vamos a recomendar nunca hacer algo en contra de la ley. Además lo que dejen de pagar siempre se les reclamará.
Esperamos que todo se solucione cuanto antes.
Saludos y hasta pronto.
Hola, mi caso es el siguiente:
Vivo en una planta baja con 4 pisos encima. Somos 5 en la familia, uno de los pisos está por vender, en otros 2 vive una sola persona y en otro viven 3 personas, pero eventualmente son 5. La comunidad aún no está constituida y todavía está el contador de agua de obra. El resto de vecinos quiere que pagemos la factura del agua por habitante, con lo cual yo correría con los gastos de la mitad de la factura. Evidentemente no me parece justo ya que es imposible determinar el gasto de cada habitante y pagaría casi el triple de lo que pagaba en mi anterior vivienda gastando lo mismo. Mis vecinos no quieren poner contador individual (la empresa nos pide 500€ y no nos permite poner un contador solo para nosotros). Según las escrituras mi cuota de copropiedad es del 31% ya que tengo más metros que el resto de vecinos y es hasta donde yo estaría dispuesto a pagar (el 31% de la factura). Al no tener la comunidad constituida no tenemos estatutos, ni nif ni cuenta bancaria el promotor paga la factura pero ya hemos tenido problemas y el mes pasado nos cortaron el agua.
Ya sé que lo mejor es constituir la comunidad y poner contadores individuales pero los vecinos no están por la labor de ninguna de estas dos cosas.
¿Pueden obligarme a pagar la mitad de la factura? Hay que tener en cuenta que una parte de la factura es de impuestos y no de consumo.
¿Cuando la ley habla de vecinos se refiere a viviendas o a la gente que vive en ellas (entiendo que gente empadronada?
Hola Paco, lo primero que le aconsejamos es que constituyan una comunidad de propietarios y redacten unos estatutos. Si no crean una comunidad difícilmente la empresa suministradora de agua les va instalar un contador de agua y si lo hiciera tendría que ser a nombre de algún vecino. Todo contador va asociado a un CIF o a un NIF.
Por otro lado, nadie le puede exigir pagar la factura de agua por habitante. En el caso de existir un único contador general para todo el edificio, cada inmueble debe abonar una parte proporcional según el coeficiente de participación que aparezca en sus escrituras. En su caso, debe asumir el 31% de la factura.
Para evitar este tipo de situaciones la mejor opción para todo el mundo es instalar un contador individual para cada vivienda. Cuando en alguna comunidad hemos tenido casos similares al suyo, les ponemos el ejemplo del suministro eléctrico. ¿Alguien se imagina tener un único contador de la luz para toda la comunidad y para todos los vecinos? Evidentemente la respuesta es no. ¿Por qué con el agua si se acepta tener un contador general y para el suministro eléctrico no? Ambos son suministros de los que cada persona tiene el derecho a consumir lo que le venga en gana y por lo tanto de pagar lo que cada uno quiera consumir. Nadie puede obligar a otra persona a pagar el consumo de otros.
Resumiendo:
1. Constituyan y den de alta la comunidad de propietarios. De otra manera dudamos que le den de alta en cualquier suministro.
2. Nadie le puede obligar a pagar por habitante. Todos los gastos generales de la comunidad se abonan según el coeficiente de participación de cada vivienda o en su defecto de manera lineal, es decir, el total de las facturas dividido por el número de viviendas.
Esperamos haberle ayudado.
Saludos y hasta pronto.
Sí, me habéis ayudado. Ahora estoy seguro de que no se pueden dividir los gastos por habitante, que por otro lado es lo que yo pensaba.
Me ha surgido otra duda, ¿los gastos fijos del contador de obra (cánones, impuestos…) son mayores que los de un contador normal? ¿y los de el consumo de agua?
Muchas gracias.
Hola Paco, los gastos fijos del contador de agua, dependen del tipo de edificación, pero suelen ser mayores que los de un contador normal.
Los gastos del consumo dependen del uso que se realice, pero se suele facturar con la misma tarifa que los de un contador normal.
Saludos.
Al final la reunión fue bien, los vecinos habían cambiado de opinión y todos quieren contador individual (no sé quien les convenció, pero haciendo números estaba claro). Tendremos que pagar 500 € por piso, este es el principal problema, y efectivamente con el contador de obra pagamos el agua a precio de oro. Ya estamos en trámites para constituir la comunidad.
Un saludo y gracias.
Nos alegramos mucho de que todo se haya solucionado.
Mucho ánimo y hasta pronto.
Buenas!!
En mi comunidad de propietarios (140 vecinos) se aprobó por unanimidad la instalación de contadores individuales. Se delegó en una junta rectora la elección del presupuesto que creían más conveniente y así se hizo. En la comunidad conviven inmuebles de muy distinto coeficiente de participación (desde 18m2 a 150 m2).
