Las derramasEsta mañana me he subido en el ascensor con mi vecino Carlos y me ha preguntado si nos veíamos esta tarde en la reunión de la Comunidad. ¿Reunión?, no sabía que había hoy una reunión.

El me ha dicho que ayer cuando abrió el buzón, había una carta con la convocatoria y en la que aparece como único punto en el orden del día, el estudio y aprobación de una derrama.

¿Y qué es una derrama? No tengo ni idea, pero el nombre de por sí, no me da buenas sensaciones…

He mirado en internet, en la página web de nuestros administradores para ver si dicen algo al respecto. Efectivamente, tienen publicado un artículo que se llama “Mejor que no se derrame” y dicen lo siguiente.

Normalmente la junta de propietarios es de carácter extraordinaria y se convoca por dos motivos:

  1. Para hacer frente a una situación imprevista y como tal, la comunidad no dispone del importe para hacer frente a la misma. Por ejemplo, se rompe el ascensor y es necesario repararlo.
  2. Para la mejora de la comunidad, ya sea sustituyendo o instalando nuevos elementos comunes. Por ejemplo, arreglar el portal de la entrada al edificio.

En el primero de los casos, los propietarios están obligados a abonar las cantidades aprobadas, puesto que es obligación de todos mantener en perfecto estado la comunidad.

El segundo apartado tiene sus limitaciones. Todo aquel importe que se exija en un recibo extraordinario dirigido a mejorar el estado actual de la comunidad, sustituyendo o instalando nuevos elementos comunes, debe ser aprobado por la mayoría de los coeficientes de los propietarios presentes en la junta correspondiente. Aunque no esté de acuerdo con esta cuota, deberá afrontarla siempre que no supere el importe de la emisión global de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes (art. 11 de la LPH)

Además y según se establece en el art. 17 de la Ley de Propiedad Horizontal LPH, todo propietario tiene un período de treinta días desde la emisión del acta para impugnar el acuerdo. Primero tiene que enviar un escrito a la Comunidad con su negativa y si no fuera tenida en cuenta, solicitar la impugnación vía judicial.

Acabo de terminar de leer el artículo en la web y sigo pensando como al principio, la palabra derrama no me gusta nada. Mejor que no se derrame.