Piscinas en las comunidades de propietariosSe habla mucho de la seguridad en piscinas públicas pero no se hace tanto hincapié en las piscinas privadas. Tanto si la piscina es la de tu Comunidad de Propietarios como si no, debéis de tener en cuanta una serie de medidas para evitar accidentes, especialmente con las personas más vulnerables a sufrir un accidente, los niños.

Normativa vigente de seguridad:

En España no existe una ley estatal relacionada con la seguridad en las piscinas, pero si hay una ordenanza técnico-sanitaria para piscinas comunitarias, privadas y públicas. Cada Comunidad Autónoma tiene aprobada una legislación en materia de uso de piscinas. Cada Comunidad de Propietarios debe cumplirla e incluso puede establecer unas normas propias ampliando las establecidas por estas administraciones.

Hay unas obligaciones mínimas para el uso de la piscina que debamos cumplir. Estas son:

  • Vallar el perímetro de la piscina, de esta forma evitaremos que los niños se acerquen a ella con facilidad y caigan al agua por descuido.
  • Como mínimo debemos tener un salvavidas a la vista, en perfecto estado de conservación y accesible.
  • Control de los niveles de cloro. Hoy en día existen numerosos aparatos para medir los niveles de cloro que facilitan su inspección. Un desajuste en estos niveles puede provocar daños a las personas, especialmente en la piel y en los ojos.
  • Está prohibido el acceso a la piscina a niños menores de 12 años sin la compañía de un adulto.
  • Socorrista titulado. Su presencia dependerá del número de vecinos y dimensiones de la piscina.