Mi sorpresa surge cuando, sin acuerdo de la comunidad que lo justifique, el coste de la obra se reparte entre todos los inmuebles en igual importe (sin atender al coeficiente de participación). Creo que es un daño hacia los propietarios de los inmuebles más pequeños.
¿Es esto correcto?
Muchas gracias por su atención.
Hola Carlos, hay ciertas actuaciones en una comunidad que pueden prorratearse a partes iguales. El coste de la instalación de contadores es independiente de los metros cuadrados de la vivienda y de sus coeficientes. Si está aprobado en junta de propietarios, la comunidad puede exigir el abono equitativo de la instalación a todos los propietarios.
Saludos.
Hola, vivo en una comunidad de Propietarios con un contador general, como suele pasar en estos casos, es injusto el pago del agua por vivienda, ya que hay un par de viviendas donde solo habitamos una o dos personas, y en otras habitan 4 o 5, por lo tanto el gasto no es el mismo.
Me gustaría poner un contador individual en mi vivienda, a lo que la empresa suministradora de mi zona no tiene problema en ello ni me exige que se instalen en toda la Comunidad, pero me solicitan que se convoque Junta de Propietarios, se apruebe en Acta, y una vez aprobado, lleve el acta para proceder a poner un contador individual en mi vivienda.
Por lo que tengo entendido, yo puedo proponer la puesta de un contador individual en mi vivienda, y no debe de ser negado en la Junta al efecto, pero en el caso de que si me lo nieguen, ya que el presidente no tiene buena relación conmigo, ¿qué podría hacer? ¿Qué pasos tendría que seguir, ya que es mi derecho? Yo no obligo a nadie, sino que quiero que se ponga en mi vivienda unicamente.
Y en el caso de que se aprobase, se me instalase un contador individual en mi vivienda, tendría que seguir pagando la factura del contador general igual que antes, por el tema de uso de agua para zonas comunes ¿en el mismo porcentaje que anteriormente o en algún porcentaje menor por pagar yo mi factura de agua individualizada? .
Muchas gracias por su tiempo!
Saludos,
Hola, si todos los propietarios no instalan un contador individual, le recomendamos que no instale uno para su uso personal porque tendrá que seguir pagando la parte proporcional que le corresponda, tal y como ha venido haciéndolo hasta ahora.
Por otro lado, si la empresa suministradora le exige que la instalación de su contador sea aprobada en una junta de propietarios por la comunidad y presente ese acta, obligatoriamente tendrá que hacerlo.
Si la comunidad se lo negara, la única opción que le quedaría sería acudir al juzgado para que sea un juez el que dictamine sentencia.
Esperamos haberle ayudado. Insistimos en que si no ponen contadores todos los propietarios no es rentable instalar uno de uso particular.
Saludos.
Hola soy Javier !
Mi comunidad era un complejo turístico , tenemos un contador común para el agua y luz. Hace unos 8 años se dividió en dos comunidades, aunque en los estatutos de ambas , se indica que los contadores de luz y agua son comunitarios. Se dividieron en dos, ya que eran 3 terrenos que se agruparon con una piscina en medio, y para vender los apartamentos por separado, era más fácil gestionarlo así, comunidad de arriba y comunidad de abajo. El problema está en que ahora la comunidad de abajo quiere anular el contador comunitario y hacer instalaciones de luz y agua por separado. Y nos han advertido de que nos dejarán sin luz , si no hacemos lo mismo. También que no utilicemos más una estación de bombeo que pertenece al complejo y que utilizamos ambas comunidades , que se encuentra en la parte de abajo, donde está la otra comunidad. Mi pregunta es , si pueden anular nuestra instalación de luz y agua , y obligarnos a dejar de usar la estación de bombeo ?. Cuando hasta fecha de hoy, pagamos por partes iguales las dos comunidades, los gastos de agua y luz del complejo y también cualquier avería o mantenimiento comunitario de desagues e estación de bombeo.
Saludos y muchas gracias !!
Hola Javier, por ser directos y rápidos en su respuesta, le diremos que pueden dar de baja los contadores de luz y agua si están puestos a nombre de esa comunidad con independencia de que ustedes estén abonando parte de la factura de esos contadores.
Imagine que usted y nosotros vivimos en una casa que en su momento decidimos dividir en dos plantas. Los contadores están a nuestro nombre y cuando decidimos dividir el inmueble acordamos que ambos pagaríamos las facturas a partes iguales. Ahora por los motivos que sean, no nos interesa seguir con esos contadores y quiero darlos de baja. Como están a nuestro nombre las compañías ejecutarán la orden de corte y usted aunque haya estado pagando parte de la factura no podrá hacer nada para impedirlo.
¿Cómo puede solucionar esto? Hablando con las compañías de luz y agua e instalando un nuevo contador para su comunidad.
Por otro lado está el tema de la estación de bombeo. Habría que ver como se constituyeron las comunidades y a quien pertenece esa estación. Si pertenece a la otra comunidad, poco pueden hacer si no hay establecido nada al respecto. Deberían intentar alcanzar un acuerdo beneficioso para ambas comunidades. Si no fuera posible, tendrán que ser las autoridades competentes las que medien en el asunto.
Si necesita algo más, ya sabe donde puede consultarnos.
Saludos y hasta pronto.
Hola !
Muchas gracias por su pronta respuesta. Lo único que ,legalmente en Baleares ,la conversión de un complejo turístico de apartamentos en de ,uso residencial, no es un trámite fácil y tanto nuestra comunidad como la de abajo se nos ha denegado el cambio. En la separación de las comunidades en propiedad horizontal, que tengo mis dudas que sea legal, tanto en nuestros estatutos , como en los de la comunidad de abajo, se indica que hay unos contadores comunitarios para ambas comunidades y que en un futuro estarían los propietarios obligados a poner contadores individuales. Pero , entiendo yo, que se debe hacer un proyecto conjunto y no porque en la comunidad de abajo tengan la instalación de todo el complejo de luz y bomba de impulsion, puedan decidir por las buenas eliminarnos del suministro. Ya que entiendo yo, que a efectos » legales » sigue siendo un solo complejo turístico y una sola unidad. Y que toda la instalación de tuberías , servicios comunes,etc. Se construyeron en su día para todo el complejo, y que aunque funcionen , para facilitar la gestión de las mismas, en dos comunidades, siguen estando unidas por todos los servicios comunes que en su día se construyeron parar tal fin.
Esa era mi duda y no veia muy claro que pudieran contar la luz , ya que a efectos legales sigue siendo un complejo turístico y la administración no está mucho por la labor de facilitar las gestiones para cambiar su uso.
Muchas gracias,
Javier
Hola de nuevo Javier, la verdad es que lo tienen algo complicado. Al no estar constituidos como comunidad no pueden ejercer como tal y por lo tanto tampoco pueden dar de alta de manera individual los suministros de luz y agua.
Lo único que podemos recomendarle es que contrate los servicios de un abogado para que intente normalizar todo esta situación y defienda sus derechos.
Buena suerte y hasta pronto.
Saludos.
Buenos días,
Muchas gracias por su respuesta.
Resulta que la compañía suministradora factura según la lectura del contador general que está en la entrada del edificio, ya que por lo visto los contadores individuales están en los pisos y sólo sirven para controlar el consumo (digamos que el contrato con la compañía suministradora no es individual de cada vivienda sino que es un contrato único para toda la finca).
En este caso, ¿cómo podríamos establecer una forma válida de pagar el consumo de agua? Descartamos el contratar contadores individuales por un tema de presión y de costes y el pago según coeficiente de participación ya que algunos vecinos no viven allí y tampoco responderían al pago.
Saludos.
Hola Sylvia, en tal caso, la única opción que se nos ocurre para validar y verificar la lectura de los contadores de cada vivienda es que los propietarios envíen en cada período de facturación una fotografía de su contador. De esta manera la única opción que les queda a los propietarios que quieran hacer «trampas» es falsificar la fotografía del contador.
En cuanto al importe a pagar por cada vecino, debería ser equitativo al consumo de los m3 de cada vivienda.
Saludos y hasta pronto.
Buenos días, en nuestra comunidad existe un contador de agua general y cada vivienda tiene contadores individuales para poder dar la lectura del consumo cada vez que lo pide el administrador para entregarnos una factura individual. El problema está en que algunos propietarios o no dan su lectura o la dan demasiado tarde ( o incorrecta). El administrador hace la siguiente cuenta:
– suma todas las lecturas (salen X m3)
– divide el total a pagar de la factura € entre los X m3 resultantes anteriores (sale un precio «ficticio» €/m3)
– ese precio del agua lo multiplica por la lectura que cada propietario ha dado
Con este sistema, he llegado a pagar el m3 de agua de 2€ a 7€, lo que ha triplicado a veces el importe de mi factura de agua y me he negado a pagarlo, ya que este sistema es una manera encubierta de pagar no sólo mi consumo, sino el de los demás vecinos. El administrador además se niega a enviarme las copias de las facturas de la empresa suministradora para que yo pueda comprobar a qué precio nos cobran el m3. ¿Es correcto este sistema? ¿Puedo de alguna manera conseguir pagar sólo por lo que consumo ya que tenemos contadores que cuentan el paso de agua por vivienda? Gracias.
Hola Sylvia, el sistema de cálculo empleado por su administrador es correcto, pero sin embargo no es válido. No vale como sistema de pago puesto que no se pueden verificar las lecturas facilitadas por cada uno y por lo tanto la veracidad del consumo.
Si cada propietario tiene su contador individual de agua, cada uno debería tener domiciliado el pago con la compañía suministradora de agua o en su defecto cada uno debería de pagar por el método de pago que quisiera su consumo de agua. El funcionamiento con el consumo de agua sería el mismo que es que se realiza con el suministro eléctrico. Cada propietario tiene su contador y paga en función de su uso. A parte existe un contador general para dar servicio a las zonas comunitarias.
Si usted tiene su propio contador, hable con la empresa suministradora para que le facturen a usted el consumo de su contador.
Saludos y hasta pronto.
Buenas tardes,
En mi edificio de 4 vecinos, existe contador comunitario, y como siempre pasa lo mismo, la gente no se priva del agua porque luego se divide la factura entre 4, habiendo diferente numero de personas en cada casa.
¿Se tendría que pagar la factura de la comunidad según el número de personas que vivan en cada casa o tiene que pagar casa casa un 25% de la factura?
Por este motivo querría poner en mi casa un contador de agua individual, no se como podría ponerlo, por mas que miro por internet empresas que lo pongan, no encuentro, no se si de eso se encarga el Canal de Isabel II….,. me podría informar alguien de todo lo que ha tenido que hacer para poner un contador individual.
Muchas gracias.
Hola Tatiana, el suministro de agua procedente del contador general es un gasto comunitario y como tal cada propietario debe abonar su parte en función de su coeficiente de participación. Si en su caso son 4 viviendas y todas tienen el mismo coeficiente, tendrá que dividirse la factura en 4 partes iguales (25% para cada vivienda).
Esta forma de dividir el gasto es bastante incoherente e injusta y por eso en la mayoría de las comunidades cada vivienda tiene su propio contador de agua y paga en función de su consumo. ¿Se imagina compartir el gasto de consumo eléctrico con las demás viviendas? Seguro que no.
Volviendo a su asunto. Si del suministro se encarga el Canal de Isabel II, es porque nos escribe desde Madrid. Desconocemos si esta compañía permite la instalación de un contador para una única vivienda en una comunidad de propietarios. Cada empresa suministradora tiene sus propias reglas de juego. Con independencia de que fuera posible instalar el contador de agua de manera individual, seguiría sin dar solución a su problema. Si usted pone su contador pagará su factura de agua, pero seguirá pagando la cuarta parte del consumo del contador general.
Las únicas opciones son:
1. Que instale su contador y la comunidad le exima de abonar la parte del contador general.
2. Que todas las viviendas instalen un contador individual y cada uno pague en función de su propio consumo.
Por otro lado, para ver las condiciones necesarias a la hora de instalar el contador, lo que tiene que hacer es informarse en las oficinas de la Compañía del Canal de Isabel II.
Esperamos haberla ayudado.
Saludos y hasta pronto.
Hola..mi cuestion es la siguiente soy inquilino de una casa en un residencial nuevo que aun no tiene comunidad de vecinos, el residencial esta repartido en tres calles con tres contadores generales, y las casas tienen el suyo propio..mi pregunta es el consumo de mi casa de alquiler han sido 28 m3 y me la han engordado con 95 m3 de contador general vamos de una factura de unos 60€ aprox.que siempre pago a unos potentes 372 eurasos que me han pasado este mes..mi duda esas diferencias de contadores generales las pagamos los inquilinos o los propietarios???
Hola Jonathan, en relación a su pregunta de a quién le corresponde abonar los gastos procedentes del contador general, tenemos que decirle que dependerá del tipo de contrato de arrendamiento que haya firmado.
Lo lógico es que el inquilino abone las facturas de los suministros que directamente haga uso de ellos (luz, agua…) y que el propietario afronte los gastos relacionados con el inmueble: gastos de comunidad. En este caso, la factura del contador general debería afrontarla el propietario, pero insistimos en que dependerá de lo que hayan acordado en el contrato de alquiler.
Saludos y hasta pronto.
Buenas tardes. En mi comunidad supuestamente hay un contador sustractivo que ha acumulado una deuda de casi 8000 euros en un aňo de 33 viviendas y yo tengo mi contsdor individual desde hace unos 6 meses. Nos amenazan con cortarnos el agua si no se paga aunq tengamos nuestro contador. Pueden hacerlo? Hasta cuando me pueden reclamar. Gracias.
Hola Javi, el suministro de agua se gestiona a nivel local o regional y dependiendo de la zona, la normativa puede variar. Por lo tanto, lo primero que deberías de hacer es ver lo que dice la normativa de tu zona respecto al tema de impagos de comunidades.
Por regla general si el contador es de la Comunidad solo podrán cortar el contador de la comunidad y si este da suministro a tantas familias es poco probable que lo corten, pero casos peores se han visto.
En principio si tu tienes un contador individual a tu nombre y pagas todas tus facturas, no te pueden cortar el agua. La titularidad de los contadores no es la misma aunque ambos estén en el mismo edificio. Es como si tu y la comunidad tenéis un seguro contratado con la misma compañía de seguros y la comunidad deja de pagar la póliza. Si tu has pagado, tu póliza sigue en vigor a todos los efectos y a ti no te pueden reclamar nada.
Respecto a la deuda, solo deberías de abonar la cantidad que te correspondiera según tu coeficiente de participación, pero al ser propietario de una comunidad, eres responsable subsidiario del resto de los propietarios que no paguen. De todas las formas, la entidad suministradora no puede proceder a solicitarte que pagues cantidad alguna sin una orden judicial. Es decir, tiene que ser un juez el que dictamine que cantidad deberías abonar.
Saludos y hasta pronto.
Buenos Días, vivo en una urbanización en la que tenemos un único contador comunitario, somos 99 vecinos de los q aproximadamente 15 tienen jardín y piscina y gastan muchísima agua sin ningún tipo de control, uno de ellos y de los que mas es el presidente, que veta constantemente la instalación de contadores individuales. Quisiera saber, Si vez la empresa suministradora me dice que puedo poner un contador individual, necesito el permiso de la junta de propietarios y si puedo obligar a la comunidad a instalar contadores para el consumo de zonas comunes de jardinería y limpieza. Tenemos aprobados los presupuestos de la empresa suministradora para ponerlos pero el presidente siempre convence a los vecinos de que no se pongan, que no merece la pena el gasto.
Gracias
Atentamente,
Hola Cristina, lo normal es que cada propietario tenga su propio contador de agua y la comunidad disponga de un contador general para las zonas comunes. El suministro de agua debe seguir los mismos criterios de funcionalidad que el suministro eléctrico, es decir, cada vivienda debe disponer de su contador y pagar en base a su consumo.
Si usted instala un contador individual, pero no existe un contador comunitario, su problema se verá agravado. Seguirá pagando la parte que le corresponda de la factura del único contador existente en la comunidad y además abonará la factura de su consumo.
Ahora bien, si en su comunidad se abonan dos recibos (uno el correspondiente a los gastos ordinarios mensuales y el otro el relacionado con el consumo de agua) y quiere presionar para que se instale un contador general, podría negarse a pagar el recibo del agua en tanto en cuanto la comunidad no instale el contador general. Puede aludir que usted no está obligado a pagar un gasto de la comunidad que es desconocido. La comunidad está obligada a exigir a los propietarios el pago de los gastos comunitarios, pero si estos no se conocen con exactitud o no se justifican, no puede obligar a un propietario a abonar cantidad alguna. Lo peor que le puede ocurrir a usted es que la comunidad la denuncie, pero en tal caso creemos que un juez le daría a usted la razón y obligaría a la comunidad a instalar un contador general. Nosotros optaríamos por esta opción, pero antes debe quedar constancia de su reclamación, es decir, debe quedar reflejado en un acta o en un escrito con un recibo de que usted ha comunicado a la comunidad de que en tanto en cuanto no haya un contador general, se niega a pagar una cantidad de consumo general desconocido y no justificado. Y que en cuanto la comunidad ponga los medios adecuados, usted abonará el importe que le corresponda.
Para instalar el contador individual de su vivienda solo necesita informar a la comunidad de esta instalación y la comunidad no puede negarse. Para la instalación del contador general si necesita la aprobación de la comunidad.
Es lógico que el presidente se niegue a esa instalación y quiera convencer al resto de los propietarios, le está saliendo muy barato el riego de su jardín y el agua de su piscina. Usted debe intentar convencer al resto de los propietarios. Al final se hará lo que la mayoría vote. Haga una estimación de lo que están pagando ahora y de lo que podría pagar una familia normal (3-4 personas) en caso de tener instalado el contador individual y el general de la comunidad.
Esperamos que sea capaz de convencer al mayor número de personas y consiga mejorar la situación actual.
Saludos y hasta pronto.
Hola..en 2009 compré la vivienda del portero de la finca en la que vivo que salio a la venta. De la cual hice reformas y., instalé contador de agua via radio del cual adquirí de la empresa que suministra agua a la finca. La comunidad de vecinos ha decidido cambiar de empresa que sumistra este servicio. E instalar nuevos contadores via radio en cada vivienda. Al hacer cambio de empresa suministradora NO lee el contador de agua que tengo instalado dentro de mi vivienda. La comunidad m obliga cambiarlos de lo cual tengo hacer obras para nueva instalación del nuevo contador via radio. Estoy obligado a pagar yo la reforma. …o puedo instalarlo en la entrada de agua q entra a mi vivienda sin tener q bacer obras ya q el actual está dado de baja..un saludo
Hola Carlos, los cambios en las comunidades (instalaciones, mantenimientos…) deben generar siempre un mayor y mejor beneficio para el conjunto de todos los propietarios. Si la comunidad aprueba un cambio debe ser con el menor coste posible.
Por otro lado, usted como propietario debe adaptar su contador a los cambios aprobados por la comunidad, ahora bien, la comunidad debería (de manera voluntaria) autorizarle para que usted instalase el contador en el lugar donde le resulte más económico, siempre y cuando ese lugar no perjudique a las zonas comunes.
En relación a la pregunta de si usted debe abonar la reforma, depende de lo que haya aprobado la junta de propietarios. Si cuando se aprobó el cambio de empresa suministradora fue con la condición de que era sin coste para los propietarios y a usted le supone un coste, la comunidad debe abonar esa instalación. Si se aprobó con la condición de que cada propietario debería adaptar su instalación, usted deberá abonar el coste de la reforma.
Esperamos haberle ayudado.
Saludos y hasta pronto.
Hola, en mi bloque hay contador comunitario y yo lo quiero poner individual dentro d casa pues es el único sitio q puedo. En la junta d vecinos cual es el porcentaje para aprobarlo o no hace falta. Se puede hacer sólo comunicándolo? Mi comunidades Extremadura.
Hola Rosa, solo necesita la aprobación por la mayoría de los porcentajes de participación.
Ahora bien, al tener la comunidad un solo contador para dar suministro a todas las viviendas, si parte del agua que se registra en ese contador común se usa para fregar o para regar o para cualquier otro uso comunitario, usted tendría que seguir pagando parte de la factura de ese contador. En concreto, la parte correspondiente a su porcentaje de participación. Por ejemplo, si son 10 vecinos y cada uno tiene un 10% de cuota de participación y la factura del agua es de 100 euros, como parte de ese consumo se ha empleado para el mantenimiento de las zonas comunes, usted pagaría 10 euros. Como no hay forma de saber que consumo ha sido destinado a fregar, usted tendrá que abonar su parte del total y por lo tanto estará pagando el agua consumida por los demás vecinos.
En este caso, lo único que puede hacer es acordar con la comunidad el pago de una cantidad estimada.
Con independencia de que la comunidad le autorice y a usted le interese instalar el contador individual, tiene que ver si la empresa suministradora que le factura a usted permite la instalación de un contador individual en una comunidad de propietarios. En muchos municipios exigen que cada propietario tenga su propio contador y no permiten la instalación de manera individual.
Saludos.
Hola, yo soy inquilino, no propietario. Mi vivienda no dispone de contadores individuales para el agua corriente, agua caliente y calefacción. Mi propietario, a pesar de que se lo he pedido varias veces, se niega a colocar los contadores individuales para mi vivienda. ¿Qué puedo hacer?
Gracias
Hola Luis, realmente no puede hacer nada a no ser que en el contrato de arrendamiento que tenga firmado aparezca alguna cláusula donde estipule la obligación de tener instalado un contador individual.
Siempre le queda la opción de cambiar de inmueble.
Saludos.
Hola, nosotros vivimos solos en un edificio de dos vecinos, es decir, es un bloque de dos plantas en el que solo vivimos nosotros.
Los vecinos del primero no tienen intención de venir a su piso que esta sin terminar y por ello no tienen contador de agua, ni suministro de luz, etc…
Hace unos días, la empresa suministradora de agua nos ha quitado el enganche de un grifo que se supone que es comunitario ya que esta en el cuarto de limpieza y donde solo esta nuestro contador. Yo les he pedido que por favor nos pongan el agua de ese grifo a mi contador ya que vivimos solos en el bloque y el agua que nosotros consumamos pues para el gasto de la escalera, portal, etc… nosotros la pagamos.
Cuál fue mi sorpresa que me dijeron que ese grifo necesita un contador individual, obligandonos a contratar un nuevo contador, pagando un mínimo agua aunque nosotros no lo consumamos, etc…
¿Puedo reclamar o hacer algo?, vivimos en el 2º y para limpiar las escaleras y el portal ahora debemos subir a coger agua a nuestra casa con el consiguiente acarreo de cubos, perdida de tiempo, goteos, etc…
Un saludo
Hola José Joaquín, últimamente las empresas suministradoras de agua están exigiendo que todas las entradas de agua tengan asociado un contador. La excusas que están poniendo son de diversa índole: optimización y control del uso de agua, detección de fugas… y seguro que con estas medidas se consigue todo esto, pero lo que realmente está detrás de esta medida es un cobro mínimo por contador, es decir, una tasa más que consiguen las administraciones por cada contador instalado.
La opción más económica para ustedes es la de instalar un grifo desde su contador y ponerlo en el cuarto de la limpieza, de esa forma no tendrán que estar subiendo y bajando con cubos y evitarán instalar un nuevo contador de agua.
Saludos.
Si, si así lo tenia. Pero como se supone que es un grifo comunitario la empresa suministradora dice que necesita un contador comunitario incluso viviendo yo solo.
Es por ello que la toma de mi contador a ese grifo me lo han quitado o cortado.
¿Eso es legal? ¿pueden hacerlo?
Siento que me quieren timar impunemente.
¿Puedo hacer algo al respecto?
Un saludo
Hola de nuevo, ahora mismo no le podemos confirmar la legalidad de lo que ha hecho la empresa suministradora porque para ello deberíamos conocer la norma donde viene recogido ese tema.
Con independencia de ello, antes de haberle quitado el grifo deberían haberle advertido y haberle dado un plazo para que usted lo hiciera. Además si el grifo es de usted, nadie debería poder tocar esa instalación. Lo lógico es que la empresa le hubiera informado de las anomalías y en caso de que usted no subsanará las deficiencias, deberían haberle denunciado, pero en principio (habría que ver lo que dice la ley) no son quienes para quitar un grifo.
Resumiendo, creemos que deberían haberle informado previamente de todo antes de quitarle el grifo.
Saludos.
Hola, por dar de alta el suministro me obligan a ponerlo el contador al exterior de la vivienda para que el lector lo pueda leer, puedo ponerlo en el rellano de la escalera o tengo obligación de bajarlo a la entrada del edificio?
Un saludo
Hola Daniel, los contadores de agua deben de estar en un cuarto de contadores habilitado para tal fin. En ese cuarto se deben de instalar todos los contadores de agua de todos los vecinos. Si la comunidad no dispone de este espacio, debe de construir uno.
Por otro lado, a la hora de solicitar un contador, la empresa suministradora del agua debe de entregarle un informe elaborado por uno de sus técnicos donde se especifique el sitio en donde debe ubicarse ese contador. En base a ese informe la comunidad deberá realizar la correspondiente instalación para realizar el enganche al contador.
Saludos.
Si, han acordado cuotas extraordinarias, y a nosotros nos es imposible hacer frente. Por otro lado, como podría impugnar el acta? Me la han enviado pero en ella no se detalla presupuesto ni se enumeran los nombres de las personas a favor o en contra sólo los asistentes.
Muchas gracias
Hola de nuevo, para impugnar el acta debe de hacer un escrito en el que se especifiquen los motivos por los cuales considera que ese acta debe ser impugnada.
El escrito debe dirigirlo a la comunidad de propietarios y entregarlo de manera fehaciente al administrador o en su defecto al presidente. Aunque tenga un coste, le recomendamos que lo haga mediante burofax, en caso contrario entréguelo en mano y con una copia firmada. En el documento debe poner los siguientes datos:
1. Acta de la junta de propietarios celebrada el día….
2. Puntos a impugnar.
3. Motivos de la impugnación. Le recomendamos que base sus alegaciones con base jurídica (según la ley…)
4. Su solicitud (anular el punto o los puntos del acta…)
5. Sus datos personales.
Si a pesar de esto, no recibe respuesta o esta es contraria a sus peticiones, la única opción que les queda es denunciar el caso en el juzgado.
Seguimos pensando que lo mejor y a pesar de su situación económica, es que lleguen a un acuerdo con la comunidad para afrontar las cuotas extraordinarias con unas condiciones especiales de pago. Es bastante probable que en breve, las administraciones obliguen a instalar contadores individuales de agua en las comunidades de propietarios.
Esperamos que todo les sea favorable.
Saludos.
como podríamos impugnar el acta?. mi marido tiene una pequeña pensión de escasos 600 euros y yo soy ama de casa , por lo que es el único ingreso que entra en mi casa
Estimada Sonia, muchas gracias por su pregunta.
Cada propietario está obligado a contribuir, con arreglo a su cuota de participación o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble (comunidad), sus servicios, cargas y responsabilidades (Articulo 9 punto e de la Ley de Propiedad Horizontal) Por su pregunta entendemos que ¿no pueden pagar dicha cuota? ¿o es por cuotas extras?
Rogamos nos informe de su problemática, para poder responderle más adecuadamente.
Gracias
Hola, mi consulta es referente a los contadores de agua individual.En mi comunidad el contador de agua es común y en la ultima reunión propusieron ponerlos individuales, a lo que yo me negué puesto que soy pensionista y no tengo medios para realizar el pago de la derrama. Yo estoy totalmente de acuerdo en que quien quiera un contador individual que lo instale pero creo que no pueden obligarme a hacerlo.
Por otro lado, me han enviado una circular en la cual dice textualmente «que se ha conseguido la mayoría de votos que contempla la L.P.H para la realización del supuesto de contadores individuales», y por lo que he leído creo que no me pueden obligar.
Ruego me aclare las dudas.
Un cordial saludo
Hola, su caso es bastante común en los últimos meses.
Algunas entidades suministradoras de agua no permiten que se instalen los contadores de forma individualizada, es decir, o lo hace toda la comunidad de propietarios o no se hace.
Por otro lado, cualquier instalación de un elemento nuevo en una comunidad tiene que ser aprobado por unanimidad, es decir, por todos y cada uno de los propietarios. Ahora bien, si en la junta de propietarios (reunión) se aprueba la instalación por parte de los asistentes, se emite la correspondiente acta y pasa el tiempo establecido por ley para proceder a su impugnación y nadie impugna el acta, ese acuerdo se da por válido y usted estará obligado a aceptarlo.
La opción de instalar contadores individuales es muy recomendable. Las personas tiene el derecho a consumir el agua que quieran pagar y por otro lado también tienen derecho a pagar su consumo y no el consumo de los demás. ¿Se imagina tener un contador de la luz común para todos los vecinos? Y que en una de las viviendas tuvieran siempre las luces encendidas, los sistemas de aire acondicionado activados, los aparatos eléctricos sin apagar… y que usted estuviera siempre ahorrando energía. ¿Cuánto tendría que pagar de luz no consumida por usted? Lo mismo sucede con el agua. El único problema es el coste de la inversión de la instalación de los contadores, pero para solucionarlo, siempre puede llegar a un acuerdo con la comunidad para fraccionar el pago.
Esperamos haberle ayudado.
Saludos y hasta pronto.
Hola,me llamo francisco fajardo,en mi comunidad todos tenemos contadores de agua dentro de nuestra vivienda de forma individualizada,yo con el tiempo lo saque al rellano de escalera según el boletin oficial de la porvincia de malaga del 16 de marzo del 1994 según su articulo 59:ALOJAMIENTO DEL CONTADOR DIVISIONARIO EN ESCALERA.
Para facilitar la toma de lectura a la empresa suministradora.
Ahora la comunidad quiere poner los contadores de agua en bateria,cuando yo y algunos de mi vecinos los tenemos ya adaptada a la norma de la ley mencionada anteriormente.(en el bloque cada piso tiene su contador individual dentro de la vivienda)..
¿Estoy obligado a ponerlo en bateria,cuando en mi edificio por ser antiguo no se puede instalar en planta baja cerca del portal como indica la norma,solo hay sitio en la azotea del edficio?.
¿Me puede obligar emasa cuando yo he cumplido la norma anteriormente mencionada para poner el contador en el rellano de escalera?.
gracias.
Estimado Francisco, muchas gracias por su consulta.
La facturación individualizada se está cumpliendo en su caso, por lo que no creemos necesario que tenga que ponerlo en batería con los contadores que no estaban individualizados hasta ahora. Así mismo, como usted indica, la normativa (Decreto 120/1991 art. 36 LAN 1991/259) establece que los contadores deberán estar emplazados en la planta baja del inmueble, en zonas de uso común, con acceso directo desde el portal de la entrada y su comunidad no tiene sitio específico para ello. Con estas dos premisas y ante el caso específico y puntual de su comunidad le indicamos que EMASA dispone de un Técnico específico en baterías que le podrá orientar en su consulta de forma técnica. Para ello deberá indicarles el numero de contador y los datos de suministro.
Saludos cordiales.
Hola mi pregunta es vivo en un bloque el cual el contador esta individual. Unos los tiene dentro de la vivienda y otros como yo al hacer una reforma en la escalera lo pusimos x fuera. Nos comunican que ahora tenemos q poner una batería de contadores. Estamos obligados ya q yo lo tengo individual y x fuera de la vivienda?
Hola Araceli y gracias por su consulta.
Actualmente usted dispone de un contador individual para su vivienda y en principio no tendría que realizar modificación alguna.
Ahora bien, el suministro y gestión del agua le corresponde a las administraciones (locales y regionales). Son estas las que establecen las normas que deben cumplir los clientes y es muy probable que obliguen a establecer baterías de contadores en las comunidades. Así mismo, es habitual que describan como y por dónde debe estar realizada la instalación de agua para garantizar el suministro de la misma.
Resumiendo, le aconsejamos que pregunte a la entidad que le factura el suministro de agua para informarse de los requisitos y condiciones que debe tener usted como vecina de su edificio.
Gracias por su consulta y hasta pronto.
En una Comunidad de Propietarios de 11 Propietarios se pretende insta
ríos contadores de agua individuales que mayoría se necesita, tanto en
porcentaje como en unidades de vivienda.
Gracias José Antonio Alarcón
Hola José Antonio y gracias por dirigirse a nosotros.
En un principio, cualquier propietario que quiera instalar su contador individual, debería poder hacerlo y la comunidad no debería de negarse siempre y cuando la instalación no perjudique a algún elemento comunitario.
Ahora bien, en determinados municipios la empresa pública encargada del suministro de agua, puede negarse a instalar un contador individual y exigir a la comunidad la instalación completa de la batería de contadores.
Por lo tanto, lo primero que le recomendamos es que se informe en la empresa suministradora y en función de lo que le digan, solicite a la comunidad una cosa u otra.
Esperamos haberle ayudado. Nos tiene a su disposición para aclarar cualquier otro tema.
Saludos y hasta pronto.